Sociedad Medica Vial Y Graf Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la prestación de servicios médicos en el área de la traumatología; la promoción y asesorías médicas; la docencia e investigación en salud; la celebración de contratos o convenios con instituciones relacionadas, la participación en otras sociedades de cualquier tipo, y la gestión y administración de los recursos sociales
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $500.000 |
Socio | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
摘要官方正文
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público Titular 27° Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifica: Por escritura pública de hoy ante mí, señores GUSTAVO VIAL OVALLE y STEPHANNI VANESSA GRAF GUERRA, ambos domiciliados en José Tomas Rider N° 1650, departamento 606, Providencia, constituyen sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones del siguiente Estatuto y, en su defecto o silencio, por las normas legales pertinentes. La sociedad se denomina “SOCIEDAD MEDICA VIAL Y GRAF LIMITADA”, la que podrá utilizar como nombre de fantasía, para todos los efectos legales, el de “VIAL Y GRAF LTDA.”. La sociedad tiene su domicilio en Santiago. El objeto de la sociedad es la prestación de servicios médicos en el área de la traumatología; la promoción y asesorías médicas; la docencia e investigación en salud; la celebración de contratos o convenios con instituciones relacionadas, la participación en otras sociedades de cualquier tipo, y la gestión y administración de los recursos sociales. El capital social es $1.000.000 que los socios aportan en partes iguales, que cada uno entera con $500.000 de contado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán indistintamente a cualquiera de los socios. Sociedad rige desde esta fecha y hasta el 31 de Diciembre de 2025, plazo prorrogable tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años cada uno, en tanto ninguno de los socios señale su voluntad de ponerle fin al vencimiento del período original o de alguna de las prórrogas, para lo cual deberá dar aviso por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo. Demás disposiciones en escritura extractada. SANTIAGO, 11 de Agosto de 2022.
最近登記事項
- CONSTITUCIÓN
SOCIEDAD MEDICA VIAL Y GRAF LIMITADA
CVE 2180380
