有限責任公司76.984.708-1

Empresa Constructora Monte Grande Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年9月6日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-09-06查看 PDF(CVE 2696476)

公司資料

Ltda
Pinto, Ñuble

資本

總資本

$1.000.000

股東(2)

姓名持股比例

CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA

Socio

90%

PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO

Socio

10%

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓· 2023年9月29日

    Claudio Esteban Molina Acuña cedió el 80% de sus derechos sociales a Patricia Inés Carreño Agurto, operación que luego fue resciliada.

    CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA · PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO

摘要官方正文

Ministerio del Interior HERBERT MUNDY CASANOVA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas Titular de Última Esperanza, con oficio en Bories 454, oficina C, Certifica: Por escritura pública ante mí, el 26 de Agosto de 2025, Repertorio N° 976-2025, don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA, con domicilio en calle Ignacio Carrera Pinto número cuatrocientos treinta, Comuna de Natales, y doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO, con domicilio en calle O`Higgins número ciento setenta y uno, Comuna de Natales, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada EMPRESA CONSTRUCTORA MONTE GRANDE LIMITADA inscrita a fojas 33 vuelta número 16 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Puerto Natales del año 2.019, Rol Único Tributario número 76.984.708-1. Capital estatutario asciende a $1.000.000.- Modificaciones consisten en lo siguiente: RESCILIACIÓN. Las partes rescilian y dejan sin efecto, en todas sus partes, el contrato de Cesión de Derechos de fecha veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés, mediante escritura pública, repertorio número mil ciento cuarenta y ocho guión dos mil veintitrés, suscrita en la Notaria de Puerto Natales de don Herbert Mundy Casanova, en virtud de la cual don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA vendió, cedió y transfirió el ochenta por ciento de los derechos sobre la sociedad señalada a la Cesionaria doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO, quien compró, adquirió y aceptó para sí en el precio que ascendió a la suma única y total de un millón de pesos, toda vez que dicho contrato no ha sido cumplido por la compradora, la cual no pagó el precio convenido en el señalado contrato, dejando por tanto sin efecto jurídico alguno el referido contrato. Como consecuencia de la Resiliación realizada, se retrotraen los derechos sociales al estado anterior a la celebración del contrato Resciliado, quedando de esta forma los derechos sobre la Sociedad Empresa Constructora Monte Grande Limitada de la siguiente forma: a don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA el noventa por ciento de los derechos sociales y a doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO le corresponde el diez por ciento de los derechos sociales. En lo no modificado quedan vigentes, todas y cada una de las disposiciones del pacto social constitutivo y de sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Natales 02 de Septiembre de 2025.-

變更Diario Oficial · 2023-10-05查看 PDF(CVE 2386683)

公司資料

Ltda

資本

總資本

$1.000.000

股東(2)

姓名持股比例

PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO

Socio

90%

CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA

Socio

10%

摘要官方正文

HERBERT MUNDY CASANOVA, Abogado, Notario Público y Conservador de Bienes Raíces, Comercio y Minas Titular de Última Esperanza, con oficio en Bories 454, oficina C, Certifica: Por escritura pública ante mí, el 29 de Septiembre de 2023, Repertorio N° 1.148-2023, don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA, con domicilio en calle Ignacio Carrera Pinto número cuatrocientos treinta, Comuna de Natales, y doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO, con domicilio en calle O`Higgins número ciento setenta y uno, Comuna de Natales, modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada EMPRESA CONSTRUCTORA MONTE GRANDE LIMITADA inscrita a fojas 33 vuelta número 16 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Puerto Natales del año 2.019, Rol Único Tributario número 76.984.708-1. Capital estatutario asciende a $1.000.000.- Modificaciones consisten en lo siguiente: don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA, hace cesión de su participación en el activo y pasivo de EMPRESA CONSTRUCTORA MONTE GRANDE LIMITADA, cesión que hace a favor de doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en un ochenta por ciento, conservando el cedente un diez por ciento en la sociedad. La cesión comprende la cuota en el capital social, en los fondos de revalorización, en las utilidades no retiradas o en cualquier otra cuenta del activo social así como la cuota que corresponda al cedente en el pasivo de la sociedad en el porcentaje señalado, en términos tales que don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA conserva el diez por ciento de dicho activo o pasivo. El precio de esta cesión es la suma de UN MILLÓN DE PESOS, al contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de la cesión realizada a doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO le corresponde el noventa por ciento de los derechos sociales y a don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA el diez por ciento de los derechos sociales. Las utilidades y eventuales pérdidas y el capital social, se repartirán entre los socios en los siguientes porcentajes: doña PATRICIA INÉS CARREÑO AGURTO en noventa por ciento; y don CLAUDIO ESTEBAN MOLINA ACUÑA en un diez por ciento. Así mismo los socios limitan su responsabilidad en el capital social, en los porcentajes señalados. En lo no modificado quedan vigentes, todas y cada una de las disposiciones del pacto social constitutivo y de sus modificaciones posteriores. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Natales 03 de Octubre de 2023.

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