有限責任公司77.923.528-9

M4 Mediación Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年7月6日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-07-06查看 PDF(CVE 2515659)

公司資料

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
期限: indefinida
管理方式: La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Mónica María Ossa Rojas y a doña Margarita María Ossa Rojas, para que una cualquiera de ellas, actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa e indirectamente con el giro social.

公司目的

El objeto exclusivo de la sociedad es: a) Servicios de mediación y arbitraje; b) Capacitar, orientar, y asesorar en temas de mediación, legales, de familia, educacionales, y otros a través del dictado de charlas, seminarios, exposiciones y consultas; c) Redactar y publicar informes y artículos relacionados con los temas anteriormente mencionados, tanto en medios propios como ajenos; y d) Contribuir a mejorar las relaciones interpersonales en ámbitos como el familiar, societario, comunitario, escolar, de salud y otros.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

Mónica María Ossa Rojas

Socio

50%

Margarita María Ossa Rojas

Socio

50%

管理人(2)

摘要官方正文

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado y Notario Público Titular de 33º Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, Santiago, certifica que por Escritura Pública de fecha 01 de Julio de 2024, otorgada ante mí, doña MÓNICA MARÍA OSSA ROJAS, domiciliada en Santa Martina número 400, casa 8, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña MARGARITA MARÍA OSSA ROJAS, domiciliada en Camino Turístico número 11.820, departamento 107B, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyo extracto es el siguiente: Razón social: “M4 MEDIACIÓN LIMITADA”. Objeto social: El objeto exclusivo de la sociedad es: a) Servicios de mediación y arbitraje; b) Capacitar, orientar, y asesorar en temas de mediación, legales, de familia, educacionales, y otros a través del dictado de charlas, seminarios, exposiciones y consultas; c) Redactar y publicar informes y artículos relacionados con los temas anteriormente mencionados, tanto en medios propios como ajenos; y d) Contribuir a mejorar las relaciones interpersonales en ámbitos como el familiar, societario, comunitario, escolar, de salud y otros. Domicilio social: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero, así como de los domicilios especiales que pueda fijar en actos o contratos determinados. Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que las socias aportan de la siguiente manera: 1) doña Mónica María Ossa Rojas, aporta la suma de $500.000, que corresponde al 50% del capital social, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando dicha suma a la caja social; y 2) doña Margarita María Ossa Rojas, aporta la suma de $500.000, que corresponde al 50% del capital social, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando dicha suma a la caja social, quedando el capital íntegramente suscrito y pagado en el presente acto. Administración, representación y uso de la razón social La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá a doña Mónica María Ossa Rojas y a doña Margarita María Ossa Rojas, para que una cualquiera de ellas, actuando individual e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa e indirectamente con el giro social. Los Socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización Sociedad. Santiago, 02 de julio de 2024. Iván Torrealba Acevedo. Notario Público.

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  1. CONSTITUCIÓN

    M4 MEDIACIÓN LIMITADA

    CVE 2515659

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