有限責任公司77.981.564-1

Inversiones Asapin Capital Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年11月14日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-11-14查看 PDF(CVE 2569774)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: cinco años; los que se prorrogarán de manera tácita por iguales periodos, salvo oposición manifiesta de los socios
管理方式: Corresponderá a uno o más administradores quienes, en caso de ser más de uno, deberán actuar de manera conjunta o separada

公司目的

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. e) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente.

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

ENRIQUE ALEJANDRO SANHUEZA ZAMORA

Socio

13.xxx.xxx-0

99%

ENRIQUE HUMBERTO SANHUEZA ACUÑA

Socio

6.xxx.xxx-0

1%

管理人(1)

ENRIQUE ALEJANDRO SANHUEZA ZAMORA

13.xxx.xxx-0Administrador

摘要官方正文

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Titular de la 38° Notaría de Santiago, con domicilio en calle Isidora Goyenechea número 3477, piso 10, Las Condes, expongo: Por escritura pública de fecha veinticinco de octubre del año 2024, suscrita ante mí; número de repertorio 49.283/2024; don ENRIQUE ALEJANDRO SANHUEZA ZAMORA, chileno, soltero, médico cirujano, cédula de identidad número trece millones trescientos cincuenta y seis mil setecientos sesenta y nueve guion cero; y don ENRIQUE HUMBERTO SANHUEZA ACUÑA, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad número seis millones cuatrocientos veintitrés mil setecientos cincuenta guion cero, ambos con domicilio para estos efectos en calle Vitacura número dos mil novecientos veintinueve, piso once, oficina mil ciento uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; vienen en constituir una sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “INVERSIONES ASAPIN CAPITAL LIMITADA”, cuyo estatuto es el siguiente: DEL NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN. El nombre o razón social de la Sociedad es “INVERSIONES ASAPIN CAPITAL LIMITADA”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) Compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; c) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y d) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. e) todo otro negocio o actividad conexa o relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad desarrollada, y cualquier otro que decida el constituyente. Domicilio: Comuna y ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Será de cinco años; los que se prorrogarán de manera tácita por iguales periodos, salvo oposición manifiesta de los socios. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $10.000.000., que los socios aportan en este acto, de la siguiente manera; UNO) El socio ENRIQUE ALEJANDRO SANHUEZA ZAMORA, ya individualizado, viene en aportar la suma de $9.900.000., capital que se paga en el presente acto enterándose en la caja social. Aporte equivalente al noventa y nueve por ciento del total del capital de la sociedad. DOS) El socio ENRIQUE HUMBERTO SANHUEZA ACUÑA, ya individualizado, viene en aportar la suma de $100.000.; capital que se paga en el presente acto enterándose en la caja social. Aporte equivalente al uno por ciento del total del capital de la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a uno o más administradores quienes, en caso de ser más de uno, deberán actuar de manera conjunta o separada, correspondiendo esta designación a don ENRIQUE ALEJANDRO SANHUEZA ZAMORA, quien anteponiendo a su firma la razón social, la obligará en la forma más amplia posible; tendrá todas y cada una de las facultades indicadas en el estatuto. Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 04 de noviembre de 2024.

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