股份公司77.857.914-6

Asesorías E Inversiones Nogal SpA

CONSTITUCIÓN — 2024年3月6日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2024-03-06查看 PDF(CVE 2462882)

公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
期限: Indefinida
管理方式: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y de los nombres de fantasía, corresponderá a doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos sociales no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Se designa como Gerente General de la Sociedad a doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS, quien, junto con las facultades ordinarias de administración de la Sociedad, la representará judicialmente, pudiendo señalar domicilios con prórrogas de jurisdicción, otorgar poderes especiales y revocarlos, como delegar el mandato, en todo o en parte.

公司目的

a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias, efectos de comercio y financieros y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; b) La compra, venta, enajenación, importación, exportación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; c) La constitución o participación como socia, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; d) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales, de servicios y de profesionales; y/o asumir la representación de dichas empresas; y e) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social.

資本

總資本

$400.000

實繳資本

$400.000

待繳資本

$0

股東(1)

姓名持股比例

NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS

Accionista

15.xxx.xxx-k

100%

管理人(2)

摘要官方正文

BENJAMIN CASTILLO MONTALVO, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Santiago Francisco Leiva Carvajal, con domicilio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2024, anotada bajo el repertorio número 12.987-2024, ante mí, doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS, RUT 15.483.723-K, domiciliada para estos efectos en calle Tomás Graham 752, departamento 304, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones (en adelante, la “Sociedad”), que se regirá por las disposiciones de sus estatutos sociales, que se extractan a continuación: NOMBRE: ASESORÍAS E INVERSIONES NOGAL SpA, pudiendo actuar, indistintamente, para todos los efectos comerciales y de publicidad, incluso ante bancos comerciales y organismos públicos y privados, con el nombre o sigla de fantasía de "NOGAL SpA". OBJETO: a) La inversión, por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero, en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, derechos y toda clase de títulos, créditos o valores, sean o no mobiliarios, percibir e invertir sus frutos, adquirir y enajenar bonos, debentures, acciones, promesas de acciones, cuotas de inversión, cuotas de fondos mutuos, letras hipotecarias, efectos de comercio y financieros y, en general, toda clase de instrumentos, títulos o valores en los cuales sea posible invertir; b) La compra, venta, enajenación, importación, exportación, arrendamiento, comercialización, administración y explotación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; c) La constitución o participación como socia, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades, cualquiera sea su objeto, naturaleza o nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; d) Promover y desarrollar toda clase de negocios y empresas industriales, comerciales, de servicios y de profesionales; y/o asumir la representación de dichas empresas; y e) En general, realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y desarrollar cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer domicilios especiales o crear agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida. CAPITAL: El capital de la Sociedad es de $400.000.-, el que se encuentra totalmente suscrito y pagado por doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS. RESPONSABILIDAD: Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso del nombre de la sociedad y de los nombres de fantasía, corresponderá a doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS, a quien le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos sociales no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno. Se designa como Gerente General de la Sociedad a doña NATALIA MARGARITA ESPINOZA VIGUERAS, quien, junto con las facultades ordinarias de administración de la Sociedad, la representará judicialmente, pudiendo señalar domicilios con prórrogas de jurisdicción, otorgar poderes especiales y revocarlos, como delegar el mandato, en todo o en parte. Tendrá al efecto, todas y cada una de las facultades que se detallan en ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil Demás estipulaciones constan en escritura extractada. BENJAMIN CASTILLO MONTALVO. Notario Público Suplente 2ª Notaría de Santiago, 28 de febrero de 2024.

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