Sociedad De Inversiones Seve Y Compañía Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$142.782
實繳資本
$142.782
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 15% | $21.416 |
VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA Socio | - | 10% | $14.278 |
Socio | - | 25% | $35.696 |
Socio | - | 25% | $35.696 |
Socio | - | 25% | $35.696 |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 權益轉讓· 2022年10月26日
Sergio Felipe Muñoz Neder dona el 72% de los derechos sociales a sus hijos en partes iguales, aumentando la participación de ellos y disminuyendo la de Sergio Felipe Muñoz Neder.
SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER · FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA · GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA · JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA
摘要官方正文
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 27 de octubre de 2022, ante mí, don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Da cuenta de hecho que indica y Modificación de Estatutos SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 197 vuelta número 171 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 1991, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 26 de octubre de 2022, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER donó por acto entre vivos, gratuita e irrevocablemente, y por mera liberalidad, a sus hijos, don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, el 72% del total de los derechos de SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA, en partes iguales. Como consecuencia de lo señalado, aumentan su participación don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, a un 25% del total de los derechos sociales cada uno de ellos, aumento expresamente aceptado por los socios restantes, y disminuye su participación social don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER. II. Modificación de estatutos: Como consecuencia de lo anterior, y con el objeto de adecuar los estatutos sociales a la nueva composición social, los actuales y únicos socios de SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA, acuerdan modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, relativo a la administración y el uso de la razón social, el artículo sexto de los estatutos sociales, relativo al capital social, y el artículo noveno de los estatutos sociales, relativo a la duración de la sociedad, reemplazándolos por los del siguiente tenor extractado: “QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán exclusivamente a través de don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER o don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, quienes, actuando separada e indistintamente uno cualesquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las facultades y limitaciones indicadas en la escritura extractada. LIMITACIONES: No obstante, se requerirá que los administradores actúen conjuntamente para la realización de los siguientes actos: Constituir a la sociedad en codeudora solidaria; otorgar fianzas simples o solidarias y avalar obligaciones de terceros. Con todo, en caso de fallecimiento de alguno de los socios administradores, situación que no será necesaria acreditar ante terceros, este será reemplazado por don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, quienes, actuando ambos conjuntamente con el socio sobreviviente, podrán representar a la sociedad para dar cumplimiento a la limitación indicada precedentemente. A su vez, en caso de fallecimiento de ambos socios administradores, situación que no será necesaria acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, quienes, actuando ambos conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades, sin limitación alguna.” “SEXTO: El capital social asciende a la suma de ciento cuarenta y dos mil setecientos ochenta y dos pesos, íntegramente pagado con anterioridad a esta fecha, y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) Don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, con la suma de veintiún mil cuatrocientos dieciséis pesos, equivalentes al quince por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; b) doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, con la suma de catorce mil doscientos setenta y ocho pesos, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; c) don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, con la suma de treinta y cinco mil seiscientos noventa y seis pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; d) don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, con la suma de treinta y cinco mil seiscientos noventa y seis pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; y e) doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, con la suma de treinta y cinco mil seiscientos noventa y seis pesos, equivalentes al veinticinco por ciento del total de los derechos sociales en que se divide el capital social.” “NOVENO: La sociedad tendrá una duración de cuarenta años contados desde el día veintisiete de octubre del año dos mil veintidós, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Asimismo, deberá notificarse al otro socio por medio de carta certificada, lo cual, no obstante, no será necesario acreditar ante terceros.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada San Ramón, 5 de diciembre de 2022. M. Medina R. Notario Público.
公司資料
公司目的
Efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
資本
總資本
$820.552
實繳資本
$820.552
待繳資本
$0
股東(5)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 87% | $713.881 |
VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA Socio | - | 10% | $82.056 |
Socio | - | 1% | $8.205 |
Socio | - | 1% | $8.205 |
Socio | - | 1% | $8.205 |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 公司形式轉換· 2022年5月31日
Los socios acuerdan dividir SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA y crear INVERSIONES LSC LIMITADA e INVERSIONES RBI LIMITADA.
SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER · VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA · FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA · GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA · JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA
摘要官方正文
MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2022, ante mí, don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA y doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, piso 15, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana, celebraron “División y Modificación de Estatutos SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 197 vuelta N°171 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 1991, y acordaron lo siguiente: I. División social: Los socios acordaron dividir SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA, la cual conserva su razón social y objeto, creándose dos nuevas sociedades, que se denominarán INVERSIONES LSC LIMITADA e INVERSIONES RBI LIMITADA. Como consecuencia de la división, disminuye capital social de SOCIEDAD DE INVERSIONES SEVE Y COMPAÑÍA LIMITADA, de la suma de $1.000.000 a la suma de $142.782, modificándose el artículo sexto de los estatutos sociales, reemplazándose por el del siguiente tenor: “SEXTO: El capital social es la suma única y total de ciento cuarenta y dos mil setecientos ochenta y dos pesos, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: a) don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, con la suma de ciento veinticuatro mil doscientos veinte pesos, equivalentes al ochenta y siete por ciento del total de los derechos sociales; b) doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, con la suma de catorce mil doscientos setenta y ocho pesos, equivalentes al diez por ciento del total de los derechos sociales; c) don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, con la suma de mil cuatrocientos veintiocho pesos, equivalentes al uno por ciento del total de los derechos sociales; d) don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, con la suma de mil cuatrocientos veintiocho pesos, equivalentes al uno por ciento del total de los derechos sociales; y e) doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, con la suma de mil cuatrocientos veintiocho pesos, equivalentes al uno por ciento del total de los derechos sociales.” II. Estatutos sociedad INVERSIONES LSC LIMITADA. Socios otorgan estatutos de INVERSIONES LSC LIMITADA, sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: INVERSIONES LSC LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES LSC LTDA. o LSC LTDA. Domicilio: La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura de división, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $820.552, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, con la suma de $713.881, equivalentes al 87% del total de los derechos sociales; b) doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, con la suma de $82.056, equivalentes al 10% del total de los derechos sociales; c) don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, con la suma de $8.205, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; d) don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, con la suma de $8.205, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; y e) doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, con la suma de $8.205, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER y don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. En caso de incapacidad o fallecimiento de ambos administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta e individualmente a don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, y a doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. III. Estatutos sociedad INVERSIONES RBI LIMITADA. Socios otorgan estatutos de INVERSIONES RBI LIMITADA, sociedad que nace de la división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: INVERSIONES RBI LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES RBI LTDA. o RBI LTDA. Domicilio: La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura de división, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa o indirecta con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $36.666, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER, con la suma de $31.899, equivalentes al 87% del total de los derechos sociales; b) doña VERÓNICA CECILIA GUERRA VILLANUEVA, con la suma de $3.666, equivalentes al 10% del total de los derechos sociales; c) don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, con la suma de $367, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; d) don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, con la suma de $367, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales; y e) doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, con la suma de $367, equivalentes al 1% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don SERGIO FELIPE MUÑOZ NEDER y don GABRIEL ALEX MUÑOZ GUERRA, quienes, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. En caso de incapacidad o fallecimiento de ambos administradores estatutarios, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistinta e individualmente a don FELIPE ANDRÉS MUÑOZ GUERRA, y a doña JAVIERA VERÓNICA MUÑOZ GUERRA, quienes, anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 20 de junio del 2022. M. Medina R. Notario Público.
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