Sociedad Comercial Ponte Sette Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza y explotación de negocios como fuente de soda, restaurante, cafetería. El procesamiento y congelado de todo tipo de frutas, verduras, carnes, pescados, mariscos y alimentos en general. b) La producción y realización de eventos y banquetes ya sea a personas naturales o jurídicas, la realización, organización o supervisión de eventos comerciales, restaurantes y negocios afines; la compraventa, importación, exportación, distribución, deposito, almacenamiento, comercialización, elaboración, ventas al por mayor y al detalle de todo tipo de bienes muebles, en especial: bebidas con y sin alcohol , abarrotes en general, confites, todo tipo de carnes, verduras y frutas, lácteos, comida rápida, congelados, hielo, pan, galletas, pasteles, chocolates, cigarrillos; asimismo la sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero.-
資本
總資本
$6.000.000
實繳資本
$6.000.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
CRISTOBAL ROBERTO WERNEKINCK ÁLVAREZ Socio 8.xxx.xxx-8 | 8.xxx.xxx-8 | 50% | $3.000.000 |
Socio 10.xxx.xxx-1 | 10.xxx.xxx-1 | 50% | $3.000.000 |
管理人(2)
CRISTOBAL ROBERTO WERNEKINCK ÁLVAREZ
摘要官方正文
JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 10 de agosto de 2022, Rep. 2.090-2022, ante mí, don CRISTOBAL ROBERTO WERNEKINCK ÁLVAREZ, chileno, Ingeniero en Administración de Empresas, soltero, C.I. Nº8.945.446-8, domiciliado en Plaza Perú Nº133, Concepción; y don RONALD ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS chileno, divorciado, Chef de Cocina, C.I. Nº10.691.106-1, domiciliado en calle Los Claveles Nº577, casa 2002, sector Huertos Familiares, comuna de San Pedro de la Paz, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. RAZÓN SOCIAL: SOCIEDAD COMERCIAL PONTE SETTE LIMITADA, pero podrá usar y funcionar incluso con los bancos, Instituciones Financieras, de Previsión y Seguridad Social con el nombre de fantasía de PONTE SETTE LIMITADA, pudiendo en ambos casos abreviarse la última palabra por “LTDA.”. OBJETO SOCIAL: a) La producción, elaboración, comercialización y distribución de toda clase de alimentos de cualquier tipo y naturaleza y explotación de negocios como fuente de soda, restaurante, cafetería. El procesamiento y congelado de todo tipo de frutas, verduras, carnes, pescados, mariscos y alimentos en general. b) La producción y realización de eventos y banquetes ya sea a personas naturales o jurídicas, la realización, organización o supervisión de eventos comerciales, restaurantes y negocios afines; la compraventa, importación, exportación, distribución, deposito, almacenamiento, comercialización, elaboración, ventas al por mayor y al detalle de todo tipo de bienes muebles, en especial: bebidas con y sin alcohol , abarrotes en general, confites, todo tipo de carnes, verduras y frutas, lácteos, comida rápida, congelados, hielo, pan, galletas, pasteles, chocolates, cigarrillos; asimismo la sociedad podrá dedicarse a otros negocios o actividades de cualquier índole relacionadas con lo anterior que los socios determinen, tanto en el país como en el extranjero.- CAPITAL SOCIAL: $6.000.000, aportado de la siguiente manera: a) El socio don CRISTOBAL ROBERTO WERNEKINCK ÁLVAREZ aportó $3.000.000, en dinero efectivo y al contado, correspondiente al 50% del haber social, ya enterado en caja social; b) El socio don RONALD ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS aportó $3.000.000, en dinero efectivo y al contado, correspondiente al 50% del haber social, ya enterado en caja social.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta concurrencia del monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN: Uso de la razón social, representación y administración en general de los negocios sociales corresponderá a don CRISTOBAL ROBERTO WERNEKINCK ÁLVAREZ y a don RONALD ANDRÉS MARTÍNEZ ROJAS, quienes actuando por la sociedad indistintamente sea en conjunto o en forma individual y anteponiendo la razón social o la sigla o nombre de fantasía a su firma personal la representarán y obligarán con las más amplias facultades pudiendo obligarla sin limitación de ninguna especie, con facultades señaladas en pacto social. DURACIÓN: Sociedad empieza a regir esta fecha y tendrá duración 5 años renovables iguales períodos sucesivos tácitamente, si no mediare aviso de término en tiempo y forma que señala pacto social. DOMICILIO: Sociedad Concepción, sin perjuicio de las sucursales o agencias que establezca en el resto del país. UTILIDADES O PÉRDIDAS: A prorrata de sus aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, Concepción, agosto 30 de 2022. Doy Fe.
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- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD COMERCIAL PONTE SETTE LIMITADA
CVE 2180990
