股份公司77.704.722-1

Conca Inversiones SpA

MODIFICACIÓN — 2023年6月3日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2023-06-03查看 PDF(CVE 2325204)

公司資料

SpA
Avenida España número ciento seis, departamento ciento uno
管理方式: Directorio compuesto por tres miembros reelegibles, designados en Junta de Accionistas, por un período de tres años

摘要官方正文

Hernán Cuadra Gazmuri, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil cientos sesenta, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 5 de mayo del 2023, repertorio número 6.141/2023, otorgada ante mí, don Mario Antonio Valenzuela Rodríguez, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, médico oftalmólogo, cédula de identidad número diez millones quinientos diecisiete mil ochocientos noventa y nueve guión nueve; doña Sandra Marcela González Salazar, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, médico psiquiatra, cédula de identidad número once millones doscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y uno guión K; doña Javiera Paz Valenzuela González, chilena, soltera, egresada de derecho, cédula de identidad número diecinueve millones ciento treinta y dos mil cincuenta y uno guión cuatro; don Martin Vicente Valenzuela González, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número diecinueve millones cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cincuenta guión K; y la sociedad Valenzuela & González Médicos Limitada, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número sesenta y siete millones novecientos un mil quinientos cuarenta guión ocho, representada por don Mario Antonio Valenzuela Rodríguez y doña Sandra Marcela González Salazar, ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en Avenida España número ciento seis, departamento ciento uno, comuna de Curicó, Región del Maule; vienen en sanear, complementar y modificar escritura pública de constitución de la sociedad CONCA INVERSIONES SpA., otorgada con fecha 11 de noviembre de 2022, en la notaría de Santiago de don Fernando Celis Urrutia, repertorio número 1893-22, inscrita a fojas 4134, número 1850, del Registro de Comercio del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: UNO) Por un error involuntario, el extracto de la referida escritura de constitución de la sociedad CONCA INVERSIONES SpA., no fue publicado dentro del plazo legal, establecido por el articulo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio. Que los comparecientes sanean los vicios producidos en los términos de la Ley 19499; DOS) Se reemplaza el artículo Décimo Primero por el siguiente: “DÉCIMO PRIMERO: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por tres miembros reelegibles, que serán designados en Juan de Accionistas. El Directorio durará por un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente”; Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 26 de mayo 2023. H. Cuadra G.

變更Diario Oficial · 2023-05-29查看 PDF(CVE 2322511)

公司資料

SpA
Avenida España número ciento seis, departamento ciento uno
管理方式: Directorio compuesto por tres miembros reelegibles

資本

總資本

$110.000.000

股份

11,000

股東(5)

姓名持股比例

Mario Antonio Valenzuela Rodríguez

Accionista

10.xxx.xxx-9

250

Sandra Marcela González Salazar

Accionista

11.xxx.xxx-k

250

Javiera Paz Valenzuela González

Accionista

19.xxx.xxx-4

250

Martin Vicente Valenzuela González

Accionista

19.xxx.xxx-k

250

Valenzuela & González Médicos Limitada

Accionista

67.991.540-8

10,000

摘要官方正文

Hernán Cuadra Gazmuri, abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos mil cientos sesenta, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública de fecha 5 de mayo del 2023, repertorio número 6.141/2023, ante mí, don Mario Antonio Valenzuela Rodríguez, chileno, casado bajo el régimen de separación de bienes, médico oftalmólogo, cédula de identidad número diez millones quinientos diecisiete mil ochocientos noventa y nueve guión nueve; doña Sandra Marcela González Salazar, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, médico psiquiatra, cédula de identidad número once millones doscientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta y uno guión K; doña Javiera Paz Valenzuela González, chilena, soltera, egresada de derecho, cédula de identidad número diecinueve millones ciento treinta y dos mil cincuenta y uno guión cuatro; don Martin Vicente Valenzuela González, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad número diecinueve millones cuatrocientos sesenta y un mil setecientos cincuenta guión K; y la sociedad Valenzuela & González Médicos Limitada, empresa del giro de su denominación, rol único tributario número sesenta y siete millones novecientos un mil quinientos cuarenta guión ocho, representada por don Mario Antonio Valenzuela Rodríguez y doña Sandra Marcela González Salazar, ya individualizados, todos domiciliados para estos efectos en Avenida España número ciento seis, departamento ciento uno, comuna de Curicó, Región del Maule; vienen en sanear, complementar y modificar escritura pública de constitución de la sociedad CONCA INVERSIONES SpA., otorgada con fecha 11 de noviembre de 2022, en la notaría de Santiago de don Fernando Celis Urrutia, repertorio número 1893-22, inscrita a fojas 4134, número 1850, del Registro de Comercio del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el siguiente sentido: UNO) Por un error involuntario, el extracto de la referida escritura de constitución de la sociedad CONCA INVERSIONES SpA., no fue publicado dentro del plazo legal, establecido por el articulo cuatrocientos veintiséis del Código de Comercio. Que los comparecientes sanean los vicios producidos en los términos de la Ley 19499; DOS) Se reemplaza el artículo Décimo Primero por el siguiente: “DÉCIMO PRIMERO: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por tres miembros reelegibles, que serán designados en Juan de Accionistas. El Directorio durará por un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente”; TRES) Se reemplaza el artículo Primero Transitorio por el siguiente: “PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de CIENTO DIEZ MILLONES DE PESOS DIVIDIDO EN ONCE MIL ACCIONES, nominativas de una misma serie, que se suscriben íntegramente en este acto por: (i) don Mario Antonio Valenzuela Rodríguez suscribe doscientas cincuenta acciones, pagaderas en moneda de curso legal, dentro de un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha, reajustada según prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedad anónimas; (ii) doña Sandra Marcela González Salazar suscribe doscientas cincuenta acciones, pagaderas en moneda de curso legal, dentro de un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha, reajustada según prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedad anónimas; (iii) doña Javiera Paz Valenzuela González suscribe doscientas cincuenta acciones, pagaderas en moneda de curso legal, dentro de un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha, reajustada según prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedad anónimas; (iv) don Martín Vicente Valenzuela González suscribe doscientas cincuenta acciones, pagaderas en moneda de curso legal, dentro de un plazo máximo de tres años a contar de esta fecha, reajustada según prescribe el artículo dieciséis de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre sociedad anónimas; y (v) la sociedad Valenzuela & González Médicos Limitada, legalmente representada, suscribe diez mil acciones mediante el aporte de la totalidad de los derechos que le corresponden sobre los inmuebles que se detallan a continuación: UNO) Inmueble ubicado en el sector Conca de la comuna de Curepto, con una cabida de veinticuatro como cero siete hectáreas y cuyos deslindes son: NORTE, con sucesión Millacura; SUR, con camino vecinal; ESTE, con Estero Conca y Pedro Pailaqueo; OESTE, con sucesión Amador Molina. Rol de Avalúo número ciento setenta y dos guión sesenta y dos. Inscrito a fojas doscientos veintiuno, número doscientos siete, del Registro de Propiedad del año dos mil diecinueve del Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas de Curepto Jorge Andrés Allende González. Inmueble libre de todo gravamen y prohibición. Aporte avaluado por las partes en setenta y cinco millones de pesos, equivalente a seis mil quinientas acciones; DOS) Inmueble, consistente en oficina número trescientos doce del edificio Escorial, ubicado en calle Yungay número cuatrocientos setenta y cinco, de la ciudad de Curicó, incluyendo los bienes comunes conforme al Reglamento de Copropiedad del Edificio que consta de escritura pública de fecha seis de julio de dos mil cuatro, rectificado el veinticuatro de agosto del mismo año ambas escrituras otorgadas en la Notaría Curicó de don Alfredo Rosas Roa, inscrita a fojas tres mil cuatrocientos cincuenta y dos, número mil doscientos noventa del Registro de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces Curicó. Se hace presente que el inmueble posee las siguientes hipotecas y gravámenes: a) Reglamento de copropiedad: a foja tres mil cuatrocientos cincuenta y dos, número mil doscientos noventa, del año dos mil cuatro en favor de Reglamento de Copropiedad; b) Hipoteca: A foja cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho vuelta, número dos mil veintiuno, del año dos mil cuatro en favor de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, CHILE, primera hipoteca; Hipoteca: A foja cuatro mil seiscientos cuarenta y nueve, número dos mil veintidós, del año dos mil cuatro en favor de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, CHILE, segunda hipoteca. En cuanto a los registros de Interdicciones y Prohibiciones de enajenar se encuentran vigentes las siguientes: a) Prohibición: A foja siete setecientos sesenta y seis vuelta, número tres mil doscientos sesenta y siete, del año dos mil cuatro, en favor de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, CHILE. Aporte avaluado por las partes en treinta y cinco millones de pesos, correspondiente a tres mil quinientas acciones.”. Se mantiene vigente la escritura primitiva en todo aquello que no hubiese sido saneado, modificado o rectificado por el presente instrumento. Demás estipulaciones constan en la escritura pública extractada. Santiago, 24 de mayo de 2023. H. Cuadra G.

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