有限責任公司78.017.909-0

Asesorias Svg Limitada

CONSTITUCIÓN — 2025年1月6日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2025-01-06查看 PDF(CVE 2593104)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: Cinco años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN, quien anteponiendo a su nombre y firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias atribuciones, facultades señaladas en escritura extractada.

公司目的

La prestación de servicios de arquitectura, urbanismo, ingeniería, financieros, económicos y de gestión, y la consultoría o asesoría en éstas áreas, especialmente para el desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios o de construcción, inspección técnica de obras y cualquier otro servicio relacionado; la ejecución y desarrollo de proyectos inmobiliarios; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y su explotación, administración y/o intermediación; y cualquier otro negocio lícito que los socios acuerden.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN

Socio

9.xxx.xxx-9

99%

JAIME ANDRES LÓPEZ LISBOA

Socio

9.xxx.xxx-5

1%

管理人(1)

SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN

9.xxx.xxx-9Administrador

摘要官方正文

VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas número mil doscientos ochenta y siete, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2024, Repertorio Nº 12867-2024, ante mí, doña SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN, chilena, casada, arquitecto, cedula de identidad número nueve millones ochocientos cuarenta y dos mil novecientos sesenta y ocho guion nueve, domiciliado para estos efectos en Los Gladiolos número dos mil novecientos setenta y cinco, comuna Providencia, Región Metropolitana, y don JAIME ANDRES LÓPEZ LISBOA, chileno, casado, ingeniero civil industrial, cedula de identidad número nueve millones cuatrocientos diecisiete mil cuatrocientos setenta y siete guion cinco, domiciliado para estos efectos en Las Perdices número setecientos noventa y tres, casa quince, comuna La Reina, Región Metropolitana, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada, Razón Social: “ASESORIAS SVG LIMITADA” nombre de fantasía “RAYUN LIMITADA”, El domicilio social: Su domicilio es la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otras partes del país, como asimismo en el extranjero.- Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades: A) La prestación de servicios de arquitectura, urbanismo, ingeniería, financieros, económicos y de gestión, y la consultoría o asesoría en éstas áreas, especialmente para el desarrollo y ejecución de proyectos inmobiliarios o de construcción, inspección técnica de obras y cualquier otro servicio relacionado; B) la ejecución y desarrollo de proyectos inmobiliarios; C) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales y su explotación, administración y/o intermediación; y D) cualquier otro negocio lícito que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN, quien anteponiendo a su nombre y firma a la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias atribuciones, facultades señaladas en escritura extractada. CAPITAL: Capital de la sociedad.- El capital de la Sociedad es la cantidad de UN MILLON DE PESOS, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones y de la forma siguiente: A) SYLVIA ESTHER VALENZUELA GIESEN se obliga a enterar el equivalente al noventa y nueve por ciento del capital social, mediante el aporte de novecientos noventa mil pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto; B) JAIME ANDRES LÓPEZ LISBOA se obliga a enterar el equivalente al uno por ciento del capital social, mediante el aporte de diez mil pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en este acto. DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la escritura pública de constitución de la sociedad. Dicho plazo se entenderá prorrogado automática, tácita y sucesivamente, por períodos iguales y consecutivos de cinco años cada uno, salvo que uno o más de los socios manifieste su voluntad de ponerle término con una anticipación mínima de un año a la fecha de expiración del plazo o prórroga respectiva, mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social con la misma anticipación antes señalada. Demás estipulaciones Escritura extractada. Santiago, 27 de diciembre de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

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