有限責任公司77.675.430-7

Inversiones Piedra Roja Limitada

MODIFICACIÓN — 2020年12月4日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2020-12-04查看 PDF(CVE 1859899)

公司資料

Ltda

摘要官方正文

Humberto Enrique Mira Gazmuri, Abogado, Notario Público Interino de la 29º Notaría de Santiago, calle Mac-Iver Nº 225, Of. 302, rectifica extracto de escritura de modificación de la sociedad “INVERSIONES PIEDRA ROJA LIMITADA”, publicado en el Diario Oficial N°42.814, el 25 de noviembre de 2020 e inscrito a fojas 77617 Nº37253 en el Registro Comercio de Santiago del año 2020, en el sentido que en la sexta línea donde dice “INVERSIONES PIEDRA ROJA LIMIATADA” debe decir “INVERSIONES PIEDRA ROJA LIMITADA”. Se facultó portador copia autorizada rectificación de extracto para legalización. Santiago, 1 de diciembre de 2020. Humberto Enrique Mira Gazmuri. Notario Interino.

變更Diario Oficial · 2020-11-25查看 PDF(CVE 1853643)

公司資料

Ltda
Padre Hurtado, Región Metropolitana
管理方式: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia María Andrea Arrivillaga Robert, actuando individual e indistintamente, y a las socias María Andrea Barros Arrivillaga, Camila Barros Arrivillaga y Francisca Barros Arrivillaga, actuando dos cualesquiera de ellos conjuntamente

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(4)

公報所載公司沿革

  1. 身故

    Fallece el socio Antonio Barros Tocornal.

    Antonio Barros Tocornal

  2. 繼承

    Se otorga la posesión efectiva a las herederas del socio fallecido, quienes pasan a ser las únicas socias de la sociedad.

    María Andrea Arrivillaga Robert · María Andrea Barros Arrivillaga · Camila Barros Arrivillaga · Francisca Barros Arrivillaga · Antonio Barros Tocornal

  3. 資本變更

    Se modifica el capital social y la distribución de aportes entre las socias.

    María Andrea Arrivillaga Robert · María Andrea Barros Arrivillaga · Camila Barros Arrivillaga · Francisca Barros Arrivillaga

  4. 管理人變更

    Se modifica la administración y representación de la sociedad.

    María Andrea Arrivillaga Robert · María Andrea Barros Arrivillaga · Camila Barros Arrivillaga · Francisca Barros Arrivillaga

摘要官方正文

Enrique Mira Gazmuri, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 29º Notaría de Santiago de don Raúl Undurraga Laso, calle Mac-Iver Nº 225, Of. 302, certifico que por escritura pública de fecha 7 de octubre de 2020, otorgada ante mí, María Andrea Arrivillaga Robert, María Andrea Barros Arrivillaga, Camila Barros Arrivillaga y Francisca Barros Arrivillaga, todas en su carácter de únicas socias de la sociedad “INVERSIONES PIEDRA ROJA LIMIATADA”, inscrita a fojas 27.667 Nº 22.569 en Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001, y domiciliadas en Avenida Padre Hurtado Norte N°2500, departamento 43, comuna de Vitacura, dejaron constancia que como consecuencia del fallecimiento del socio Antonio Barros Tocornal y otorgamiento de su posesión efectiva a sus herederas, las antes nombradas, únicas integrantes de la sucesión del socio fallecido, pasan a ser las actuales y únicas socias de “Inversiones Piedra Roja Limitada”. Asimismo, las actuales socias acordaron modificar los Artículos Quinto y Séptimo de los estatutos sociales, por los que se extractan a continuación: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan en las proporciones de 62,5% doña María Andrea Arrivillaga Robert, 12,5% doña María Andrea Barros Arrivillaga, 12,5% por ciento doña Camila Barros Arrivillaga y 12,5% doña Francisca Barros Arrivillaga, y han enterado en la referida proporciones, en dinero efectivo y con anterioridad a esta fecha.” “Artículo Séptimo: La representación y administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia María Andrea Arrivillaga Robert, actuando individual e indistintamente, y a las socias María Andrea Barros Arrivillaga, Camila Barros Arrivillaga y Francisca Barros Arrivillaga, actuando dos cualesquiera de ellos conjuntamente, quienes las ejercerán con las facultades señaladas en el citado artículo.” En lo no modificado permanece plenamente vigente el estatuto social, especialmente lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó portador copia autorizada extracto para legalización. Santiago, 12 de noviembre de 2020. Enrique Mira Gazmuri. Notario Suplente.

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  1. MODIFICACIÓN

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