Inversiones Santa Estela SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, inmobiliario y técnico. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. La prestación de servicios de corretaje de propiedad, asesoría inmobiliaria y de marketing inmobiliario. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
2,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $500.000 |
GONZALO ANDRÉS VÁSQUEZ NAVARRO Accionista | - | 50% | $500.000 |
摘要官方正文
Francisco Rubén Rojas Arriagada, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 15° Notaria de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes , con oficio en calle Mardoqueo Fernandez 201, Oficina 101 y 102, Providencia, certifico: Por escritura de hoy otorgada ante mí, Repertorio 3993-2020, se redujo a escritura pública Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada ante mí, el 9 de diciembre de 2020, de la sociedad “INVERSIONES SANTA ESTELA SpA”, Rut. 77.020.448-8, inscrita a Fojas 33.476 Nº 16.726 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, en la cual se acordó por unanimidad de las acciones emitidas con derecho a voto: 1) Modificar el giro social de la compañía en el siguiente sentido: El objeto social será la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, inmobiliario y técnico. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. La prestación de servicios de corretaje de propiedad, asesoría inmobiliaria y de marketing inmobiliario. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros. 2) Aumentar el capital estatutario de la Compañía desde la cantidad de $500.000, dividido en 1.000 acciones, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, a la suma total de $1.000.000, dividido en 2.000 acciones, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal. Lo anterior, mediante la emisión de 1.000 nuevas acciones ordinarias de pago, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, que se ofrecerán a un valor de colocación de $500, cada una. 3) Modificar los Artículos Cuarto, Quinto y Segundo Transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “CUARTO: El objeto social será la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero, inmobiliario y técnico. La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas. La prestación de servicios de corretaje de propiedad, asesoría inmobiliaria y de marketing inmobiliario. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase. Formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y en general, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; y cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. El giro podrá desarrollarse tanto en Chile como el extranjero, por sí o a través de terceros.”. “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, dividido en dos mil acciones, todas nominativas, de igual valor cada una, de una misma y única serie, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan en la forma establecida en el artículo segundo transitorio de estos estatutos. El capital deberá estar pagado dentro del plazo de tres años a contar de la fecha de la presente escritura, y podrá pagarse en dinero efectivo o en bienes incorporales muebles, incluyendo acciones o derechos de toda clase de sociedades.”. "SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a un millón de pesos dividido en dos mil acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: A) Doña MAREN PAULINA HOLZ CARVALLO, suscribe en este acto la cantidad de mil acciones, a un valor de suscripción de quinientos pesos por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a quinientos mil pesos, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social. B) Don GONZALO ANDRÉS VÁSQUEZ NAVARRO, suscribe en este acto la cantidad de mil acciones, a un valor de suscripción de quinientos pesos por acción, lo que determina un valor total de suscripción ascendente a quinientos mil pesos, los cuales se encuentran íntegramente pagados e ingresados a la caja social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de Diciembre de 2020.
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES SANTA ESTELA SpA
CVE 1865720
