Estudio Carvallo Abogados SpA
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Ministerio del Interior Humberto Quezada Moreno, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Av. Apoquindo 3196, Las Condes, certifico que: Por escritura pública de fecha 9 de marzo de 2026, Rep. N°1.373, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES PUCLARO LIMITADA, modificó la sociedad denominada “Estudio Carvallo Abogados SpA”, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura de fecha 23 de noviembre de 1998, ante Notario de Santiago don Gonzalo de la Cuadra Fabres, extracto inscrito a fojas 29.721 Nº 23.827 del Registro de Comercio de Santiago del año 1998, en los siguientes términos: Uno) Se acordó modificar el sistema de administración de la Sociedad contemplado en el artículo noveno de los estatutos sociales, reemplazando la administración ejercida por los denominados “Accionistas Administradores” por una administración unipersonal a cargo de don Manuel Eduardo Carvallo Pardo. En consecuencia, se reemplazó íntegramente el artículo noveno de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: Administración de la sociedad. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don Manuel Eduardo Carvallo Pardo, quien actuará en calidad de Administrador de la sociedad. El Administrador representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley o por los presentes estatutos.” Dos) Como consecuencia de la modificación del régimen de administración antes señalado, se modificó el artículo décimo de los estatutos sociales relativo a las facultades de administración, adecuándolo al nuevo régimen de administración unipersonal. En consecuencia, se reemplazó íntegramente el artículo décimo de los estatutos sociales por el texto contenido en la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de marzo de 2026. HQM. Not. Pub.
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公司目的
La prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en materias legales y toda actividad relacionada con lo anterior, así como la realización de toda clase de inversiones en acciones, derechos sociales, efectos de comercio, y en general, invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos e invertir sus frutos.
資本
總資本
$121.453.815
實繳資本
$121.453.815
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | - | - |
INMOBILIARIA E INVERSIONES PUCLARO LIMITADA Accionista | - | - | - |
公報所載公司沿革
- 設立· 1998年11月23日
Constitución de Estudio Carvallo Abogados Limitada.
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Ministerio del Interior HUMBERTO QUEZADA MORENO, Notario Público, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Av. Apoquindo 3196, Las Condes, certifico que: Por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2025, Rep. 8217, ante mí suplente FELIPE ANDRES BASCUÑAN LIRA, CRAWFORD CHILE SpA, domiciliada en Coyancura 2283, piso 11, Providencia; e INMOBILIARIA E INVERSIONES PUCLARO LIMITADA, domiciliada en Monseñor Sótero Sanz 55, oficina 1000, Providencia; transformaron la sociedad denominada “Estudio Carvallo Abogados Limitada”, en adelante la “Sociedad”, constituida por escritura de fecha 23 de noviembre de 1998, ante Notario de Santiago don Gonzalo de la Cuadra Fabres, extracto inscrito a fojas 29.721 Nº 23.827 del Registro de Comercio de Santiago del año 1998, en sociedad por acciones, cuyas menciones se extractan: Accionistas: Crawford Chile SpA e Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada. Nombre: “Estudio Carvallo Abogados SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, el nombre de fantasía "Estudio Carvallo SpA". Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales en materias legales y toda actividad relacionada con lo anterior, así como la realización de toda clase de inversiones en acciones, derechos sociales, efectos de comercio, y en general, invertir en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, explotarlos, administrarlos e invertir sus frutos. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $121.453.815, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de diciembre de 2025. HQM. Not. Pub.
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HUMBERTO QUEZADA MORENO, Abogado, Notario Público Titular 26ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº 3196, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 17 de mayo de 2022, Rep. N°4.315, ante mí, Fernando Andrés Varas Ramos, en representación de Crawford Chile SpA, ambos domiciliados en Coyancura 2283 piso 9 Providencia; y Manuel Eduardo Carvallo Pardo, en representación Inmobiliaria e Inversiones Puclaro Limitada, ambos domiciliados en Coyancura 2283 piso 9 Providencia;, modificaron la sociedad denominada “Estudio Carvallo Abogados Limitada”, inscrita a fojas 29.721 Nº 23827 del Registro de Comercio del año 1998 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de la siguiente forma: Los actuales socios de la sociedad vienen en modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales, en el sentido que la administración y uso de la razón social corresponderá a un Consejo Directivo que se integrará por tres miembros titulares, cada uno de los cuales tendrá su respectivo suplente que podrá reemplazarlo en forma definitiva en caso de vacancia, y en forma temporal en caso de ausencia o impedimento temporal. Los miembros suplentes siempre tendrán derecho a voz en las sesiones de Consejo Directivo y sólo tendrán derecho a voto cuando falte su titular. Para la validez de lo actuado por un miembro suplente, no será necesario acreditar el motivo o circunstancia que impide actuar al respectivo titular, el que se presumirá por el solo hecho de actuar el suplente. Los miembros del Consejo Directivo no serán remunerados, todos ellos serán designados y removidos por el socio mayoritario. Las designaciones y remociones de los miembros del Consejo Directivo se realizarán mediante escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social. En el caso de los miembros Suplentes, la sola elección de los Titulares implicará la del Suplente que se hubiere nominado para aquel. Los miembros del Consejo Directivo podrán firmar las actas de la respectiva sesión con firma electrónica. El Consejo Directivo estará premunido con las más amplias facultades, las cuales constan en escritura extractada.- En todo lo no modificado, se mantiene vigente el resto de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de mayo 2022. HQM. Not. Pub.
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