有限責任公司77.466.670-2

Sociedad De Servicios Industriales Integrales Limitada

MODIFICACIÓN — 2023年7月6日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2023-07-06查看 PDF(CVE 2339728)

公司資料

Ltda
Antofagasta, Antofagasta
期限: cinco años, prorrogable automáticamente por períodos sucesivos e iguales de cinco años
管理方式: En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o insolvencia de alguno de los socios, la administración corresponderá al otro socio, salvo acuerdo para designar al socio heredero

資本

總資本

$4.000.000

股東(2)

姓名持股比例

RAFAEL FLORENCIO FREDES VEGA

Socio

-

MARCO HUMBERTO MARCOLETA YAÑEZ

Socio

-

管理人(2)

摘要官方正文

Don CARLOS FELIPE URBINA RESZCZYNSKI, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de Antofagasta, certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí: Don RAFAEL FLORENCIO FREDES VEGA, chileno, casado, técnico en construcción de estructuras metálicas, domiciliado en Avenida Jaime Guzmán número cinco mil cien, departamento mil quinientos cuatro, Edificio Gran Pacífico dos, Antofagasta; y Don MARCO HUMBERTO MARCOLETA YAÑEZ, chileno, técnico superior industrial, casado, domiciliado en Avenida Jaime Guzmán número cuatro mil doscientos, departamento número mil dos, Edificio Playa Llacolen Antofagasta; modifican la sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES INTEGRALES LIMITADA o FREMAR LTDA.”, RUT 77.466.670-2, Capital $4.000.000, inscrita a fojas 512v N°342 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta del año 2000, en los siguientes términos: “Inicio y termino: La sociedad comenzará a regir a partir de esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Sin embargo, la sociedad se entenderá prorrogada automáticamente por periodos sucesivos e iguales de cinco años, si ninguno de los socios expresare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto del pacto social en el Registro de Comercio, con a lo menos tres meses de anticipación al día del vencimiento del plazo de duración original o de cualquiera de sus prorrogas. La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, insolvencia de la sociedad o de alguno de sus socios o por cualquier otro suceso que afecte la libre disposición de los bienes de la compañía o de alguno de sus socios. La sociedad continuará en tales eventos, con los herederos, causahabientes o representantes legales del socio fallecido, incapacitado o insolvente previa resolución que concede la posesión efectiva del Registro Civil e Identificación, debiendo ellos obrar en los siguientes términos: Los herederos del socio fallecido, deberán suceder en todos sus derechos y obligaciones relativas a la sociedad velando siempre por el mantenimiento armonioso de la misma, no pudiendo exigir balances, sumarios, inspecciones de la sociedad en todo lo relativo a instancias previas a la causa de muerte de uno de los socios, manteniéndose en reserva lo acontecido con anterioridad a la sucesión. En caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente o insolvencia de alguno de los socios, la administración de la SOCIEDAD FREMAR LTDA y uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente al otro socio, salvo que de común acuerdo los socios encarguen la administración al socio heredero elegido de común acuerdo por todos los socios, quien individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición según lo prevenido en sus estatutos. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social. En Antofagasta, a 23 de junio de 2023.

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  1. MODIFICACIÓN

    SOCIEDAD DE SERVICIOS INDUSTRIALES INTEGRALES LIMITADA

    CVE 2339728

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