Sociedad Administración De Carteras Eficaz Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La sociedad tendrá por objeto: a) dedicarse a los servicios de cobranzas judiciales, extrajudiciales, post-judiciales y cuentas castigadas, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de documentos, títulos y créditos. b) dedicarse a la administración y gestión por cuenta propia o de terceros de las cuentas por cobrar de empresas financieras, bancarias, de servicios comerciales e industriales. c) dedicarse a la administración y gestión por cuenta propia o de terceros de los portafolios de bienes adjudicados que mantuvieren en la contabilidad empresas financieras, bancarias, de servicios, comerciales e industriales. d) prestar asesoría y todo tipo de servicios en materias administrativa, contratación de personal, jurídica contable, comercial y financiera. e) prestar servicios de gestiones de telemarketing, informes comerciales, de correo, verificación de domicilio, investigación o búsqueda de bienes. f) adquirir o enajenar en todas sus formas e invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, y efectos de comercio, tales como acciones, bonos debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos y valores mobiliarios, explotarlos administrarlos, percibir e invertir en frutos. g) formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas. h) registrar y comercializar bancas, rótulos comerciales y patentes en general y al desarrollo de las actividades señaladas en los estatutos. i) Podrá realizar inversiones en otras sociedades afines al giro social de la sociedad, así como realizar inversiones en títulos valores y otros documentos bursátiles y mercantiles. j) prestar cualquier otro servicio que sea consecuencia de las actividades específicas de la sociedad, necesarios al cumplimiento de cualesquiera de las finalidades del giro social sin ninguna limitación, excepto las que por ley se encuentren prohibidas. k) organizar o participar en otras sociedades nacionales, extranjeras o multinacionales.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
PAULINA ELIZABETH CHAHUÁN CHEHADE Socio 5.xxx.xxx-0 | 5.xxx.xxx-0 | 99% | $990.000 |
CHRISTIAN PABLO CHAHUÁN SARRAS Socio 9.xxx.xxx-8 | 9.xxx.xxx-8 | 1% | $10.000 |
管理人(1)
PAULINA ELIZABETH CHAHUÁN CHEHADE
摘要官方正文
Ministerio del Interior MARÍA ANGÉLICA GALÁN BÄUERLE, Notario Público Titular de la 17a Notaría de Santiago, con oficio en Ahumada 236, 3º Piso, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 05 de noviembre del 2025, Rep.4746-2025, otorgada ante la Suplente de este oficio doña María Verónica Fernandez Alvarez, Doña PAULINA ELIZABETH CHAHUÁN CHEHADE, chilena, soltera, factor de comercio, cedula de identidad número cinco millones trescientos noventa mil ochocientos noventa y cinco guion cero, y don CHRISTIAN PABLO CHAHUÁN SARRAS, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número nueve millones ochocientos setenta y nueve mil setecientos ochenta y cinco guion ocho, ambos con domicilio en Huérfanos 669, oficina 312, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón Social: "SOCIEDAD ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS EFICAZ LIMITADA". La sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive ante bancos u otras instituciones, con el nombre de fantasía “EFICAZ LIMITADA. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) dedicarse a los servicios de cobranzas judiciales, extrajudiciales, post-judiciales y cuentas castigadas, por cuenta propia o de terceros, de todo tipo de documentos, títulos y créditos. b) dedicarse a la administración y gestión por cuenta propia o de terceros de las cuentas por cobrar de empresas financieras, bancarias, de servicios comerciales e industriales. C) dedicarse a la administración y gestión por cuenta propia o de terceros de los portafolios de bienes adjudicados que mantuvieren en la contabilidad empresas financieras, bancarias, de servicios, comerciales e industriales. d) prestar asesoría y todo tipo de servicios en materias administrativa, contratación de personal, jurídica contable, comercial y financiera. e) prestar servicios de gestiones de telemarketing, informes comerciales, de correo, verificación de domicilio, investigación o búsqueda de bienes. f) adquirir o enajenar en todas sus formas e invertir en toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, y efectos de comercio, tales como acciones, bonos debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos de todo tipo de sociedades, civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos y valores mobiliarios, explotarlos administrarlos, percibir e invertir en frutos. g) formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas. h) registrar y comercializar bancas, rótulos comerciales y patentes en general y al desarrollo de las actividades señaladas en los estatutos. i) Podrá realizar inversiones en otras sociedades afines al giro social de la sociedad, así como realizar inversiones en títulos valores y otros documentos bursátiles y mercantiles. j) prestar cualquier otro servicio que sea consecuencia de las actividades específicas de la sociedad, necesarios al cumplimiento de cualesquiera de las finalidades del giro social sin ninguna limitación, excepto las que por ley se encuentren prohibidas. k) organizar o participar en otras sociedades nacionales, extranjeras o multinacionales. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero. Administración y Uso Razón Social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don PAULINA ELIZABETH CHAHUÁN CHEHADE. Capital: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) PAULINA ELIZABETH CHAHUÁN CHEHADE la suma de novecientos noventa mil pesos que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo; y B) CHRISTIAN PABLO CHAHUÁN SARRAS, aporta la suma de diez mil pesos que se paga en este acto, al contado y en dinero efectivo. ya ingresados a la caja social. Responsabilidad: Limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración: Cinco años, contados desde esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de Noviembre de 2025.
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