Inmobiliaria E Inversiones Zumelzu Y Peralta Limitada
Diario Oficial
公司資料
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ Socio | - | - | - |
ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA Socio | - | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2024年4月15日
Se constituyó la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA.
SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ · ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA
摘要官方正文
Ministerio del Interior JOSE TOMAS FABRES BORDEU, Notario Público Interino 41ª Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de abril de 2025, Repertorio N° 7.191-2025, ante el Titular Félix Jara Cadot, RINNA SOLANGE VEGA CASTILLO, con domicilio en Avenida Isabel Riquelme 3194, comuna de Maipú, Región Metropolitana, en representación de SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ, domiciliado en calle Plano Regulador 3940, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana y de ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA, domiciliada en Avenida Cerrillos 4030, Local A-3, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana, quienes son únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA, Rol Único Tributario Número 77.878.707-5, inscrita a fojas 31.674, número 13.419 correspondiente al año 2024, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, han venido a rectificar lo siguiente: 1) Que, con fecha 15 de abril del año 2024, se constituyó por escritura pública la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA, ante esta Notaría, bajo el número de repertorio 10.892, y su extracto fue inscrito en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago el 15 de abril del año 2024 a fojas 31.674, número 13.419, correspondiente al año 2024 y publicado en el Diario Oficial con fecha 18 dieciocho de abril de 2024, en conformidad a la Ley. 2) Que, por este acto, los constituyentes, debidamente representados, vienen a rectificar la escritura antes señalada, ya que por un error involuntario no se insertaron los derechos de aguas y en consecuencia el desglose del precio del aporte realizado por don Sebastián Hernán Zumelzu Vásquez, por ello se rectifica el TÍTULO SEGUNDO: Del capital social y la responsabilidad de los socios. CUARTO: I.- Don SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ. TRECE); en este sentido se rectifica el contenido del numeral “Trece”, y en definitiva quedará en su lugar el siguiente: TRECE. A) La parcela número veinticuatro de la parcelación El Peumo, que corresponde a la subdivisión del lote signado con la Letra B del plano de subdivisión del predio agrícola denominado Hijuela Segunda de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como Chacra El Peumo, comuna de Calera de Tango, que tiene una superficie aproximada de cinco mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, y deslinda: al Norte, con parte de los lotes quince y dieciséis del loteo; al Sur, con parte de lotes treinta y tres y treinta y dos del loteo; al Oriente, con parte de lote veinticinco del loteo; y al Poniente, con lote veintitrés del loteo. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas dos mil ciento setenta y cinco Vuelta, número tres mil trescientos noventa y dos, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo. Lo Adquirió por compra que hizo a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, según escritura otorgada con fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, en la Notaría de Santiago, de Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio notarial número once mil setecientos setenta y uno, rectificada por escritura otorgada en la Notaría de La Reina, de Pablo Martínez Loaiza, con fecha seis de Junio de año dos mil veintitrés, repertorio notarial número dos mil seiscientos sesenta y siete. El precio fue la suma de ochenta millones de pesos al contado, pagado en dinero en efectivo. Avaluada por los comparecientes en la suma de ochenta dos millones cuatrocientos ochenta mil pesos. B) Derechos de aguas que le corresponden a la parcela número Veinticuatro de la subdivisión del Lote signado con la letra B del plano de subdivisión de la Hijuela Segunda de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como Chacra El Peumo, Comuna de Calera de Tango, derechos de agua que consisten en seis mil doscientos ochenta y tres cien milésimos de regador del Canal Calera. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas noventa y cuatro vuelta, Número ciento sesenta y uno, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo correspondiente al año dos mil veintitrés. Lo Adquirió por compra que hizo a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, según escritura otorgada con fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, en la Notaría de Santiago, de Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio notarial número once mil setecientos setenta y uno, rectificada por escritura otorgada en la Notaría de La Reina, de Pablo Martínez Loaíza, con fecha seis de Junio de año dos mil veintitrés, repertorio notarial número dos mil seiscientos sesenta y siete. El precio fue la suma de diez millones de pesos al contado, pagado en dinero en efectivo. Avaluada por los comparecientes en la suma de diez millones trescientos diez mil pesos. C) Derechos de aprovechamiento de aguas, equivalentes a una cuarenta y seis avo para la parcela NÚMERO VEINTICUATRO proveniente de la subdivisión del Lote signado con la letra B, del plano de subdivisión de la Hijuela Segunda, de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como “Chacra El Peumo”, de la Comuna de Calera de Tango, provincia de San Bernardo, de lo siguiente: tres mil ciento noventa y cinco diez milésimos de regador de la Sociedad Canal de Maipo y catorce coma veintiuno por ciento de derrames del Fundo El Recuerdo de los que caen al Canal Santo Domingo, antes de cruzar al camino público; y los derrames que se produzcan a lo largo del camino frente a la Hijuela Segunda, con que se cultivaba dicho lote B. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas veintitrés vuelta, Número treinta y seis del Registro de Propiedad de Aguas Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto correspondiente al año dos mil veintidós. Lo Adquirió por tradición a la que sirvió de título la compraventa efectuada a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, cédula de identidad número diez millones setecientos treinta y siete mil cuatrocientos veinticinco guion seis, con domicilio en la comuna de Maipú, en el precio de diez millones de pesos, pagado. Lo anterior consta de la escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago, de don Luis Ignacio Manquehual Mery, el diecisiete de Junio del año dos mil veintiuno, Repertorio número once mil setecientos setenta y uno, cuya copia fue otorgada con firma electrónica avanzada, código uno dos tres cuatro cinco seis ocho siete cuatro ocho seis dos del Repositorio www.fojas.cl. Avaluada por los comparecientes en la suma de diez millones trescientos diez mil pesos. Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada.- Santiago, 07 de mayo de 2025.
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| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ Socio | - | - | - |
ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA Socio | - | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 2024年4月15日
Se constituye INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA.
SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ · ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA
摘要官方正文
Ministerio del Interior FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de abril de 2025, Repertorio N° 7.191-2025, ante mí, RINNA SOLANGE VEGA CASTILLO, en representación de SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ y de ISABEL FRANCESCA PERALTA GARCÍA, quienes son únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA, Rol Único Tributario Número 77.878.707-5, inscrita a fojas 31.674, número 13.419 correspondiente al año 2024, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, han venido a rectificar lo siguiente: 1) Que, con fecha 15 de abril del año 2024, se constituyó por escritura pública la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES ZUMELZU Y PERALTA LIMITADA, ante esta Notaría, bajo el número de repertorio 10.892, y su extracto fue inscrito en el Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago el 15 de abril del año 2024 a fojas 31.674, número 13.419, correspondiente al año 2024 y publicado en el Diario Oficial con fecha 18 dieciocho de abril de 2024, en conformidad a la Ley. 2) Que, por este acto, los constituyentes, debidamente representados, vienen a rectificar la escritura antes señalada, ya que por un error involuntario no se insertaron los derechos de aguas y en consecuencia el desglose del precio del aporte realizado por don Sebastián Hernán Zumelzu Vásquez, por ello se rectifica el TÍTULO SEGUNDO: Del capital social y la responsabilidad de los socios. CUARTO: I.- Don SEBASTIÁN HERNÁN ZUMELZU VÁSQUEZ. TRECE); en este sentido se rectifica el contenido del numeral “Trece”, y en definitiva quedará en su lugar el siguiente: TRECE. A) La parcela número veinticuatro de la parcelación El Peumo, que corresponde a la subdivisión del lote signado con la Letra B del plano de subdivisión del predio agrícola denominado Hijuela Segunda de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como Chacra El Peumo, comuna de Calera de Tango, que tiene una superficie aproximada de cinco mil cuatrocientos cincuenta metros cuadrados, y deslinda: al Norte, con parte de los lotes quince y dieciséis del loteo; al Sur, con parte de lotes treinta y tres y treinta y dos del loteo; al Oriente, con parte de lote veinticinco del loteo; y al Poniente, con lote veintitrés del loteo. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas dos mil ciento setenta y cinco vuelta, número tres mil trescientos noventa y dos, correspondiente al Registro de Propiedad del año dos mil veintitrés del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo. Lo Adquirió por compra que hizo a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, según escritura otorgada con fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, en la Notaría de Santiago, de Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio notarial número once mil setecientos setenta y uno, rectificada por escritura otorgada en la Notaría de La Reina, de Pablo Martínez Loaíza, con fecha seis de Junio de año dos mil veintitrés, repertorio notarial número dos mil seiscientos sesenta y siete. El precio fue la suma de ochenta millones de pesos al contado, pagado en dinero en efectivo. Avaluada por los comparecientes en la suma de ochenta dos millones cuatrocientos ochenta mil pesos. B) Derechos de aguas que le corresponden a la parcela número Veinticuatro de la subdivisión del Lote signado con la letra B del plano de subdivisión de la Hijuela Segunda de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como Chacra El Peumo, Comuna de Calera de Tango, derechos de agua que consisten en seis mil doscientos ochenta y tres cien milésimos de regador del Canal Calera. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas noventa y cuatro vuelta, Número ciento sesenta y uno, del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo correspondiente al año dos mil veintitrés. Lo Adquirió por compra que hizo a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, según escritura otorgada con fecha diecisiete de junio del año dos mil veintiuno, en la Notaría de Santiago, de Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio notarial número once mil setecientos setenta y uno, rectificada por escritura otorgada en la Notaría de La Reina, de Pablo Martínez Loaiza, con fecha seis de Junio de año dos mil veintitrés, repertorio notarial número dos mil seiscientos sesenta y siete. El precio fue la suma de diez millones de pesos al contado, pagado en dinero en efectivo. Avaluada por los comparecientes en la suma de diez millones trescientos diez mil pesos. C) Derechos de aprovechamiento de aguas, equivalentes a una cuarenta y seis avo para la parcela NÚMERO VEINTICUATRO proveniente de la subdivisión del Lote signado con la letra B, del plano de subdivisión de la Hijuela Segunda, de Santo Domingo o Santa Teresa, hoy conocido como “Chacra El Peumo”, de la Comuna de Calera de Tango, provincia de San Bernardo, de lo siguiente: tres mil ciento noventa y cinco diez milésimos de regador de la Sociedad Canal de Maipo y catorce coma veintiuno por ciento de derrames del Fundo El Recuerdo de los que caen al Canal Santo Domingo, antes de cruzar al camino público; y los derrames que se produzcan a lo largo del camino frente a la Hijuela Segunda, con que se cultivaba dicho lote B. El título de dominio se encuentra inscrito a fojas veintitrés vuelta, Número treinta y seis del Registro de Propiedad de Aguas Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto correspondiente al año dos mil veintidós. Lo Adquirió por tradición a la que sirvió de título la compraventa efectuada a don ALDO ANDRES ACUÑA MARTINEZ, cédula de identidad número diez millones setecientos treinta y siete mil cuatrocientos veinticinco guion seis, con domicilio en la comuna de Maipú, en el precio de diez millones de pesos, pagado. Lo anterior consta de la escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago, de don Luis Ignacio Manquehual Mery, el diecisiete de Junio del año dos mil veintiuno, Repertorio número once mil setecientos setenta y uno, cuya copia fue otorgada con firma electrónica avanzada, código uno dos tres cuatro cinco seis ocho siete cuatro ocho seis dos del Repositorio www.fojas.cl. Avaluada por los comparecientes en la suma de diez millones trescientos diez mil pesos. Demás estipulaciones se encuentran en la escritura extractada.- Santiago, 22 de abril de 2025.
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