Acosta Abogados Limitada
稅務資料(SII)
实体类型
PERSONA JURIDICA COMERCIAL
公司子类型
SOC. RESPONSABILIDAD LIMITADA
開始經營
SII 未報告開始經營日期
經濟活動
SII 中沒有登記的經濟活動
蓋章文件
SII 中沒有登記的蓋章文件
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación de servicios profesionales propios de la profesión de abogado, a nombre propio o a través de su participación en otras sociedades de profesionales, tales como asesoramiento y representación judicial y jurídica en las diversas áreas del derecho, en nombre y representación de toda clase de personas, naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | $990.000 |
Alberto Moisés Aguilera Apablaza Socio | - | 1% | $10.000 |
管理人(1)
摘要官方正文
Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, de esta ciudad, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 18 de noviembre de 2022, ante mí, don Juan Domingo Acosta Sánchez, domiciliado Santiago, Avenida Apoquindo 3.472, Oficina 1002, Comuna de Las Condes y don Alberto Moisés Aguilera Apablaza, del mismo domicilio anterior, constituyeron la sociedad denominada Acosta Abogados Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto será la prestación de servicios profesionales propios de la profesión de abogado, a nombre propio o a través de su participación en otras sociedades de profesionales, tales como asesoramiento y representación judicial y jurídica en las diversas áreas del derecho, en nombre y representación de toda clase de personas, naturales o jurídicas, con o sin fines de lucro. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Juan Domingo Acosta Sánchez. Esta designación no es esencial. El capital de la sociedad es la suma de un $1.000.000, que los socios enteraron en el acto y en dinero efectivo, como sigue: a) don Juan Domingo Acosta Sánchez, $990.000; y b) don Alberto Moisés Aguilera Apablaza, la suma de $10.000. La sociedad rige desde hoy y durará hasta el 30 de noviembre de 2032, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Santiago, 24 de noviembre de 2022.-
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
Acosta Abogados Limitada
CVE 2225998
