Sociedad Madrid Y Salinas Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La prestación por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías o consultorías profesionales en materia contable, tributaria, de auditoría y finanzas, tanto a personas naturales como a personas jurídicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado.
資本
總資本
$2.400.000
實繳資本
$2.400.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 80% | $1.920.000 |
JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ Socio 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 20% | $480.000 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2019年5月17日
Se constituyó la sociedad Madrid y Salinas Limitada.
- 權益轉讓· 2022年11月25日
Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas cede el 10% de sus derechos sociales a Javier Pascual Alejandro Molina Pérez.
NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS · JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ
- 權益轉讓· 2022年11月25日
Ignacio Francisco Madrid Salinas cede el 10% de sus derechos sociales a Javier Pascual Alejandro Molina Pérez.
IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS · JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ
- 權益轉讓· 2022年11月25日
Raúl Alexis Madrid Cid cede el 20% de sus derechos sociales a Doris Elizabeth Salinas Varela.
摘要官方正文
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público de Temuco, con oficio en Antonio Varas 979, certifica: Por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2022, Repertorio N° 13.519-22, ante mí, 1.- Doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, chilena, divorciada, contador auditor, cédula nacional de identidad N°14.322.348-5, por sí y en representación de don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad N°20.725.812-1 y de don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, cedula nacional de identidad N°21.063.365-0, 2.- Don RAÚL ALEXIS MADRID CID, chileno, divorciado, ingeniero en ejecución forestal, cédula nacional de identidad número 12.864.423-7 y 3.- Don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, chileno, soltero, contador general, cedula nacional de identidad número N°15.655.818-4, todos domiciliados para estos efectos en calle Bernardo O’Higgins N°125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, celebraron cesión de derechos y modificación de sociedad como sigue: SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA, se constituyó mediante escritura pública de 17 de mayo del 2019, Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez. Un extracto de la escritura se inscribió a Fojas 622V, N°395 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, año 2019, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 22 de mayo del año 2019. Cesión de Derechos Sociales.- Uno.- Don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, representado por doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 10% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $240.000 pesos, los cuales el cesionario paga en el acto, al contado en dinero en efectivo. Dos.- Don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, representado por doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 10% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $240.000 pesos, los cuales el cesionario paga en el acto, al contado en dinero en efectivo. Tres.- Don RAUL ALEXIS MADRID CID, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos sociales de los cuales es dueño, esto es, el 20% de los derechos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA a doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA quien los compra acepta y adquiere para sí. El precio de la venta y cesión de derechos asciende a la suma única y total de $480.000 pesos, los cuales la cesionaria paga en este acto al cedente al contado en dinero en efectivo. Modificación estatutos.- Los actuales socios acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: A.- Se remplaza íntegramente el Artículo Primero de los estatutos por el siguiente tenor: “ARTÍCULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, y don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ”. B.- Se reemplaza íntegramente el Artículo Tercero de los estatutos por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad es la prestación por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías o consultorías profesionales en materia contable, tributaria, de auditoría y finanzas, tanto a personas naturales como a personas jurídicas. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes al objeto señalado. C.- Se reemplaza íntegramente el Artículo Séptimo de los estatutos por el siguiente tenor: “ARTÍCULO SÉPTIMO El capital social asciende a la suma de $2.400.000 pesos que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: Uno.- Doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, aportó la suma de $1.920.000 pesos, equivalentes al 80% del capital social, que pagó al contado y en efectivo e ingresaron en arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha; Dos.- Don JAVIER PASCUAL ALEJANDRO MOLINA PÉREZ, aportó la suma de $480.000 pesos, equivalentes al 20% del capital social, que se pagaron al contado y en efectivo, e ingresaron en arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha”. Se deja constancia que en todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales. Demás clausulas constan en escritura extractada. Temuco, 30 de noviembre de 2022.-
公司資料
摘要官方正文
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas N° 979, RECTIFICA EXTRACTO de escritura pública de rectificación de “SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA”, de fecha 27 de noviembre del año 2020, publicado en el diario oficial con fecha 2 de diciembre del año 2020, en su edición Nº 42.820, en el sentido de agregar domicilio de los representados de Sociedad Madrid y Salinas Limitada en el extracto social de rectificatoria efectuada, donde dice: “en representación convencional de doña Doris Elizabeth Salinas Varela, don Raúl Alexis Madrid Cid, don Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas y don Ignacio Francisco Madrid Salinas.” debe decir: “en representación convencional de doña Doris Elizabeth Salinas Varela, don Raúl Alexis Madrid Cid, Don Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas y don Ignacio Francisco Madrid Salinas, todos domiciliados en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco”. En lo no modificado se mantiene extracto ya individualizado. Demás estipulaciones constan en extracto publicado con fecha 20.11.2020 en su edición Nº 42.810. Temuco, 29 de diciembre del año 2020.
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摘要官方正文
ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas N° 979, RECTIFICA EXTRACTO de escritura pública de rectificación de “SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA”, de fecha 30 de noviembre del año 2020, publicado en el diario oficial con fecha 2 de diciembre del año 2020, en su edición Nº 42.820, en el sentido de agregar domicilio de los representados de Sociedad Madrid y Salinas Limitada en el extracto social de rectificatoria efectuada, donde dice: “en representación convencional de doña Doris Elizabeth Salinas Varela, don Raúl Alexis Madrid Cid, don Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas y don Ignacio Francisco Madrid Salinas.” debe decir: “en representación convencional de doña Doris Elizabeth Salinas Varela, don Raúl Alexis Madrid Cid, Don Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas y don Ignacio Francisco Madrid Salinas, todos domiciliados en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco”. En lo no modificado se mantiene extracto ya individualizado. Demás estipulaciones constan en extracto publicado con fecha 20.11.2020 en su edición Nº 42.810. Doy Fe. Temuco, 15 de diciembre del año 2020.
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法定代理(4)
公報所載公司沿革
- 設立· 2019年5月17日
Doris Elizabeth Salinas Varela, Raul Alexis Madrid Cid y Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas constituyen Sociedad Madrid y Salinas Limitada.
Doris Elizabeth Salinas Varela · Raul Alexis Madrid Cid · Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas
摘要官方正文
Esmirna Vidal Moraga, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, Antonio Varas 979, certifica: Por escritura de fecha 27 de noviembre de 2020, ante mí, bajo el Rep. Nº10.127-20, don JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, abogado, chileno, divorciado, C.N.I. N° 10.477.428-8, domiciliado en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, compareció en representación convencional de doña Doris Elizabeth Salinas Varela, don Raul Alexis Madrid Cid, don Nicolás Joaquín Alexis Madrid Salinas y don Ignacio Francisco Madrid Salinas. Por escritura pública de fecha 13 de noviembre del año 2020, otorgada ante la Notario Público de Temuco doña Esmirna Vidal Moraga, Repertorio N° 9676-2020, los representados ya individualizados, celebraron escritura pública de aumento capital y modificación social de Sociedad Madrid y Salinas Limitada. Sin embargo, la citada escritura pública requiere ser rectificada y enmendada en cuanto a señalar correctamente la razón social, ya que se omitió la palabra SOCIEDAD, por lo tanto debe decir “SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA” y no MADRID Y SALINAS LIMITADA como lo indica la escritura en todas sus partes en que indica la razón social de la sociedad, por lo tanto, debe anteceder la palabra SOCIEDAD en todas las partes que dice MADRID Y SALINAS LIMITADA. A consecuencia de la corrección efectuada el titulo se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “AUMENTO CAPITAL Y MODIFICACIÓN SOCIAL SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA”. El título I. se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “ANTECEDENTES GENERALES DE SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA”. La cláusula primera se reemplaza por el siguiente nuevo texto “PRIMERO: Por escritura pública de fecha diecisiete de mayo del año dos mil diecinueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez, Repertorio número mil cincuenta y dos guión dos mil diecinueve, doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, don RAUL ALEXIS MADRID CID y don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de MyS LTDA…”. La cláusula tercera se reemplaza por el siguiente nuevo texto “TERCERO: Socios. De conformidad al estatuto social, los únicos socios de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA son dueños de los derechos sociales en las siguientes proporciones:…”. El título II. se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “II. AUMENTO CAPITAL Y MODIFICACIÓN SOCIAL SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA.” La cláusula cuarta se reemplaza por el siguiente nuevo texto “CUARTO: Aumento del capital social e ingreso nuevo socio. En este acto y por el presente instrumento, siendo los socios libres administradores de sus bienes y actuando de consuno, acuerdan el ingreso de un nuevo socio a SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA,… y aumentan el capital social de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA…” La cláusula quinta se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “QUINTO: Modificación de sociedad.- En virtud de lo anterior, los socios acuerdan modificar los estatutos sociales de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA…”. La cláusula séptima se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “SEPTIMO: Para todos los efectos legales, los socios de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA acuerdan que, en todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de la sociedad singularizada en la cláusula primera precedente.” La cláusula octava se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “OCTAVO: Para todos los efectos legales, los socios de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA fijan domicilio en la ciudad y comuna de Temuco, sometiéndose a la jurisdicción y competencia arbitral establecida en los estatutos sociales.” La cláusula décima se reemplaza por el siguiente nuevo texto: “DÉCIMO: Todos los gastos e impuestos que se devenguen a causa o como consecuencia del otorgamiento de la presente escritura e inscripciones pertinentes, serán de cargo exclusivo de SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA.” Demás cláusulas constan en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 30 de noviembre de 2020.
公司資料
資本
總資本
$2.400.000
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 60% | $1.440.000 |
Socio 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | 20% | $480.000 |
NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS Socio 20.xxx.xxx-1 | 20.xxx.xxx-1 | 10% | $240.000 |
IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS Socio 21.xxx.xxx-0 | 21.xxx.xxx-0 | 10% | $240.000 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2019年5月17日
Se constituye Madrid y Salinas Limitada con tres socios y capital inicial de $1.000.000.
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA · RAUL ALEXIS MADRID CID · NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS
- 股東加入· 2020年11月13日
Ingresa Ignacio Francisco Madrid Salinas como nuevo socio y se aumenta el capital social a $2.400.000.
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA · RAUL ALEXIS MADRID CID · NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS · IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS
摘要官方正文
MARIA IGNACIA VASQUEZ ARANGO, Abogado, Notario Público de Temuco, Suplente de la Titular Esmirna Vidal Moraga, con oficio en calle Antonio Varas Nº979, CERTIFICO: Por escritura pública, de fecha 13.11.2020, ante la Titular Esmirna Vidal Moraga, bajo el Rep. Nº9676-20, Uno.- Doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, chilena, divorciada, contador auditor, C.N.I. N° 14.322.348-5; Dos.- don RAUL ALEXIS MADRID CID, chileno, divorciado, ingeniero forestal, C.N.I. N° 12.864.423-7; Tres.- don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, C.N.I. N° 20.725.812-1; y Cuatro.- don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, C.N.I. N° 21.063.365-0, todos domiciliados en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, celebraron escritura de cesión de derechos sociales y modificación de sociedad I. Antecedentes generales de Madrid y Salinas Limitada. Por escritura pública de fecha 17 de mayo del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez, Repertorio N° 1.052-2019, doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, don RAUL ALEXIS MADRID CID y don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es MADRID Y SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de MyS LTDA. Un extracto de la citada escritura se publicó en el Diario Oficial en su edición N° 42.359, de fecha 22 de mayo del año 2019, y se inscribió a Fojas 622 vuelta, Número 395 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2019. La sociedad tiene el Rol Único Tributario N° 77.020.346-5 y tributa conforme a las normas del Impuesto de Primera Categoría (IDPC), en el Régimen Tributario Pro Pyme General establecido en el artículo 14 letra D), de la Ley de la Renta. Se deja constancia que la escritura de constitución de sociedad singularizada no ha sido objeto de modificaciones.- Capital. De conformidad a la cláusula séptima del estatuto social, el capital de la sociedad asciende a la suma de 1.000.000 pesos, el cual fue suscrito y pagado por los socios de la siguiente forma: Uno.- doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, pagó la suma de 510.000 pesos, en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad, Dos.- don RAUL ALEXIS MADRID CID, pagó la suma de 250.000 pesos, en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad; y, Tres.- don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, pagó la suma de 240.000 pesos, en dinero en efectivo en el acto de constitución de la sociedad. Los socios dejan expresa constancia que todo el capital social fue aportado, enterado y pagado por los socios, así da cuenta los antecedentes legales como la contabilidad de la sociedad y cada uno de los socios es titular, respectivamente, del 51, 25 y 24 % del total de los derechos sociales.- Socios. De conformidad al estatuto social, los únicos socios de MADRID Y SALINAS LIMITADA son dueños de los derechos sociales en las siguientes proporciones: a) DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, es titular del 51% del total de los derechos sociales; y, b) RAUL ALEXIS MADRID CID, es titular del 25% del total de los derechos sociales; y, c) NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS es titular del 24% del total de los derechos sociales. II. AUMENTO CAPITAL Y MODIFICACIÓN SOCIAL MADRID Y SALINAS LIMITADA. Aumento del capital social e ingreso nuevo socio. En este acto y por el presente instrumento, siendo los socios libres administradores de sus bienes y actuando de consuno, acuerdan el ingreso de un nuevo socio a MADRID Y SALINAS LIMITADA don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, C.N.I. N° 21.063.365-0 domiciliado en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco y aumentaron el capital social de MADRID Y SALINAS LIMITADA a 2.400.000 pesos. Este aumento de capital se materializa de acuerdo a lo que a continuación se indica, los socios aportan y enteran de la forma siguiente: Uno.- doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA aporta 930.000 pesos que pagan al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad lo que sumado al aporte social inicial suma en definitiva 1.440.000 pesos equivalentes al 60% del capital social; Dos.- don RAUL ALEXIS MADRID CID aporta 250.000 pesos que pagan al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad lo que sumado al aporte social inicial suma en definitiva 480.000 pesos equivalentes al 20% del capital social; Tres.- NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS mantiene aporte social inicial por un monto de 240.000 pesos lo que equivale al 10% del capital social y, Cuatro.- don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS aporta la suma de 240.000 pesos, equivalentes al 10% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Modificación de sociedad.- En virtud de lo anterior, los socios acuerdan modificar los estatutos sociales de MADRID Y SALINAS LIMITADA en el siguiente sentido: Uno.- Modifican el Artículo Primero de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor: “ARTICULO PRIMERO: Son únicos socios de la sociedad doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, don RAUL ALEXIS MADRID CID, don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS y don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS.” Dos.- Modifican el Artículo Séptimo de los estatutos sociales y la reemplazan íntegramente por la del siguiente tenor “ARTICULO SÉPTIMO: El capital social asciende a la suma de 2.400.000 pesos que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: Uno.- doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA aporta la suma de 1.440.000 pesos, equivalentes al 60% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; Dos.- don RAUL ALEXIS MADRID CID aporta la suma de 480.000 pesos, equivalentes al 20% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; Tres.- don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS aporta la suma de 240.000 pesos, equivalentes al 10% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y, Cuatro.- don IGNACIO FRANCISCO MADRID SALINAS aporta la suma de 240.000 pesos, equivalentes 10% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad.”.- Se deja constancia que en todo lo no modificado por esta escritura se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales de MADRID Y SALINAS LIMITADA. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 18 de noviembre de 2020.
公司資料
公司目的
La prestación, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías, consultorías, de carácter profesional o técnico, en asuntos contables, de auditoría, inversiones, ingeniería, topografía, industrial, legal, finanzas, comercio, informática, computación, operaciones financieras y comerciales, elaboración y evaluación de proyectos, tasaciones de toda clase de bienes, estudios de factibilidad, administraciones, desarrollo de proyectos de todo tipo, tanto a personas naturales como a personas jurídicas, y dentro de estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. La sociedad también tendrá por objeto la prestación de servicios tributarios, los cuales consistirán en asesorías en los distintos campos o áreas del derecho tributario, tales como aquellos que dicen relación con los impuestos corporativos a las empresas, los impuestos terminales aplicables a los dueños de ellas, esto es, el Impuesto Global Complementario o Adicional, el impuesto al Valor Agregado (IVA), el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, los tributos aduaneros, y, en general, con todos los tributos establecidos o que se establezcan en el futuro en la legislación tributaria nacional como internacional. Igualmente, la sociedad podrá realizar inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes inmuebles, agrícolas y/o no agrícolas, y, el arrendamiento de bienes raíces no amoblados. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA Socio 14.xxx.xxx-5 | 14.xxx.xxx-5 | 51% | $510.000 |
Socio 12.xxx.xxx-7 | 12.xxx.xxx-7 | 25% | $250.000 |
NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS Socio 20.xxx.xxx-1 | 20.xxx.xxx-1 | 24% | $240.000 |
管理人(1)
DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA
摘要官方正文
RODRIGO SEPÚLVEDA GÓMEZ, abogado, Notario Público de Temuco con asiento en Padre Las Casas, Maquehue N° 1244, comuna de Padre Las Casas, certifico: Por escritura pública hoy ante mí, doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, chilena, divorciada, empresaria, C.I. N° 14.322.348-5, don RAUL ALEXIS MADRID CID, chileno, divorciado, ingeniero en ejecución forestal, C.I. N° 12.864.423-7 y don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS, chileno, soltero, estudiante, C.I. N° 20.725.812-1, todos domiciliados en Bernardo O´Higgins N° 125, oficina 301, comuna y ciudad de Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: SOCIEDAD MADRID Y SALINAS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de MyS LTDA. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de servicios, asesorías, consultorías, de carácter profesional o técnico, en asuntos contables, de auditoría, inversiones, ingeniería, topografía, industrial, legal, finanzas, comercio, informática, computación, operaciones financieras y comerciales, elaboración y evaluación de proyectos, tasaciones de toda clase de bienes, estudios de factibilidad, administraciones, desarrollo de proyectos de todo tipo, tanto a personas naturales como a personas jurídicas, y dentro de estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. La sociedad también tendrá por objeto la prestación de servicios tributarios, los cuales consistirán en asesorías en los distintos campos o áreas del derecho tributario, tales como aquellos que dicen relación con los impuestos corporativos a las empresas, los impuestos terminales aplicables a los dueños de ellas, esto es, el Impuesto Global Complementario o Adicional, el impuesto al Valor Agregado (IVA), el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones, los tributos aduaneros, y, en general, con todos los tributos establecidos o que se establezcan en el futuro en la legislación tributaria nacional como internacional. Igualmente, la sociedad podrá realizar inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y, muy particularmente, la inversión en toda clase de bienes inmuebles, agrícolas y/o no agrícolas, y, el arrendamiento de bienes raíces no amoblados. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: El domicilio social es la comuna de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la forma siguiente: 1.- doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA aporta la suma de $510.000, equivalentes al 51% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; 2.- don RAUL ALEXIS MADRID CID aporta la suma de $250.000, equivalentes al 25% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad; y, 3.- don NICOLÁS JOAQUÍN ALEXIS MADRID SALINAS aporta la suma de $240.000, equivalentes al 24% del capital social, que paga al contado y en dinero efectivo, los que ingresan en este acto en arcas de la sociedad. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a doña DORIS ELIZABETH SALINAS VARELA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Padre Las Casas, 17 de mayo de 2019.-
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