Consultores y Asesores TriZen Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
El objeto de la sociedad será: a) La consultoría y asesoría económica y corporativa a empresas pequeñas, medianas y grandes, del sector público y privado, en cualquier ámbito; b) Asesoramiento profesional en ámbito económico y empresarial; c) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes y valores, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, derechos; d) Realizar toda otra actividad, sea inmobiliaria, industrial, comercial, agrícola, forestal, etcétera que acuerde la sociedad, sin limitación alguna; e) Toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-1 | 13.xxx.xxx-1 | 99% | $990.000 |
MIREYA ELIZABETH ZEBALLOS BRIONES Socio 13.xxx.xxx-1 | 13.xxx.xxx-1 | 1% | $10.000 |
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摘要官方正文
Juan Ricardo San Martin Urrejola, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago con oficio en Calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 03 de octubre del año 2024, repertorio Número 29992/2024, otorgada ante el Notario Público de Santiago don Juan Ricardo San Martín Urrejola, don MANUEL ANDRES CÓRDOVA CABEZAS, chileno, divorciado, empresario, cédula de identidad número 13.143.926-1, domiciliado para estos efectos en El Carmen número mil quinientos cuarenta, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; y doña MIREYA ELIZABETH ZEBALLOS BRIONES, chilena, divorciada, empresaria, cédula de identidad número 13.936.370-1, domiciliada para estos efectos en El Carmen número mil ciento cincuenta y dos, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad a lo dispuesto en la ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, a las normas del Código Civil y de Comercio. Razón Social: Consultores y Asesores TriZen Limitada. Administración: La administración y representación de la sociedad, junto con el uso de la razón social, corresponderá a don MANUEL ANDRES CORDOVA CABEZAS, sin limitación alguna, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las facultades indicadas en la escritura de constitución. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: a) La consultoría y asesoría económica y corporativa a empresas pequeñas, medianas y grandes, del sector público y privado, en cualquier ámbito; b) Asesoramiento profesional en ámbito económico y empresarial; c) La inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes y valores, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, tales como acciones, bonos, debentures, pagarés, letras de cambio, certificados de depósitos, derechos; d) Realizar toda otra actividad, sea inmobiliaria, industrial, comercial, agrícola, forestal, etcétera que acuerde la sociedad, sin limitación alguna; e) Toda otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el giro social.- Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana.- Capital: un millón de pesos que los socios aportan, pagan y enteran en el acto, al contado y en dinero en efectivo de la siguiente forma: a) don MANUEL ANDRES CORDOVA CABEZAS, la suma de novecientos noventa mil pesos, que corresponden al noventa y nueve por ciento del capital de la sociedad, suma que aporta al contado y dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social; y b) doña MIREYA ELIZABETH ZEBALLOS BRIONES, la suma de diez mil pesos, que corresponden al uno por ciento del capital de la sociedad, suma que aporta al contado y dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social. Duración: La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la escritura de constitución y tendrá una duración indefinida, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término, la que deberá efectuarse mediante escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de a lo menos tres meses a la fecha que se desee poner término. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 09 de Octubre de 2024.
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