Inmobiliaria Split Limitada
Diario Oficial
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a) la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. b) Adicionalmente, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento, importar equipos y maquinaria industrial, vehículos de transporte y cualquier otro bien de uso industrial, tales como y sin que la enunciación sea taxativa, camiones, grúas, maquinaria para dimensionado de papeles, equipos para laboratorio, entre otros. c) Comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento, importar y comercializar papeles y productos derivados de la celulosa. d) Efectuar remodelaciones y construcciones menores en viviendas, por cuenta propia o ajena, para su posterior venta. e) Comprar, vender e importar equipos deportivos o domésticos, tales como, y sin que la enumeración sea taxativa, bicicletas, máquinas para ejercicio y artículos deportivos, entre otros. f) Ejercer representaciones, mandatos, asesorías, consultorías, comisiones, u otros servicios profesionales en materias que se relacionen con actividades que formen parte del objeto social. g) La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden.
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JUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, Notario Suplente de don Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público, titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en Pasaje Huérfanos 941, oficina 302, de esta ciudad, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 27 de abril de 2021 ante el titular, don Fernando Larraín Navarro, y doña Ana María Mena Keymer, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Santa María N°6270, departamento 922, comuna de Vitacura, modificaron la sociedad denominada Inmobiliaria Split Limitada, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 83.374, número 42.680 de 2018, de la siguiente manera: a) Modificaron la razón social de la sociedad por el de “Comercializadora e Inmobiliaria Split Limitada”. De esta manera, vienen en sustituir íntegramente la cláusula Primera del Estatuto Social por el siguiente: “La sociedad se denominará Comercializadora e Inmobiliaria Split Limitada y tendrá su domicilio en Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que pueda establecer en otros lugares, dentro de país o en el exterior”. B) Ampliaron el objeto social, sustituyendo por lo tanto íntegramente el texto de la cláusula Segunda del Estatuto social por el siguiente: “El objeto de la sociedad será: a) la compra, venta y arrendamiento de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. b) Adicionalmente, la sociedad podrá comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento, importar equipos y maquinaria industrial, vehículos de transporte y cualquier otro bien de uso industrial, tales como y sin que la enunciación sea taxativa, camiones, grúas, maquinaria para dimensionado de papeles, equipos para laboratorio, entre otros. c) Comprar, vender, arrendar, dar en arrendamiento, importar y comercializar papeles y productos derivados de la celulosa. d) Efectuar remodelaciones y construcciones menores en viviendas, por cuenta propia o ajena, para su posterior venta. e) Comprar, vender e importar equipos deportivos o domésticos, tales como, y sin que la enumeración sea taxativa, bicicletas, máquinas para ejercicio y artículos deportivos, entre otros. f) Ejercer representaciones, mandatos, asesorías, consultorías, comisiones, u otros servicios profesionales en materias que se relacionen con actividades que formen parte del objeto social. g) La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden.” Demás materias constan en escritura extractada. Santiago, 19 de mayo de 2021.
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公司目的
la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden
資本
總資本
$38.970.578
實繳資本
$38.970.578
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 84.99% | $33.124.992 |
Socio | - | 15.01% | $5.845.586 |
管理人(2)
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María Loreto Zaldívar Grass, notario interino de la Décimo Octava Notaría de Santiago, domiciliada en Bandera 341, oficina 857, de esta ciudad, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 28 de septiembre de 2018, he autorizado la escritura pública de constitución de la sociedad denominada Inmobiliaria Split Limitada, nacida de la división de Convertidora LM Limitada. Concurrieron a ella, como únicos socios, don Fernando Larraín Navarro, domiciliado en Santiago, Cerro San Luis número 9.986, Parque Industrial Portezuelo, comuna de Quilicura y doña Ana María Mena Keymer, domiciliada en Santiago, Avenida Santa María número 6.270, departamento 922, comuna de Vitacura. El objeto de la sociedad será: la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades anónimas, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. La realización de cualquier otra actividad que los socios acuerden. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Fernando Larraín Navarro. En caso de faltar definitivamente, por fallecimiento o incapacidad legal sobreviniente de carácter permanente, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Ana María Mena Keymer, quien deberá actuar como administrador conjuntamente con don Fernando Larraín Mena y doña María Francisca Larraín Mena. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de fallecimiento o incapacidad legal sobreviniente de carácter permanente de doña Ana María Mena Keymer, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Fernando Larraín Mena y doña María Francisca Larraín Mena, quienes deberán actuar conjuntamente. El capital de la sociedad será la suma de $38.970.578, que ha sido enterado por los socios como sigue: a) don Fernando Larraín Navarro, $33.124.992; y b) doña Ana María Mena Keymer, $5.845.586. La sociedad rige desde el 28 de septiembre de 2018 y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil veintitrés, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de un año cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. La escritura quedó incorporada en mi protocolo previa anotación en el Libro Repertorio bajo el número 16.582/2018. Santiago, 29 de octubre de 2018.
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la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que se relacione con el rubro inmobiliario, y además, cualquier otro negocio que acuerden los socios
資本
總資本
$55.000.000
實繳資本
$55.000.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
IVAN ANTONIO KUZMANIC YERKOVIC Socio | - | 50% | $53.000.000 |
Socio | - | 50% | $2.000.000 |
管理人(2)
IVAN ANTONIO KUZMANIC YERKOVIC
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JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Por escritura pública 23 de Noviembre de 2016, ante mí, IVAN ANTONIO KUZMANIC YERKOVIC, abogado, MARCELA ADRIANA CODDOU BRAGA, profesora, ambos domiciliados en Pedro de Valdivia 701 departamento 41, Concepción, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “INMOBILIARIA SPLIT LIMITADA”, nombre fantasía “SPLIT LTDA”. El objeto social será: la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que se relacione con el rubro inmobiliario, y además, cualquier otro negocio que acuerden los socios. Administración y uso de la razón social: corresponde a ambos socios actuando separada e indistintamente.- Capital: $55.000.000.-, enterado siguiente forma, Iván Antonio Kuzmanic Yerkovic, aporta en dominio el inmueble ubicado en Concepción, Pedro de Valdivia Nº 159, departamento 1.403, estacionamiento 81 y bodega 79 del Edificio Bio Vista, inscrito a fs.7.223 Nº5.877 del Registro de Propiedad del año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, valorado en $53.000.000.- Marcela Adriana Coddou Braga, aporta $2.000.000, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social. Utilidades y pérdidas: En proporción 50% cada uno de los socios. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes.- Duración: Diez años a contar fecha escritura, renovable. Fallecimiento algún socio: la sociedad continúa. Domicilio: Concepción.- Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCION, 06 DICIEMBRE 2016.
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Inmobiliaria Split Limitada
CVE 1948324
- CONSTITUCIÓN
Inmobiliaria Split Limitada
CVE 1489575
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INMOBILIARIA SPLIT LIMITADA
CVE 1147645
