Juan Antonio Valenzuela Ramirez Comercializadora E.I.R.L..
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles
資本
總資本
$5.000.000
實繳資本
$5.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 15.xxx.xxx-4 | 15.xxx.xxx-4 | 100% | $5.000.000 |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2018年12月24日
Se constituye JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L. con capital de $5.000.000.
- 公司形式轉換· 2023年10月24日
La E.I.R.L. se transforma en EMPORIO EX GOLOSIN SpA, con capital de $5.000.000 dividido en 1000 acciones.
JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ · ANA MARIA TAPIA VALENZUELA
- 權益轉讓· 2023年10月24日
JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ vende y cede 1000 acciones a ANA MARIA TAPIA VALENZUELA.
JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ · ANA MARIA TAPIA VALENZUELA
摘要官方正文
JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público Titular de la 4° Notaría Los Ángeles, Caupolicán 355, Los Ángeles, certifico: Por escritura pública, de fecha 24 de octubre de 2023, REP. 4913-2023, ante mí; don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I siete millones novecientos cincuenta y ocho mil seiscientos noventa y nueve guiones cuatro; y doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA, chilena, soltera, empresaria, C.I 15.627.520-4, ambos domiciliados para estos efectos en Ruta cinco sur kilómetros 508, comuna de Los Ángeles. - ARTÍCULO PRIMERO: ANTECEDENTES GENERALES. - A.- Constitución. JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L., RUT 76.975.687-6 constituida con fecha 24 de diciembre 2018,extracto fue inscrito en el registro de Comercio a fojas 26 número 22 correspondiente al Registro de Comercio del año 2019, cuyo extracto fue publicado en el diario oficial número (42247), 7.01.2019. B.- El titular de la empresa, declara que esta se encuentra vigente, que no presenta modificaciones a sus estatutos, capital: $5.000.000 pagado en la constitución, ARTÍCULO SEGUNDO: TRANSFORMACIÓN.- A.- Por este acto y en virtud de lo dispuesto en el artículo catorce de la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ, ya individualizado, viene en transformar la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada singularizada en el literal A.- de la cláusula primera de este instrumento en una Sociedad por Acciones que se regirá por las disposiciones y estipulaciones de sus estatutos, y en lo no contemplado por estos, por las normas contenidas en el Código de Comercio, y en lo no regulado en aquellos por la Ley Número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas cerradas y su Reglamento. B.- Teniendo presente que la transformación acordada en el literal precedente implicará la adecuación y modificación de sus estatutos conforme su nuevo tipo social, se hace necesario repactarla y otorgar un texto nuevo, único y refundido de sus estatutos, el cual es continuador y reemplaza en forma total lo pactado en ellos. C.- En consecuencia, para todos los efectos que en derecho corresponda, los estatutos de la Compañía son los que constarán en la presente escritura. En tal sentido, se modifican los siguientes puntos: Uno) Se constituye una Sociedad por Acciones conforme a las normas contenidas en el párrafo VIII del Título VII del Libro II del Código de Comercio, artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes, que se denominará “EMPORIO EX GOLOSIN SpA”, y que se regirá por las disposiciones precitadas, y, sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Dos) El nombre de la sociedad es EMPORIO EX GOLOSIN SpA nombre de fantasía “ Tres) La Sociedad tendrá por objeto la importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de bienes corporales muebles. - Cuatro) La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad y comuna de Los Ángeles pudiendo abrir y mantener agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Cinco) La duración de la sociedad será indefinida. Seis) Capital. a.- El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal. Lo anterior sin perjuicio de las modificaciones del capital y del valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad las disposiciones del estatuto social y en forma supletoria de acuerdo a las normas legales de las sociedades anónimas cerradas que les sean aplicables. Dicho capital será suscrito y pagado en la forma y en los plazos establecidos en el Artículo Transitorio de este instrumento. b. - SUSCRIPCIÓN Y PAGO DE ACCIONES. El capital de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor, de una misma serie, y sin valor nominal. Las referidas acciones se suscriben y pagan por don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ con la suma de cinco millones de pesos, suma que se encuentra pagada con anterioridad a este acto, conforme a la participación que tenía el accionista en la anterior forma jurídica de la sociedad. En consecuencia, la totalidad de las acciones quedan íntegramente suscritas y pagadas. Siete) La administración, representación y el uso del nombre de la Sociedad corresponderá a doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA, cédula nacional de identidad número 15.627.520-4, quién actuará, en calidad de administrador estatutario, con las más amplias facultades, debiendo anteponer su firma al nombre de la Sociedad. -ARTÍCULO TERCERO. TRASPASO DE ACCIONES. Uno) Don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ a doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA. a.-Por el presente instrumento don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ, vende, cede y transfiere a doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA, la que, compra, acepta y adquiere para sí, 1000 acciones ordinarias de la Serie única, de EMPORIO EX GOLOSIN SpA.- b.- El Precio de esta compraventa es la suma de $5.000.000.- que se paga en este acto por doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA, de contado y en dinero efectivo, suma que es recibida por don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ a su entera conformidad.- c.- Las partes renuncian a la acción resolutoria que pudiere competerles y a cualquier otra, de la naturaleza que sea, que directa o indirectamente tenga por objeto dejar sin efecto el presente contrato o privar a la otra de la tenencia material o jurídica de las acciones vendidas o de las sumas percibidas.- Dos) DECLARACIONES. a.- Doña ANA MARIA TAPIA VALENZUELA dando cumplimiento al artículo cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio y a los estatutos de la Sociedad, declara conocer y aceptar la normativa legal que regula las sociedades por acciones, el estatuto de la sociedad EMPORIO EX GOLOSIN SpA, las protecciones que en el estatuto pueden o no existir respecto del interés de los accionistas, las limitaciones a la libre cesión de las acciones que dicho estatuto o bien él o los pactos de accionistas vigentes imponen a los accionistas, así como los acuerdos de su junta de accionistas y las facultades conferidas al directorio de la sociedad. Dos) Por su parte, don JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ declara que las acciones vendidas por el presente instrumento le pertenecían en forma exclusiva, que no existen a su respecto limitaciones al dominio, como prendas, embargos u otros de similar naturaleza y que la presente declaración ha sido causal determinante de esta operación, habiendo dado cumplimiento a cualquier norma, estatutaria o legal, que regula la cesibilidad de las acciones vendidas en el presente instrumento, tratándose en consecuencia de una venta autorizada. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles 02 de noviembre de 2023.
最近登記事項
- MODIFICACIÓN
JUAN ANTONIO VALENZUELA RAMIREZ COMERCIALIZADORA E.I.R.L.
CVE 2401198
