有限責任公司77.992.954-K

Consultora Herrera Y Herrera Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年12月2日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-12-02查看 PDF(CVE 2578449)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: 3 años
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Camilo Enrique Herrera Díaz y Paula Camila Herrera Carvajal, quienes actuarán individualmente con amplias facultades, pudiendo delegar la administración en cualquier persona natural o jurídica. Los administradores actuarán indistintamente, representando a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes.

公司目的

Realizar todo tipo de asesorías en materias de contabilidad, tributarias, laborales, de administración; Asesorías mediante sistemas de plataformas digitales relacionadas con materias contables, tributarias y laborales; El servicio de contabilidad y remuneraciones a empresas externas, en medio propios o proporcionado por terceros.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Camilo Enrique Herrera Díaz

Socio

10.xxx.xxx-7

50%

Paula Camila Herrera Carvajal

Socio

19.xxx.xxx-7

50%

管理人(2)

Camilo Enrique Herrera Díaz

10.xxx.xxx-7Administrador

Paula Camila Herrera Carvajal

19.xxx.xxx-7Administrador

摘要官方正文

JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Reemplazante del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor LUÍS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Que por escritura pública de fecha 19/11/2024, Repertorio N°18.105/2024, ante Titular, don CAMILO ENRIQUE HERRERA DÍAZ, chileno, casado, contador auditor, cédula de identidad número 10.220.147-7, domiciliado en Huerto número 137, comuna de Los Ángeles, 8ª Región y doña PAULA CAMILA HERRERA CARVAJAL, chilena, soltera, egresada de derecho, cédula de identidad número 19.648.867-7, domiciliada en Avenida alcalde José Luis Infante número 1.492, casa 6, Condominio Barrio Oriente Uno, Ciudad Satélite, comuna de Maipú, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: “CONSULTORA HERRERA Y HERRERA LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro y fuera del país. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Realizar todo tipo de asesorías en materias de contabilidad, tributarias, laborales, de administración; b) Asesorías mediante sistemas de plataformas digitales relacionadas con materias contables, tributarias y laborales; c) El servicio de contabilidad y remuneraciones a empresas externas, en medio propios o proporcionado por terceros. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: a) Camilo Enrique Herrera Díaz, con la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que la sociedad recibe a satisfacción; b) Paula Camila Herrera Carvajal, con la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera y paga en este acto, al contado, en dinero efectivo, suma que la sociedad recibe a satisfacción. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Camilo Enrique Herrera Díaz y Paula Camila Herrera Carvajal, quienes actuarán individualmente con amplias facultades, quienes en todo caso podrán delegar la administración en cualquier persona natural o jurídica. Los administradores actuando indistintamente, indicando que lo hacen en representación de la sociedad que en este acto se constituye, y anteponiendo sus respectivas firmas a la razón social, obligarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Duración: La sociedad comienza sus operaciones con esta fecha y tendrá una duración de 3 años, renovándose tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 3 años cada uno si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de terminarla al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social y comunicada a los demás socios por carta certificada enviada a sus respectivos domicilios, todo con una anticipación mínima de 6 meses al vencimiento del plazo natural o prorrogado que estuviere en curso. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2024./rdm

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  1. CONSTITUCIÓN

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