有限責任公司77.059.930-K

Inmobiliaria E Inversiones Tres Marías Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年2月27日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda

資本

總資本

$2.013.186.121

股東(4)

姓名持股比例

Luis Alfonso Ramírez Valle

Socio

32.95%

Asesorías e Inversiones Los Conquistadores Limitada

Socio

17.05%

Carmen Caselli Diaconescu

Socio

17.05%

Graciela del Carmen Ramírez Valle

Socio

32.95%

公報所載公司沿革

  1. 其他行為· 2012年6月15日

    Fusión por incorporación de Inmobiliaria e Inversiones San Osvaldo Limitada en Inmobiliaria e Inversiones Tres Marías Limitada, con disolución de la absorbida.

    Luis Alfonso Ramírez Valle · Graciela del Carmen Ramírez Valle

摘要官方正文

Ministerio del Interior OSCAR EDUARDO CELIS DIAZ, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 31 de diciembre del año 2025, otorgada ante la Notario Público Titular, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 10.829/2025, don LUIS ALFONSO RAMÍREZ VALLE, por sí; don Claudio Marcelo Hasbún Ramírez, en representación de la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LOS CONQUISTADORES LIMITADA; doña GRACIELA DEL CARMEN RAMÍREZ VALLE, por sí; y doña CARMEN CASELLI DIACONESCU, por sí, en su calidad de socios de la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES TRES MARÍAS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 15.248, número 12.125 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997; sanearon los defectos de que adoleció la fusión de la Sociedad con la Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN OSVALDO LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 4.769; número 3.106 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, cuyos socios a la fecha de la fusión eran don LUIS ALFONSO RAMÍREZ VALLE y doña GRACIELA DEL CARMEN RAMÍREZ VALLE, cuya fusión por absorción y disolución de esta última constan en la escritura pública de fecha 15 de junio del año 2012, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Tamargo, y anotada en el Libro de Repertorio bajo el número 2.655; todos los comparecientes, en sus calidades de socios de las sociedades absorbente y absorbida, vienen en sanear el vicio consistente en la incorrecta singularización y numeración de las cuentas contables de la sociedad que fue absorbida, y en consecuencia, que incidieron en la elaboración de las cuentas contables de la sociedad absorbente tras el perfeccionamiento de la fusión; y, que inciden finalmente en la incorrecta valorización del capital social. Así, ha quedado saneado el error de que adolecía la fusión de la Sociedad, y reformado el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES TRES MARÍAS LIMITADA”, el cual es del siguiente tenor: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de dos mil trece millones ciento ochenta y seis mil ciento veintiún pesos, que los socios aportaron y pagaron de la siguiente manera: i) don Luis Alfonso Ramírez Valle, con la suma de un mil seiscientos cuarenta y dos millones ochocientos diez mil noventa y ocho pesos, de los cuales, la cantidad de ochocientos cuarenta y siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha, y con la suma de setecientos noventa y cinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos veintiún pesos, correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones San Osvaldo Limitada en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tres Marías Limitada, aprobada mediante escritura pública de fecha quince de junio dos mil doce, otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Tamargo, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la Sociedad absorbida en virtud de la referida fusión; el total de su participación equivalente a un treinta y dos coma noventa y cinco por ciento del interés social; ii) Asesorías e Inversiones Los Conquistadores Limitada, con la suma de cuarenta y siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos, los cuales, se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha, el total de su participación equivale a un diecisiete coma cero cinco por ciento del interés social; iii) doña Carmen Caselli Diaconescu, con la suma de ochocientos cuarenta y siete millones cuatrocientos sesenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos, los cuales, se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha; el total de su participación equivale a un diecisiete coma cero cinco por ciento del interés social; iv) doña Graciela del Carmen Ramírez Valle, con la suma de un mil seiscientos cuarenta y dos millones ochocientos diez mil noventa y ocho pesos de los cuales, la cantidad de ochocientos cuarenta y siete millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos setenta y siete pesos se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social con anterioridad a esta fecha, y con la suma de setecientos noventa y cinco millones trescientos cuarenta y cuatro mil seiscientos veintiún pesos, correspondiente al aumento de capital acordado en virtud de la fusión por incorporación de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones San Osvaldo Limitada en la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Tres Marías Limitada, aprobada mediante escritura pública de fecha quince de junio dos mil doce, otorgada en la notaría de Santiago de don Iván Tamargo, íntegramente suscrito y pagado con el patrimonio de la Sociedad Absorbida en virtud de la referida fusión; el total de su participación equivale a un treinta y dos coma noventa y cinco por ciento del interés social”. En todo lo no modificado o saneado, se mantienen plenamente vigentes las demás disposiciones del estatuto social de la sociedad absorbente. Demás estipulaciones constan de la escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2026.

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