Palo Tinto Networks SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La importación, exportación, suministro, compra, venta, distribución, arrendamiento, fabricación, y en general la comercialización de todo tipo de bienes y herramientas de licito comercio como son máquinas de oficina, equipo de cómputo, hardware y software informáticos, equipo tele informático y de comunicaciones, centros de datos, cableado estructurado, sistemas de control de acceso, sistemas de inventarios, sistemas de seguridad electrónica, sistemas de automatización en general, sistemas de respaldo, sistemas de monitoreo, plataformas tecnológicas y en general cualquier tipo de bienes, artículos y mercancías relacionados con las diferentes ramas de la industria y el comercio, entre ellas la industria de las telecomunicaciones y de la tecnología de la información, contando para ello con las autorizaciones que para cada caso prevea la ley.
資本
總資本
$17.000.000
實繳資本
$17.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 48.xxx.xxx-k | 48.xxx.xxx-k | 50% | $8.500.000 |
Accionista 48.xxx.xxx-8 | 48.xxx.xxx-8 | 50% | $8.500.000 |
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摘要官方正文
CONSTITUCION DE SOCIEDAD PALO TINTO NETWORKS SpA HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la 26° Notaría Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 08 de marzo de 2023, repertorio Nro. 1.963, ante mí, don JORGE RODRIGO HUIDOBRO GARCIA, mexicano, casado, Ingeniero en Electrónica, Pasaporte de los Estados Unidos Mexicanos número N 00783092, Rol Único Tributario número 48.223.528-K, y doña MARITZA ANGELICA YAÑEZ LUCIO, mexicana, casada y separada de bienes en conformidad con el Artículo 135 del Código Civil, Ingeniera en Computación, Pasaporte de los Estados Unidos Mexicanos número G 27505943, Rol Único Tributario número 48.223.529-8, ambos domiciliados para estos efectos en calle Estado Nro. 235, oficina 1405, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana de Santiago; señalan que en virtud de los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, vienen en constituir una sociedad por acciones que se regirá por las disposiciones pertinentes antes señaladas, y en especial por los estatutos que se extractan a continuación, y supletoriamente en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 424 del Código de Comercio. De los estatutos se extracta lo que sigue: Nombre o Razón Social: El nombre de la Sociedad será PALO TINTO NETWORKS SpA, pudiendo utilizar para fines de publicidad y ante los bancos y terceros el nombre de Palo Tinto NETWORKS SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: La importación, exportación, suministro, compra, venta, distribución, arrendamiento, fabricación, y en general la comercialización de todo tipo de bienes y herramientas de licito comercio como son máquinas de oficina, equipo de cómputo, hardware y software informáticos, equipo tele informático y de comunicaciones, centros de datos, cableado estructurado, sistemas de control de acceso, sistemas de inventarios, sistemas de seguridad electrónica, sistemas de automatización en general, sistemas de respaldo, sistemas de monitoreo, plataformas tecnológicas y en general cualquier tipo de bienes, artículos y mercancías relacionados con las diferentes ramas de la industria y el comercio, entre ellas la industria de las telecomunicaciones y de la tecnología de la información, contando para ello con las autorizaciones que para cada caso prevea la ley. Por lo que enunciativa y no limitativamente la sociedad podrá: a. Realizar cualquier acto lícito permitido por las leyes y todo acto o contrato que tenga relación directa e indirecta con dicho objeto. b. Celebrar todos los convenios o contratos necesarios directa o indirectamente para la realización de los fines anteriores. c. Contratar activa o pasivamente toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier otro título patentes, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad. d. Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar, descontar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que se ubique en los supuestos de la Ley de Mercado de Valores. e. Adquirir acciones, participaciones, partes de interés, obligaciones de toda clase de empresas o sociedades, formar parte en ellas y entrar en comandita. f. Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles, mandatos y poderes, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente, mandante o poderdante. g. Adquirir, enajenar o por cualquier otro título poseer y disponer de toda clase de bienes muebles o inmuebles y derechos reales, que sean necesarios para su objeto. h. Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y actividades propias de su objeto. i. La comercialización, compraventa, importación y exportación por cuenta propia o a través de terceros, de toda clase de mercancías, bienes o mercaderías de las permitidas por las Leyes. j. El comercio de todo tipo de mercancías, bienes, productos o manufacturas permitidas por las Leyes. k. La prestación de todo tipo de servicios de soporte, mesa de ayuda, mantenimiento preventivo y correctivo, asesoría, consultoría, capacitación, monitoreo de red y de plataformas, demostraciones tecnológicas, levantamientos en sitio, diagnósticos de obsolescencia, servicios de arrendamiento, servicio administrado, instalaciones, configuraciones, puesta a punto, elaboración y administración de proyectos, conducción y asistencia técnica en materia de telecomunicaciones, elaboración de anexos y catálogos de tecnología, diseños, ingeniería eléctrica e ingeniería electrónica para cualquier tipo de empresa para las diferentes ramas de la industria y el comercio, ente ellas la industria de las telecomunicaciones y de la tecnología de la información. l. Vender, comprar, maquilar, importar, exportar, permutar, distribuir instalar, diseñar, fabricar, manufacturar, ensamblar, producir, proporcionar mantenimiento y servicio, reparar y comercializar en general toda clase de bienes muebles o inmuebles y recibir en comisión todo tipo de bienes y servicios. Así mismo estará facultada para establecer canales de comercialización nacional e internacional y actividades de intermediación comercial con ayuda de representantes de venta, apoyo tecnológico y otros medíos en el apoyo al cumplimiento de este fin. m. La Adquisición, enajenación, arrendamiento, subarrendamiento, usufructo, uso, goce, transporte y posesión, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de materiales, bienes muebles o inmuebles y derechos reales o personales sobre los mismos. n. Proporcionar servicios de asesoría, consultoría, conducción y asistencia técnica en materia comercial, artística, industrial, contable, administrativa, mercantil o financiera. Efectuar estudios de investigación de carácter económico, comercial o financiero, así como la organización y desarrollo de empresas industriales y comerciales. Prestar y recibir toda clase de servicios y asesoría de cualquier carácter a todo tipo de empresas y personas, servicios legales, administrativos, promociona auditoría, mercadotecnia, preparación de estados contables y presupuestos, elaboración de programas y manuales, análisis de resultados de operación, evaluación de información sobre productividad y la preparación y estudios acerca de la disponibilidad de capital, para el cumplimiento de su objeto social. ñ. Llevar a cabo por cuenta propia o de terceros, programas de capacitación y desarrollo así como investigaciones científicas para desarrollos tecnológicos o investigaciones profesionales en las materias que requieran las empresas a las que la sociedad preste servicios o que la propia sociedad considere conveniente, ya sea directamente o por medio de institutos tecnológicos o universidades o empresas o instituciones especializadas en el país o del extranjero y proporcionar a sus clientes los resultados de dicha investigación. o. Otorgar toda clase de garantías personales, reales, cambiarias o de cualquier otra índole para garantizar obligaciones de la sociedad o de terceros. p. Adquirir o participar en el capital o patrimonio de otras sociedades mercantiles, ya sea Chilenas o extranjeras, formando parte en su constitución o adquiriendo acciones. q. La representación en calidad de agente, comisionista, mediador, factor, contratista, representante legal o mandatario, de toda clase de empresas o personas relacionadas con los fines anteriores, representar o ser agente de empresas comerciales o industriales, nacionales o extranjeras intermediar en la venta de toda clase de bienes y servicios. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $17.000.000.-, dividido en 100 acciones sin valor nominal, de igual valor cada una, nominativas. En este acto, don JORGE RODRIGO HUIDOBRO GARCIA suscribe y paga en dinero efectivo, en la suma de $8.500.000.-, 50 acciones de la Sociedad; y doña MARITZA ANGELICA YAÑEZ LUCIO suscribe y paga en dinero efectivo, en la suma de $8.500.000.-, 50 acciones restantes de la Sociedad. A la fecha de los presentes Estatutos queda íntegramente suscrito y pagado el capital de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Administración: La Sociedad será administrada por uno o más administradores, en adelante el “Administrador” o los “Administradores”, que actuarán individual e indistintamente, y quienes podrán ser una persona natural o jurídica, y no necesitarán ser accionistas de la Sociedad. Se designa como Administrador de la Sociedad a doña MARÍA DOMINGA CORTES ULLOA, C.I. Nro. 11.625.887- 1, quien anteponiendo a su firma las palabras “en representación”, “por poder” u otra análoga, tendrá las más amplias prerrogativas de administración y disposición de bienes respecto de la Sociedad. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es aquella parte de la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sobre la que tiene competencia el Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de marzo de 2023. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.
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