有限責任公司77.898.716-3

Sociedad De Profesionales Báez Y Mamani Abogados Limitada

CONSTITUCIÓN — 2024年6月3日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-06-03查看 PDF(CVE 2501103)

公司資料

Ltda
calle Los Militares número cinco mil setecientos setenta y siete, departamento número novecientos tres
期限: cinco años, contados desde la celebración de este contrato
管理方式: corresponderá a los socios ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO y ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS, quienes actuando de forma conjunta, separada o indistinta, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, obligarán a la sociedad con las facultades que se señalan en la escritura extractada.

公司目的

El objeto de la sociedad será por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de asesorías, representación y servicios profesionales jurídicos. El desarrollo de toda actividad relacionada con el ejercicio integral de la profesión de abogado, la prestación de servicios profesionales y asesorías relativas a materias jurídicas, la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter jurídico en todo tipo de materias, representación en todo tipo de juicios, conflicto de intereses jurídicos, celebrar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes referidos y que tengan relación con el giro señalado.

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO

Socio

14.xxx.xxx-k

50%

ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS

Socio

13.xxx.xxx-6

50%

管理人(2)

ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO

14.xxx.xxx-kAdministrador

ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS

13.xxx.xxx-6Administrador

摘要官方正文

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número 555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifico: Que, por escritura pública de fecha 29 de Mayo de 2024, Rep. 19180-24, ante mí: ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO, chileno, casado bajo régimen patrimonial de separación total de bienes, abogado, cédula de identidad número catorce millones ciento siete mil quinientos noventa guión K y doña ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS, chilena, casada bajo régimen patrimonial de separación total de bienes, abogada, cédula de identidad número trece millones cuatrocientos cuarenta y tres mil doscientos trece guión seis; ambos domiciliados en calle Los Militares número cinco mil setecientos setenta y siete, departamento número novecientos tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyen sociedad civil de profesionales de responsabilidad limitada al monto de sus aportes. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD DE PROFESIONALES BÁEZ Y MAMANI ABOGADOS LIMITADA. NOMBRE DE FANTASÍA: BÁEZ & MAMANI ABOGADOS LTDA. OBJETO: El objeto de la sociedad será por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, la prestación de asesorías, representación y servicios profesionales jurídicos. El desarrollo de toda actividad relacionada con el ejercicio integral de la profesión de abogado, la prestación de servicios profesionales y asesorías relativas a materias jurídicas, la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter jurídico en todo tipo de materias, representación en todo tipo de juicios, conflicto de intereses jurídicos, celebrar todos los actos y contratos conducentes a los fines antes referidos y que tengan relación con el giro señalado. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN, USO RAZÓN SOCIAL Y USO NOMBRES FANTASÍA: corresponderá a los socios ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO y ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS, quienes actuando de forma conjunta, separada o indistinta, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, obligarán a la sociedad con las facultades que se señalan en la escritura extractada. CAPITAL: $1.000.000, que socios aportan y pagan de la siguiente forma: (i) ROBERTO MANUEL BÁEZ CASTILLO, la suma de $500.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo; y (ii) ELIZABETH CECILIA MAMANI ROJAS, la suma de $500.000 que paga de contado en el acto y en dinero efectivo. El capital social queda íntegramente aportado y pagado e ingresado a caja social. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será de cinco años, contados desde la celebración de este contrato. Este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante declaración efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos tres meses de anticipación al vencimiento del plazo o de alguna de sus prórrogas. RESPONSABILIDAD: Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, 30 de Mayo de 2024.

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  1. CONSTITUCIÓN

    SOCIEDAD DE PROFESIONALES BÁEZ Y MAMANI ABOGADOS LIMITADA

    CVE 2501103

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