有限責任公司77.762.447-4

Consultoría Tributaria Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年4月21日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Génova 2016, oficina 11
管理方式: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ y a don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, individual e indistintamente.

公司目的

del giro de su denominación

資本

總資本

$1.500.000

實繳資本

$1.500.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ

Socio

16.xxx.xxx-4

50%

JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Socio

15.xxx.xxx-4

50%

管理人(2)

GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ

16.xxx.xxx-4Administrador

JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

15.xxx.xxx-4Administrador

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓· 2025年4月9日

    FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ cede la totalidad de sus derechos sociales a GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ y JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ.

    FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ · GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ · JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

  2. 股東退出· 2025年4月9日

    FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ se retira de la sociedad.

    FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ

摘要官方正文

Ministerio del Interior PATRICIA MANRÍQUEZ HUERTA, Notario Público, Titular 48° Notaría Santiago, Av. Apoquindo 3076, of. 601, Las Condes, certifica: que por Escritura Pública de fecha 09 de abril de 2025, Repertorio N° 4175-2025, otorgada ante mí, don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, cédula nacional de identidad número 16.253.991-4, contador auditor, chileno, soltero; don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número 15.129.107-4, abogado, chileno, casado, debidamente representado por don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, ya individualizado; y don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ, cédula nacional de identidad número 13.685.242-6, abogado chileno, soltero; todos domiciliados para estos efectos en Génova 2016, oficina 11, Providencia, socios de la Sociedad “CONSULTORÍA TRIBUTARIA LIMITADA”, del giro de su denominación, RUT 77.762.447-4, inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Santiago a fojas 86592, número 34667 del Registro de Comercio del año 2024, acuerdan los siguiente: A) Cesión de Derechos Sociales. Don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, de la siguiente forma: i) Don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ vende, cede y transfiere la mitad de sus derechos sociales, esto es, el 16,66% aproximadamente, equivalentes a $250.000 del capital de la Sociedad, a favor de don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, quien los acepta, compra y adquiere para sí, incrementando su participación social a un 50% de los derechos sociales, equivalentes a $750.000 del capital de la Sociedad; ii) Don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ vende, cede y transfiere la mitad de sus derechos sociales, esto es, el 16,66% aproximadamente, equivalentes a $250.000 del capital de la Sociedad, a favor de don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, quien los acepta, compra y adquiere para sí, incrementando su participación social a un 50% de los derechos sociales, equivalentes a $750.000 del capital de la Sociedad. En consecuencia, se retira de la Sociedad don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ. B. Modificación de Estatutos Sociales. En razón de la cesión de derechos precedente y al ingreso del nuevo socio, los únicos socios de la Sociedad CONSULTORÍA TRIBUTARIA LIMITADA, acuerdan modificar los Estatutos Sociales, en la forma que se expresa a continuación: 1. Los socios acuerdan modificar íntegramente la cláusula quinta referida al capital, por la siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $1.500.000. Los socios aportan y pagan el capital indicado en la proporción que a continuación se indica: A) GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ aporta la suma de $750.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social; y B) JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ aporta la suma de $750.000, equivalentes al 50% de los derechos sociales, ya ingresados a la caja social. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado por los socios”. 2. Los socios acuerdan modificar íntegramente la cláusula séptima referida a la administración de la Sociedad, por la siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Administración. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones doscientos cincuenta y tres mil novecientos noventa y uno guion cuatro; y a don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número quince millones ciento veintinueve mil ciento siete guion cuatro, quienes podrán actuar en nombre y representación de la Sociedad individual e indistintamente. Asimismo, podrán actuar personalmente o por medio de apoderados designados para determinados efectos y contarán con las facultades que se establecen en el artículo décimo primero de los presentes estatutos. Condición no esencial de la Administración”. 3. Los socios acuerdan modificar íntegramente la cláusula octava referida a las utilidades y pérdidas, por la siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: De las Utilidades y Pérdidas, y los Retiros para Gastos. Las utilidades y pérdidas de la Sociedad se distribuirán entre los socios en la siguiente proporción: don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, recibirá un 50% y don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, recibirá un 50%”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de abril de 2025.-

變更Diario Oficial · 2024-12-21查看 PDF(CVE 2587673)

公司資料

Ltda
Génova 2016, oficina 11
管理方式: Individual e indistinta

資本

總資本

$1.500.000

實繳資本

$1.500.000

待繳資本

$0

股份

3

股東(3)

姓名持股比例

JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

Socio

15.xxx.xxx-4

33.33%

GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ

Socio

16.xxx.xxx-4

33.33%

FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ

Socio

13.xxx.xxx-6

33.33%

管理人(3)

JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ

15.xxx.xxx-4Administrador

GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ

16.xxx.xxx-4Administrador

FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ

13.xxx.xxx-6Administrador

摘要官方正文

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48ª Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: Que, por Escritura Pública de fecha 11 de diciembre de 2024, Repertorio N° 15.291, otorgada ante la Notario Público Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, doña Patricia Valentina Manríquez Huerta, con domicilio en Av. Apoquindo N° 3076, oficina 601, Las Condes, don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número 15.129.107-4, abogado, chileno, casado; don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, cédula nacional de identidad número 16.253.991-4, contador auditor, chileno, soltero; y don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ, cédula nacional de identidad número 13.685.242-6, abogado, chileno, soltero, todos domiciliados para estos efectos en Génova 2016, oficina 11, Providencia, modificaron la Sociedad “CONSULTORÍA TRIBUTARIA LIMITADA”, del giro de su denominación, RUT 77.762.447-4, inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Santiago a fojas 86592, número 34667 del Registro de Comercio del año 2024, en los términos que se indican a continuación: 1. Aumento de Capital. Los socios don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ y don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ acuerdan aumentar el capital de la Sociedad de la suma actual de $1.000.000, a la suma de $1.500.000. Lo anterior, a través de un aumento de capital efectivo de $500.000. Dicho aumento de capital será pagado por don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ, mediante el aporte de $500.000. En virtud de dicho aumento de capital, los únicos y actuales socios de CONSULTORÍA TRIBUTARIA LIMITADA, junto con sus respectivas participaciones sociales, son los siguientes: a) don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, con un tercio de los derechos sociales, equivalentes a un 33,33%, aproximadamente; b) don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, con un tercio de los derechos sociales, equivalentes a un 33,33%, aproximadamente; y c) FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ, con un tercio de los derechos sociales, equivalentes a un 33,33% aproximadamente. 2. Modificación Artículo Quinto de los Estatutos Sociales. En razón del aumento de capital recién acordado y al ingreso del nuevo socio, los comparecientes acuerdan modificar el Artículo Quinto de Estatutos Sociales, por el que se expresa a continuación: “ARTÍCULO QUINTO: Capital Social. El capital de la Sociedad es la suma de $1.500.000. Los socios se obligan a aportar y pagar el capital indicado en la proporción que a continuación se indica: A) JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ aporta la suma de $500.000, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, esto es, un 33,33%, aproximadamente, ya ingresados a la caja social; B) GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ aporta la suma de $500.000, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, esto es, un 33,33%, aproximadamente, ya ingresados a la caja social; C) FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ aporta la suma de $500.000, equivalentes a un tercio de los derechos sociales, esto es, un 33,33%, aproximadamente, ya ingresados a la caja social. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la Sociedad se encuentra íntegramente pagado por los socios”. 3. Modificación Artículo Séptimo de los Estatutos Sociales. Los comparecientes acuerdan modificar íntegramente la cláusula séptima referida a la administración de la Sociedad, por la siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: Administración. La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don JOSÉ FRANCISCO SEPÚLVEDA RAMÍREZ, cédula nacional de identidad número 15.129.107-4, a don GONZALO ANDRÉS MADRID GÁLVEZ, cédula nacional de identidad número 16.253.991-4; y a don FELIPE FRANCISCO GAVILÁN NÚÑEZ, cédula nacional de identidad número 13.685.242-6, quienes podrán actuar en nombre y representación de la Sociedad de manera individual e indistinta, anteponiendo su nombre a la razón social. Asimismo, podrán actuar personalmente o por medio de apoderados designados para determinados efectos y contarán con las facultades que se establecen en el artículo décimo primero de los presentes estatutos. Condición no esencial de la Administración”. Adicionalmente, se realizaron modificaciones en materias no extractables. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, Santiago, 13 de diciembre de 2024.

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