有限責任公司78.172.739-3

Transportes Ruta Cuatro Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年9月6日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-09-06查看 PDF(CVE 2696452)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 3 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura
管理方式: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con amplias facultades de administración y de disposición indistintamente a HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN y/o a GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN.

公司目的

Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: El transporte terrestre de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, dentro del territorio nacional y extranjero o, desde o hacia uno y otro, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; el embalaje y almacenaje de los mismos; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transportes o embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, accesorios, lubricantes, aceites, combustibles, motores y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. En general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social.

資本

總資本

$15.000.000

實繳資本

$6.000.000

待繳資本

$9.000.000

股東(4)

姓名持股比例

HÉCTOR MANUEL GALLEGOS TORRES

Socio

8.xxx.xxx-4

10%

GIOVANNA JEANETTE MORÁN BORJE

Socio

9.xxx.xxx-2

10%

HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN

Socio

17.xxx.xxx-9

40%

GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN

Socio

20.xxx.xxx-8

40%

管理人(2)

HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN

17.xxx.xxx-9Administrador

GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN

20.xxx.xxx-8Administrador

摘要官方正文

Ministerio del Interior FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, abogado, Notario Público Interino 15ª Notaría de Santiago, Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, Providencia, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de hoy, ante mi, HÉCTOR MANUEL GALLEGOS TORRES, ingeniero, C.I. 8.972.990-4; GIOVANNA JEANETTE MORÁN BORJE, contador auditor, C.I. 9.984.895-2; HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN, médico cirujano, C.I. 17.701.200-9 y; GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN, estudiante, C.I. 20.445.326-8, todos Av. Costanera Sur 12.033, Vitacura, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, “TRANSPORTES RUTA CUATRO LIMITADA”, fijando siguientes estatutos: Razón Social.- La sociedad se denominará “TRANSPORTES RUTA CUATRO LIMITADA”, pudiendo usar para efectos bancarios y de publicidad el siguiente nombre de fantasía “RUTA CUATRO Ltda.”.- Del domicilio.- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, en la Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se puedan abrir en otros puntos del país o del extranjero.- Del Objeto.- El objeto de la sociedad será: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: El transporte terrestre de mercaderías y de toda clase de bienes muebles, dentro del territorio nacional y extranjero o, desde o hacia uno y otro, en vehículos propios, tomados en arrendamiento o en leasing o encomendados a terceros; el embalaje y almacenaje de los mismos; la representación de empresas extranjeras o nacionales de transportes o embalaje; la compraventa de móviles nuevos o usados, repuestos, accesorios, lubricantes, aceites, combustibles, motores y demás; todo lo relacionado, de cualquier forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso. En general, la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarios o conducentes para el desarrollo del objeto social.- De la administración.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social y su representación corresponderá, con amplia facultades de administración y de disposición indistintamente a don HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN y/o a don GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN. Del Capital.- El capital de la sociedad, es la suma de $15.000.000, distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) HÉCTOR MANUEL GALLEGOS TORRES, $1.500.000, equivalentes a un 10% de los derechos y capital social, que paga en este acto, de contado, ingresados en caja social; b) GIOVANNA JEANETTE MORÁN BORJE, $1.500.000, equivalentes a un 10% de los derechos y capital social, que paga en este acto, de contado, ingresados en caja social y; c) HÉCTOR BASTIÁN GALLEGOS MORÁN, $6.000.000, equivalentes a un 40% de los derechos y capital social, que paga de la siguiente manera: con la suma de $1.500.000, en este acto, de contado, ingresados en caja social y, el saldo de $4.500.000, los aportará en el plazo máximo de 2 años a contar de esta fecha, en dinero efectivo, o con cargo a otros bienes o valores susceptible de apreciación pecuniaria y; d) GIOVANNI ANDRE GALLEGOS MORÁN, $6.000.000, equivalentes a un 40% de los derechos y capital social, que paga de la siguiente manera: con la suma de $1.500.000, en este acto, de contado, ingresados en caja social y, el saldo de $4.500.000, los aportará en el plazo máximo de 2 años a contar de esta fecha, en dinero efectivo, o con cargo a otros bienes o valores susceptible de apreciación pecuniaria. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- Vigencia y duración.- La sociedad empezará a regir a contar de la fecha del presente instrumento y tendrá una duración de 3 años. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término en la forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de agosto de 2025.

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