Consultora Informática Andes Digital Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$450.000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $225.000 |
Tomás Gabriel Olivares Valenzuela Socio | - | 50% | $225.000 |
公報所載公司沿革
- 權益轉讓
Cristián Alejandro Leiva Sánchez cede la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes a un tercio, a César Gonzalo Luengo Castro y Tomás Gabriel Olivares Valenzuela en partes iguales.
Cristián Alejandro Leiva Sánchez · César Gonzalo Luengo Castro · Tomás Gabriel Olivares Valenzuela
- 股東退出
Cristián Alejandro Leiva Sánchez se retira de la sociedad tras la cesión de sus derechos.
Cristián Alejandro Leiva Sánchez
摘要官方正文
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, suplente del titular don ÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifica: Con fecha 31 de Julio de 2020, bajo el repertorio N° 25.585-2020, ante titular, donde comparecen /i/ Rodrigo Alfredo Díaz Castro, en representación de César Gonzalo Luengo Castro, domiciliados ambos en Avenida Lo Ovalle N° 305, San Ramón; /ii/ Lorena Paula Valenzuela Castaños, en representación de Tomás Gabriel Olivares Valenzuela, domiciliados ambos en Brown Norte 868, Depto. 210, Ñuñoa; y /iii/ Cristián Alejandro Leiva Sánchez, domiciliado en Santa Julia 278, Depto. 506A, quienes por sí o en representación de los únicos socios de Consultora Informática Andes Digital Limitada, RUT 76.975.787-2, inscrita a Fs. 82.742, N° 42.401, Registro de Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, Año 2018. Modificaciones consisten en: /i/ Cesión de derechos sociales que se detalla en la escritura extractada, en virtud de la cual socio Cristián Alejandro Leiva Sánchez cedió, vendió y transfirió en partes iguales a César Gonzalo Luengo Castro y Tomás Gabriel Olivares Valenzuela, la totalidad de los derechos sociales que poseía en la Sociedad, esto es, un tercio de los derechos sociales. Producto de lo anterior, el socio Cristián Alejandro Leiva Sánchez se retira de la Sociedad, aceptándolo los demás socios; y /ii/ Como consecuencia de la cesión de derechos antes mencionada, los socios de la Sociedad acordaron modificar el Artículo Séptimo de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO. CAPITAL: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $450.000, que los socios aportaron de la siguiente manera: /a/ CÉSAR GONZALO LUENGO CASTRO, $225.000, equivalentes al 50% del capital social; /b/ TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA, $225.000, equivalentes al 50% del capital social. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. En lo demás siguen vigentes disposiciones sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de agosto de 2020.
公司資料
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Cristian Alejandro Leiva Sánchez Socio | - | 33.33333333333333% | $150.000 |
Socio | - | 33.33333333333333% | $150.000 |
Tomás Gabriel Olivares Valenzuela Socio | - | 33.33333333333333% | $150.000 |
管理人(3)
Tomás Gabriel Olivares Valenzuela
Cristian Alejandro Leiva Sánchez
摘要官方正文
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario de Santiago, Suplente del titular de la 42 Notaría de Santiago, don ALVARO GONZALEZ SALINAS, Agustinas 1070, 2º piso, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2019, Repertorio Nº 53.293, ante mí, César Gonzalo Luengo Castro, domiciliado en Octava Avenida 1150, Depto. 1406, San Miguel; Tomás Gabriel Olivares Valenzuela, domiciliado en Brown Norte 868, Depto. 210, Ñuñoa; y Cristian Alejandro Leiva Sánchez, domiciliado en Santa Julia 278, Depto. 506 A, Ñuñoa, modificaron sociedad Consultora Informática Andes Digital Limitada, RUT 76.975.787-2, inscrita a fojas 82.742, N° 42.401, Registro Comercio Santiago Año 2018, de la siguiente manera: /i/ Incorporación de Cristian Alejandro Leiva Sánchez como nuevo socio, mediante aumento de capital desde la suma de $300.000 a $450.000 pagado exclusivamente por el último; /ii/ Reemplazar cláusula séptima de los estatutos sociales relativa al capital por siguiente: “SÉPTIMO: CAPITAL. El capital social será la suma de $450.000, el cual es aportado por los socios de la siguiente manera: don Cristian Alejandro Leiva Sánchez aporta en dinero efectivo y al contado, la suma de $150.000, equivalente a un tercio del capital social; don César Gonzalo Luengo Castro aporta en dinero efectivo y al contado, la suma de $150.000, equivalente a un tercio del capital social; y don Tomás Gabriel Olivares Valenzuela aporta en dinero efectivo y al contado, la suma de $150.000, equivalente a un tercio del capital social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes”. /iii/ Reemplazar cláusula cuarta de los estatutos relativa a administración, representación y uso de la razón social, la cual corresponderá indistintamente a cualquier de los socios, con las facultades señaladas en escritura extractada. /iv/ Reemplazar cláusula quinta de los estatutos sociales relativo al plazo de duración, en sentido que duración de la sociedad será de 3 años contados desde esta fecha, plazo renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que uno de los socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo inicial o de la prórroga respectiva, manifieste su voluntad de terminar la sociedad, mediante una declaración efectuada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio de Santiago. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de septiembre de 2019.
公司資料
公司目的
uno) La realización de consultoría organizativa, administrativa, planificación estratégica, reingenería de procesos y de estudios de mercado mediante el desarrollo y venta de plataformas virtuales de gestión, el desarrollo nuevas tecnologías, aplicaciones virtuales, entre otros. dos) La promoción y facilitación de redes de negocios, promoción y organización de eventos, encuentros, seminarios, ferias, reuniones, jornadas, concilios, eventos de networking y realización de concursos. tres) Desarrollar, producir, administrar y licenciar software propio o desarrollado por terceros, pudiendo intermediar licencias sobre el mismo. cuatro) Comprar o vender, recibir o dar en consignación o realizar negocios jurídicos a cualquier título, así como distribuir, agenciar y representar artículos, marcas nacionales o extranjeras o de cualquier manera comercializar o distribuir cualquier tipo de bienes permitidos bajo las leyes de la República de Chile. cinco) La prestación, contratación, subcontratación, elaboración, desarrollo, control y ejecución de todo tipo de servicios informáticos, de consultoría e integración de tecnologías de la información y la elaboración, edición, producción, publicación y comercialización de productos informáticos. seis) La exportación, importación, asesoramiento, desarrollo, comercialización, instalación, soporte y mantenimiento de cualquier clase de equipo informático, hardware, software, así como de productos, bienes que se complementen al giro de la sociedad. siete) El análisis, programación, preparación y aplicación de sistemas informáticos para toda clase de actividades, su suministro, implantación e integración, así como la formación y el asesoramiento a personas y empresas. ocho) Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá comprar, vender, invertir en títulos, valores, bonos y acciones emitidos por personas naturales y entidades públicas o privadas, cualquiera sea la naturaleza u objeto social de la persona o entidad receptora de la inversión; girar, suscribir, endosar, adquirir, aceptar, cobrar, protestar, transferir, ceder, cancelar o pagar y disponer en cualquier forma de letras de cambio, cheques, giros o cualquiera otros títulos valores o efectos de comercio, o aceptarlos en pago, y, de manera general, efectuar en cualquier parte, sea en su propio nombre, sea por cuenta de terceros o en participación con ellos, así como la de realizar cualquier actividad lícita de comercio, toda clase de operaciones civiles, comerciales e industriales que puedan favorecer o desarrollar sus actividades o de las empresas en que ella tenga interés y que en forma directa se relacionen con el objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines. nueve) y, en general, la sociedad podrá efectuar cualquier otra actividad, negocio, inversión o acto de comercio vinculado o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los accionistas.
資本
總資本
$300.000
實繳資本
$300.000
待繳資本
$0
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 50% | $150.000 |
TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA Socio | - | 50% | $150.000 |
管理人(2)
TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA
摘要官方正文
FRANCISCO RUBÉN ROJAS ARRIAGADA, Notario Suplente del Titular 15 Notaría Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, Santa Magdalena 98, Providencia, Santiago, certifico: por escritura de hoy, ante mí, don CÉSAR GONZALO LUENGO CASTRO, domiciliado en Octava Avenida N°1150 departamento 1406, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, de paso en ésta y don TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA, domiciliado en Brown Norte N°868 departamento 210, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; constituye sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: "CONSULTORA INFORMÁTICA ANDES DIGITAL LIMITADA”, pudiendo también usar alternativamente, aún ante Bancos comerciales, la abreviatura “ANDES DIGITAL LTDA.” Objeto: uno) La realización de consultoría organizativa, administrativa, planificación estratégica, reingenería de procesos y de estudios de mercado mediante el desarrollo y venta de plataformas virtuales de gestión, el desarrollo nuevas tecnologías, aplicaciones virtuales, entre otros. dos) La promoción y facilitación de redes de negocios, promoción y organización de eventos, encuentros, seminarios, ferias, reuniones, jornadas, concilios, eventos de networking y realización de concursos. tres) Desarrollar, producir, administrar y licenciar software propio o desarrollado por terceros, pudiendo intermediar licencias sobre el mismo. cuatro) Comprar o vender, recibir o dar en consignación o realizar negocios jurídicos a cualquier título, así como distribuir, agenciar y representar artículos, marcas nacionales o extranjeras o de cualquier manera comercializar o distribuir cualquier tipo de bienes permitidos bajo las leyes de la República de Chile. cinco) La prestación, contratación, subcontratación, elaboración, desarrollo, control y ejecución de todo tipo de servicios informáticos, de consultoría e integración de tecnologías de la información y la elaboración, edición, producción, publicación y comercialización de productos informáticos. seis) La exportación, importación, asesoramiento, desarrollo, comercialización, instalación, soporte y mantenimiento de cualquier clase de equipo informático, hardware, software, así como de productos, bienes que se complementen al giro de la sociedad. siete) El análisis, programación, preparación y aplicación de sistemas informáticos para toda clase de actividades, su suministro, implantación e integración, así como la formación y el asesoramiento a personas y empresas. ocho) Para el cumplimiento de su objeto social la sociedad podrá comprar, vender, invertir en títulos, valores, bonos y acciones emitidos por personas naturales y entidades públicas o privadas, cualquiera sea la naturaleza u objeto social de la persona o entidad receptora de la inversión; girar, suscribir, endosar, adquirir, aceptar, cobrar, protestar, transferir, ceder, cancelar o pagar y disponer en cualquier forma de letras de cambio, cheques, giros o cualquiera otros títulos valores o efectos de comercio, o aceptarlos en pago, y, de manera general, efectuar en cualquier parte, sea en su propio nombre, sea por cuenta de terceros o en participación con ellos, así como la de realizar cualquier actividad lícita de comercio, toda clase de operaciones civiles, comerciales e industriales que puedan favorecer o desarrollar sus actividades o de las empresas en que ella tenga interés y que en forma directa se relacionen con el objeto social. Se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines. nueve) y, en general, la sociedad podrá efectuar cualquier otra actividad, negocio, inversión o acto de comercio vinculado o no, directa o indirectamente con el objeto social, y que se acordare por el o los accionistas. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero Duración: 3 años a contar de esta fecha. Capital: $300.000, aportando cada socio $150.000, en efectivo, al contado, en este acto y ya enterado en la caja social, limitando cada socio su responsabilidad hasta el monto de su respectivo aporte. Administración: corresponderá indistintamente a ambos socios CÉSAR GONZALO LUENGO CASTRO o TOMÁS GABRIEL OLIVARES VALENZUELA, quienes podrán actuar separados e indistintamente. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de octubre del año 2018.
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