Cactus Computing SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | - | - |
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | - | - |
Accionista 19.xxx.xxx-6 | 19.xxx.xxx-6 | - | - |
Accionista 19.xxx.xxx-2 | 19.xxx.xxx-2 | - | - |
管理人(2)
摘要官方正文
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de 9 de agosto de 2023, ante mí, don Agustín Tomás Escobar Blanc, Rol Único Tributario número 18.122.946-2; don Vicente Antonio Escobar Blanc, Rol Único Tributario número 18.476.711-2; don Milan Bryan Rafaeli Pantin, RUT 19.243.178-6; y don Andrés Espinosa Rodríguez, RUT 19.081.362-2, todos domiciliados para estos efectos en Pedro de Valdivia número 1.248, departamento 12, comuna de Providencia, Región Metropolitana; en su calidad de únicos accionistas de la sociedad Cactus Computing SpA (la “Sociedad”), modificaron: (i) la administración de la Sociedad, pudiendo ser administrada por uno o más Administradores; y (ii) incorporaron a don Vicente Antonio Escobar Blanc como uno de los Administradores de la Sociedad. Como consecuencia de los acuerdos, se modificó el artículo Sexto de los estatutos sociales, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO. La sociedad será administrada por uno o más Administradores. Administradores: AGUSTÍN TOMÁS ESCOBAR BLANC, RUT 18.122.946-2; y VICENTE ANTONIO ESCOBAR BLANC, RUT 18.476.711-2; quienes, individual o conjuntamente, actuarán en nombre de la sociedad y la representarán." Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de agosto de 2023. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Público.-
公司資料
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摘要官方正文
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de 9 de agosto de 2023, ante mí, se redujo acta de junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 9 de agosto de 2023 de Cactus Computing SpA (la “Sociedad”), inscrita en el Registro de Comercio de Santiago del año 2023, a fojas 59766 número 25828, en la que se acordó, entre otras cosas: (i) modificar la administración de la Sociedad, pudiendo ser administrada por uno o más Administradores; y (ii) incorporar a don Vicente Antonio Escobar Blanc como uno de los Administradores de la Sociedad. Como consecuencia de los acuerdos, se modificó el artículo Sexto de los estatutos sociales, quedando del siguiente tenor: “ARTÍCULO SEXTO. La sociedad será administrada por uno o más Administradores. Administradores: AGUSTÍN TOMÁS ESCOBAR BLANC, RUT 18.122.946-2; y VICENTE ANTONIO ESCOBAR BLANC, RUT 18.476.711-2; quienes, individual o conjuntamente, actuarán en nombre de la sociedad y la representarán." Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de agosto de 2023. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Público.
公司資料
資本
總資本
$6.714.378
實繳資本
$3.625.764
待繳資本
$3.088.614
股份
16,666,667
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 50% | $1.812.882 |
Accionista 18.xxx.xxx-2 | 18.xxx.xxx-2 | 50% | $1.812.882 |
摘要官方正文
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, Abogada, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Octava Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, CERTIFICO: Por escritura pública de 4 de julio de 2023, ante mí, don Agustín Tomás Escobar Blanc, Rol Único Tributario número 18.122.946-2; y don Vicente Antonio Escobar Blanc, Rol Único Tributario número 18.476.711-2 (los “Accionistas”), ambos domiciliados para estos efectos en Pedro de Valdivia número 1.248, departamento 12, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en su calidad de únicos accionistas de la sociedad Cactus Computing SpA (la “Sociedad”), modificaron: (i) el plazo de suscripción de las acciones reservadas para planes de compensación aprobados por la administración de la Sociedad no suscritas ni pagadas, las que podrán ser suscritas y pagadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha de la escritura; y (ii) el capital de la Sociedad, aumentándolo de la suma de $4.028.627-. a la suma de $6.714.378-., mediante la emisión de 6.666.667 nuevas acciones de pago, representativas de $2.685.751-., las cuales deberán ser pagadas dentro de los tres años siguientes a la fecha de la escritura. Como consecuencia de los acuerdos, se modificaron los artículos Quinto y Primero Transitorio de los estatutos sociales, quedando ambos del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO. Capital. El capital de la Sociedad es $6.714.378, dividido en 16.666.667 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno” y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es seis millones setecientos catorce mil trescientos setenta y ocho pesos, dividido en dieciséis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el que se suscribe y paga de la siguiente forma: /uno/ con un $1.812.882, divididos en 4.500.000, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por AGUSTÍN TOMÁS ESCOBAR BLANC con anterioridad a esta fecha; /dos/ con $1.812.882 pesos, divididos en 4.500.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por VICENTE ANTONIO ESCOBAR BLANC con anterioridad a esta fecha; /Tres/ con $2.417.176, divididos en 6.000.000 acciones, de una sola serie y sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas dentro de los tres años siguientes a la fecha de la escritura; /Cuatro/ con $671.438, divididos en 1.666.667 acciones, de una sola serie y sin valor nominal, las que quedarán reservadas para planes de compensación aprobados por la administración de la Sociedad, debiendo ser suscritas y pagadas dentro de los cinco años siguientes a la fecha de este instrumento." Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2023. Patricia Valentina Manríquez Huerta, Notario Público.
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