有限責任公司77.350.705-8

Servicios Médicos Integrales Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年3月7日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-03-07查看 PDF(CVE 2618504)

公司資料

Ltda
管理方式: Administrador único

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS

Socio

90%

WLADIMIR ELÍAS PÉREZ VARGAS

Socio

10%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2021年4月10日

    Se constituyó la sociedad Servicios Médicos Integrales Limitada.

  2. 權益轉讓· 2025年2月14日

    Héctor Ignacio Arenas Pizarro y Constanza Paz Pérez Vargas ceden la totalidad de sus derechos sociales a Claudia Patricia Pérez Vargas y Wladimir Elías Pérez Vargas.

    HÉCTOR IGNACIO ARENAS PIZARRO · CONSTANZA PAZ PÉREZ VARGAS · CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS · WLADIMIR ELÍAS PÉREZ VARGAS

  3. 管理人變更· 2025年2月14日

    La administración de la sociedad pasa a Claudia Patricia Pérez Vargas.

    CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS

  4. 資本變更· 2025年2月14日

    Se fija el capital social en $1.000.000, enterado por Claudia Patricia Pérez Vargas y Wladimir Elías Pérez Vargas.

    CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS · WLADIMIR ELÍAS PÉREZ VARGAS

摘要官方正文

LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, NOTARIO PUBLICO TITULAR 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo N°4990, Las Condes, CERTIFICO: Que, por escritura Pública de hoy, 14 de febrero de 2025, Repertorio N° 832-2025, ante mí, HÉCTOR IGNACIO ARENAS PIZARRO; CONSTANZA PAZ PÉREZ VARGAS, ambos domiciliados calle Parinacota N° 1.200, Las Condes; CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS, domiciliada en Padre Marcos 14.100, casa 67, Chicureo, Colina, de paso por esta y WLADIMIR ELÍAS PÉREZ VARGAS, domiciliado en Vicente Valdés 87, depto 151, La Florida, modificación sociedad “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA”, Rol Único Tributario 77.350.705-8; inscrita a fs. 27.908, N°12.865 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021 y publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de abril del mismo año, esta sociedad ha sufrido diversas modificaciones. Por escritura que extracto: Héctor Ignacio Arenas Pizarro y Constanza Paz Pérez Vargas, venden, ceden y transfieren la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes en total al 100% de éstos, a doña Claudia Patricia Pérez Vargas y a don Wladimir Elías Pérez Vargas, quienes los compran, aceptan y adquieren para sí, en las siguientes proporciones: don Héctor Ignacio Arenas Pizarro, vende, cede y transfiere el 25% de su participación en la sociedad, equivalente al 10% del capital social, a don Wladimir Elías Pérez Vargas, quien la compra, acepta, y adquiere para sí; don Héctor Ignacio Arenas Pizarro, vende, cede y transfiere el 75% de su participación en la sociedad, equivalente al 30% del capital social, a doña Claudia Patricia Pérez Vargas, quien la compra, acepta, y adquiere para sí; doña Constanza Paz Pérez Vargas, vende, cede y transfiere el 100% de su participación en la sociedad, equivalente al 60% del capital social, a doña CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS, quien la compra, acepta, y adquiere para sí. El precio total de la cesión es la suma total de $1.000.000.-, conforme se detalla en la escritura extractada. Se deja constancia que, en virtud de la cesión de derechos antes señalada, se modifican los socios y participaciones sociales en el capital social, quedando como únicos socios de la sociedad: a) doña Claudia Patricia Pérez Vargas; y b) don Wladimir Elías Pérez Vargas, Se retiran de la sociedad socios Héctor Ignacio Arenas Pizarro y Constanza Paz Pérez Vargas.- Actuales socios de la Sociedad, modifican los siguientes artículos del pacto social en los siguientes términos: (i) reemplazar el Artículo Quinto por el que sigue “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de un $1.000.000, que los socios enteran y pagan de la siguiente forma: a) doña CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS, aporta la suma de $900.000.-, el que se paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando a la caja social; y b) don WLADIMIR ELIAS PÉREZ VARGAS, aporta la suma de $100.000.-, el que se paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando a la caja social. ii) Reemplazar el artículo séptimo de los estatutos de la sociedad, de manera que diga en su primer párrafo: “SÉPTIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN. I.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderán a doña CLAUDIA PATRICIA PÉREZ VARGAS, quien podrá anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad con las más amplias facultades necesarias de administración y disposición de bienes, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones, de cualquier naturaleza que sean, relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Sin que la presente enumeración sea taxativa el administrador podrá:” El resto de las facultades generales, bancarias y judiciales enunciadas en dicha cláusula no se modifican y permanecerán sin cambio alguno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 14 de febrero de 2025.

變更Diario Oficial · 2023-09-08查看 PDF(CVE 2374226)

公司資料

Ltda
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Constanza Paz Pérez Vargas

資本

總資本

$1.000.000

實繳資本

$1.000.000

股東(2)

姓名持股比例

Héctor Ignacio Arenas Pizarro

Socio

40%

Constanza Paz Pérez Vargas

Socio

60%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2021年4月10日

    Se constituyó la sociedad Servicios Médicos Integrales Limitada.

  2. 權益轉讓· 2023年8月29日

    Carolina Barrionuevo Reveco, Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco, Daniel Andrés Searovic Vásquez, José Miguel Sánchez Lanas, Jorge Andrés Barrionuevo Reveco y Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco ceden la totalidad de sus derechos sociales a Héctor Ignacio Arenas Pizarro y Constanza Paz Pérez Vargas.

    Carolina Barrionuevo Reveco · Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco · Daniel Andrés Searovic Vásquez · José Miguel Sánchez Lanas · Jorge Andrés Barrionuevo Reveco · Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco · Héctor Ignacio Arenas Pizarro · Constanza Paz Pérez Vargas

  3. 資本變更· 2023年8月29日

    El capital social se fija en $1.000.000, enterado por Héctor Ignacio Arenas Pizarro y Constanza Paz Pérez Vargas.

    Héctor Ignacio Arenas Pizarro · Constanza Paz Pérez Vargas

  4. 管理人變更· 2023年8月29日

    La administración y el uso de la razón social pasan a Constanza Paz Pérez Vargas.

    Constanza Paz Pérez Vargas

摘要官方正文

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, Comuna de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2023, Repertorio N°25507-2023, ante mí, /i/ Carolina Barrionuevo Reveco, domiciliada en calle Diego de Almagro N° 4.920, casa C, comuna de Ñuñoa; /ii/ Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco, domiciliada en calle Montenegro N° 2.192, comuna de Ñuñoa; /iii/ Daniel Andrés Searovic Vásquez, domiciliado en calle Diego de Almagro N° 4.920, casa C, comuna de Ñuñoa; /iv/ José Miguel Sánchez Lanas, domiciliado en calle Montenegro N° 2.192, comuna de Ñuñoa; /v/ Jorge Andrés Barrionuevo Reveco, domiciliado en Avenida La Siembra N°4.831, casa 285, comuna de Lampa; /vi/ Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, domiciliado en calle Alejandro Valdés N°2533, comuna de Providencia; /vii/ Héctor Ignacio Arenas Pizarro, domiciliado en calle Colicheo N° 1.846, comuna de Las Condes; y, /viii/ Constanza Paz Pérez Vargas, domiciliado en calle Colicheo N° 1.846, comuna de Las Condes; acordaron la cesión de derechos y modificación de la sociedad “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA”, cuyo extracto fue inscrito a fs. 27.908, N°12.865 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021 y publicado en el Diario Oficial de fecha 10 de abril del mismo año, (en adelante, la “Sociedad”), de acuerdo a lo siguiente: /A/ Carolina Barrionuevo Reveco; Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco; Daniel Andrés Searovic Vásquez; José Miguel Sánchez Lanas; Jorge Andrés Barrionuevo Reveco; y, Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, venden, ceden y transfieren la totalidad de sus derechos sociales en la Sociedad, equivalentes en total al 100% de éstos, a don Héctor Ignacio Arenas Pizarro y a doña Constanza Paz Pérez Vargas, por la suma total de $27.500.000, conforme se detalla en la escritura extractada; /B/ Se deja constancia que, en virtud de la cesión de derechos antes señalada, se modifican los socios y participaciones sociales en el capital social, quedando como únicos socios de la sociedad: a) Héctor Ignacio Arenas Pizarro con el 40% de los derechos sociales; y, b) Constanza Paz Pérez Vargas, con el 60% de los derechos sociales; /C/ Como consecuencia de lo anterior, los actuales socios de la Sociedad, acordaron modificar los siguientes artículos del pacto social en los siguientes términos: (i) reemplazar el Artículo Quinto por el que sigue “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, los cuales enteran y pagan de la siguiente forma: a) Héctor Ignacio Arenas Pizarro, aporta la suma de $400.000, equivalente a un 40% del capital social, el que se paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando a la caja social; y, b) Constanza Paz Pérez Vargas, aporta la suma de $600.000, equivalente a un 60% del capital social, el que se paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando a la caja social.”; (ii) Reemplazar el primer párrafo del Artículo Séptimo, de manera que diga: “SÉPTIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN. I.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán al socio doña Constanza Paz Pérez Vargas, quien podrá, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad y, para el cumplimiento del objeto social, estará investida de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Sin que la presente enumeración sea taxativa el administrador podrá:”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago a 05 de septiembre de 2023.

設立Diario Oficial · 2022-05-25查看 PDF(CVE 2132883)

公司資料

Ltda
Puerto Varas, Los Lagos
期限: 3 años prorrogables, períodos iguales y sucesivos, salvo voluntad contraria por escritura pública 3 meses de anticipación
管理方式: Corresponde sin restricciones ambos socios ya sea actuando de manera conjunta o separadamente e indistintamente

公司目的

será la prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, de enfermería, tanto en clínicas, consultas, como en el domicilio particulares; servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, servicios de bienestar de organismos del sector público o privado y todas las demás prestaciones de la salud derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, que los socios acuerden en relación con la actividad profesional médica y atención de pacientes, incluyendo la instalación de sanatorios y/o clínicas médicas y de otros establecimientos asistenciales, por cuenta propia o ajena; la realización de exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología u otros; el uso, adquisición, compraventa, arriendo, comodato, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos, máquinas y equipos médicos de toda clase; dar asesoría técnica o profesional, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, efectuar publicaciones e investigaciones y otros de divulgación y especialización científica, y cualquier otro negocio relacionado con los anteriores que los socios acuerden

資本

總資本

$50.000.000

實繳資本

$30.000.000

待繳資本

$20.000.000

股東(2)

姓名持股比例

Ricardo Antonio Toro Jara

Socio

8.xxx.xxx-1

50%

Rocío Alejandra Lama Díaz

Socio

12.xxx.xxx-2

50%

摘要官方正文

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Por escritura pública de fecha 19/05/2022, repertorio N°933/2022: Ricardo Antonio Toro Jara, Rut: 8.086.842-1 y Rocío Alejandra Lama Díaz, Rut: 12.970.222-2, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: “Servicios Médicos Integrales Limitada” o “Médicos Integrales Ltda”. Domicilio: Puerto Varas, pudiendo establecer oficinas, agencias o sucursales en cualquier lugar del país. Duración: 3 años prorrogables, períodos iguales y sucesivos, salvo voluntad contraria por escritura pública 3 meses de anticipación. Objeto: será la prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos, de enfermería, tanto en clínicas, consultas, como en el domicilio particulares; servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina, servicios de bienestar de organismos del sector público o privado y todas las demás prestaciones de la salud derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro, que los socios acuerden en relación con la actividad profesional médica y atención de pacientes, incluyendo la instalación de sanatorios y/o clínicas médicas y de otros establecimientos asistenciales, por cuenta propia o ajena; la realización de exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología u otros; el uso, adquisición, compraventa, arriendo, comodato, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos, máquinas y equipos médicos de toda clase; dar asesoría técnica o profesional, cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios, efectuar publicaciones e investigaciones y otros de divulgación y especialización científica, y cualquier otro negocio relacionado con los anteriores que los socios acuerden.- Capital: $50.000.000.-, aportado en partes iguales, 50% por ciento cada socio, a razón de $25.000.000..- cada uno, de la siguiente forma: a) Ricardo Antonio Toro Jara, con $25.000.000.-, al contado y en dinero efectivo, ya enterado en arcas sociales; y b) Rocío Alejandra Lama Díaz, con $25.000.000.- en dinero efectivo, que se paga con $5.000.000.- al contado y en este acto, ya enterado en arcas sociales; y el saldo, ascendente a $20.000.000.-, será pagado dentro plazo máximo de 3 años contados de esta fecha y a medida que necesidades sociales lo requieran. Administración: Corresponde sin restricciones ambos socios ya sea actuando de manera conjunta o separadamente e indistintamente.- Otras estipulaciones constan escritura extractada.- Puerto Varas, 23 de Mayo de 2022.

變更Diario Oficial · 2022-03-05查看 PDF(CVE 2095847)

公司資料

Ltda
Concepción, Biobío
管理方式: Conjunta o separadamente

股東(6)

姓名持股比例

Carolina Barrionuevo Reveco

Socio

15.xxx.xxx-7

20%

Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco

Socio

16.xxx.xxx-k

20%

José Miguel Sánchez Lanas

Socio

16.xxx.xxx-7

20%

Daniel Andrés Searovic Vásquez

Socio

15.xxx.xxx-0

20%

Jorge Andrés Barrionuevo Reveco

Socio

9.xxx.xxx-1

10%

Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco

Socio

18.xxx.xxx-4

10%

管理人(3)

Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco

18.xxx.xxx-4Administrador

Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco

16.xxx.xxx-kAdministrador

Jorge Andrés Barrionuevo Reveco

9.xxx.xxx-1Administrador

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2021年3月30日

    Se constituye la sociedad Servicios Médicos Integrales Limitada.

    SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA

  2. 權益轉讓· 2022年3月5日

    Jorge Eduardo Barrionuevo Letelier cede el 10% de sus derechos sociales a Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco.

    Jorge Eduardo Barrionuevo Letelier · Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco

  3. 管理人變更· 2022年3月5日

    Se modifica la administración, quedando a cargo de Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco y Jorge Andrés Barrionuevo Reveco.

    Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco · Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco · Jorge Andrés Barrionuevo Reveco

摘要官方正文

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Notario Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago con oficio en calle Mardoqueo Fernández No 201, locales 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 797-2022: Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, c.i. 18.167.013-4; Carolina Barrionuevo Reveco, c.i. 15.338.403-7; Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco, c.i.16.366.075-K; Daniel Andrés Searovic Vásquez, c.i. 15.376.730-0; José Miguel Sanchez Lanas, c.i. 16.095.903-7, Jorge Eduardo Barrionuevo Letelier, c.i. 9.843.138-1 y Jorge Andrés Barrionuevo Reveco, c.i. 9.908.702-1, todos accionistas de “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA” y domiciliados en calle La Concepción ochenta, departamento ochocientos uno, comuna de Providencia, Santiago, constituida con fecha 30 de marzo de 2021 en la Notaria de Santiago de don Alfredo Martin Illanes, cuyo extracto se inscribió a fojas 27.908, número 12.865 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2021 y se publicó en el Diario Oficial de 10 de abril de 2021. Acuerdan modificar estatutos de la sociedad “SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA” en los siguientes términos: PRIMERO: CESIÓN DERECHOS SOCIALES. Don JORGE EDUARDO BARRIONUEVO LETELIER, dueño del 10% de los derechos sociales, cede, vende y transfiere la totalidad del 10% de los derechos sociales a don NICOLÁS IGNACIO ITALO BARRIONUEVO REVECO, quien los acepta, compra y adquiere par sí. El precio de esta cesión es la suma de cien mil pesos que el último paga al cedente en este acto en dinero efectivo, declarando éste recibirlo a su entera conformidad; SEGUNDO: Como consecuencia de la cesión de derechos sociales que da cuenta la cláusula precedente, son únicos socios de "SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA" en las proporciones de los derechos sociales que se indican: Doña Carolina Barrionuevo Reveco con un 20%, doña Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco con un 20%, don José Miguel Sánchez Lana con un 20%, don Daniel Andrés Searovic Vásquez con un 20%, don Jorge Andrés Barrionuevo Reveco con un 10% y don Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco con un 10%; TERCERO: En virtud de lo anterior, se reemplaza la Cláusula Séptima del pacto de constitución social por la siguiente: “SEPTIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN. I.- La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a los socios don Nicolás Ignacio Ítalo Barrionuevo Reveco, doña Daniela Cecilia Barrionuevo Reveco y don Jorge Andrés Barrionuevo Reveco; quienes actuando conjunta o separadamente, podrán, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, representar judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición necesarias, incluso para la celebración de aquellos actos y contratos respecto de los cuales las leyes exigen poder especial. Facultades en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 28 de febrero de 2022.-

最近登記事項

  1. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA

    CVE 2618504

  2. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA

    CVE 2374226

  3. CONSTITUCIÓN

    Servicios Médicos Integrales Limitada

    CVE 2132883

  4. MODIFICACIÓN

    SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES LIMITADA

    CVE 2095847

公司關係

公司人物Diario Oficial歷史關係(已結束)