Sistemas De Monitoreo Inteligente SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
del giro de construcción y servicios
資本
股份
10,000
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 96.866.400-K | 96.866.400-K | 54% | $212.760.000 |
BIG SERVICIOS DE SEGURIDAD EN INFORMACIÓN Y REDES LIMITADA Accionista 77.853.060-0 | 77.853.060-0 | 36% | $141.840.000 |
LEONEL FERNANDO ESTEBAN ESPINOZA ARNAIZ Accionista 8.xxx.xxx-1 | 8.xxx.xxx-1 | 10% | $39.400.000 |
法定代理(2)
Nelson Francisco Ibarra Aliaga
Sergio Enrique Palacios Vergara
摘要官方正文
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores 178, piso 5, comuna de Santiago, certifico que por Escritura Pública de fecha 24 de diciembre de 2019, Repertorio No. 84.356/2019, comparecieron ante mí, don Nelson Francisco Ibarra Aliaga, RUT 9.128.182-1, en representación de BIG SERVICIOS DE SEGURIDAD EN INFORMACIÓN Y REDES LIMITADA, del giro de construcción y servicios, RUT 77.853.060-0, ambos domiciliados en Valentín Letelier No. 1381, Santiago; don Sergio Enrique Palacios Vergara, RUT 9.132.590-k, en representación de la sociedad JORPA INGENIERÍA S.A., sociedad del giro fabricación de motores y generadores y otros, RUT 96.866.400-k, ambos domiciliados en calle Dresden No. 4688, comuna de San Miguel; y don LEONEL FERNANDO ESTEBAN ESPINOZA ARNAIZ, RUT 8.623.645-1, domiciliado en calle Azapa No. 729, comuna de Las Condes, quienes como únicos y exclusivos accionistas y sin forma de junta, al tenor del artículo 427 del Código de Comercio y lo autorizado por su propios estatutos, modificaron la sociedad “SISTEMAS DE MONITOREO INTELIGENTE SPA”, RUT 77.078.197-3, acordando un aumento del capital social y la modificación de los estatutos en los siguientes términos: 1) Efectuar un aumento del Capital Social, hoy de 5.000.000, dividido en cien acciones, aumentándolo en la suma total de 389.000.000, mediante la emisión de nueve mil novecientas acciones de pago, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. En el caso de los accionistas JORPA INGENIERÍA S.A. y BIG SERVICIOS DE SEGURIDAD EN INFORMACIÓN Y REDES LIMITADA, este aumento de capital se pagará en parte en dinero y en parte mediante el aporte de los derechos de dominio que cada uno de estos accionistas tiene sobre un programa computacional denominado “Sistema Inteligente de Monitoreo y Análisis Remoto de Transformadores”, desarrollado por Jorpa Ingeniería S.A. con el cofinanciamiento de INNOVA Chile, Código uno siete l T E dos guion siete seis uno siete cinco, resolución (E) número ciento cincuenta y dos de dos mil dieciséis, cuya propiedad en la actualidad pertenece en un sesenta por ciento a JORPA INGENIERÍA S.A., y en un cuarenta por ciento a BIG SERVICIOS DE SEGURIDAD EN INFORMACIÓN Y REDES LIMITADA. En el caso del accionista LEONEL ESPINOZA ARNAIZ, el aporte se pagará en el plazo que se fijará al modificar los estatutos. Se acordó también el aumento del plazo estatutario para enterar losa aportes sociales. 2) En función de lo anterior, se reemplaza el Artículo Quinto por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de trescientos noventa y cuatro millones de pesos dividido en diez mil acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero en efectivo o en otros bienes. El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad.” 3) Se reemplaza el Artículo Octavo por el siguiente: “Artículo Octavo: El capital social y sus posteriores aumentos, deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de cinco años contados desde la fecha de constitución de la sociedad o del aumento, según corresponda. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado gozarán de los mismos derechos que gozan las acciones totalmente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que le corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. En caso de muerte o enfermedad catastrófica de un accionista persona natural, ocurrida mientras penda el plazo para enterar su aporte pendiente de pago, sus herederos o representantes podrán optar entre pagar dichas acciones suscritas dentro del mismo plazo estatutario que les reste, o que se reduzcan sus acciones y el capital al monto efectivamente enterado.”; 4) Se reemplaza el Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “El capital de la sociedad, ascendente a trescientos noventa y cuatro millones dividido en diez mil acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las cuales se suscriben y/o pagan de la siguiente manera: a) JORPA INGENIERÍA S.A. suscribe y paga cinco mil cuatrocientas acciones que corresponden a la suma de doscientos doce millones setecientos sesenta mil pesos, equivalentes al cincuenta y cuatro por ciento del capital social, aporte que entera en este acto con dos millones setecientos sesenta mil pesos en dinero en efectivo, y con la cesión de sus derechos de dominio, avaluados en doscientos diez millones de pesos, sobre el programa computacional denominado “Sistema Inteligente de Monitoreo y Análisis Remoto de Transformadores”; b) BIG SERVICIOS DE SEGURIDAD EN INFORMACIÓN Y REDES LTDA., suscribe y paga tres mil seiscientas acciones que corresponden a la suma de ciento cuarenta y un millones ochocientos cuarenta mil pesos, equivalentes al treinta y seis por ciento del capital social, aporte que entera en este acto con un millón ochocientos cuarenta mil pesos en dinero en efectivo, y con la cesión de sus derechos de dominio, avaluados en ciento cuarenta millones de pesos, sobre el programa computacional denominado “Sistema Inteligente de Monitoreo y Análisis Remoto de Transformadores”; y c) Don LEONEL FERNANDO ESTEBAN ESPINOZA ARNAIZ, suscribe mil acciones que corresponden a la suma de treinta y nueve millones cuatrocientos mil pesos, equivalentes al diez por ciento del capital social, aporte que entera parcialmente en este acto con quinientos mil pesos en dinero en efectivo, y con treinta y ocho millones novecientos mil pesos que se obliga a pagar en el plazo máximo de cinco años.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de enero de 2020.- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario titular.-
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
SISTEMAS DE MONITOREO INTELIGENTE SpA
CVE 1713204
