有限責任公司76.962.887-8

Sociedad Inmobiliaria El Roble Limitada

CONSTITUCIÓN — 2022年5月28日

Diario Oficial

設立Diario Oficial · 2022-05-28查看 PDF(CVE 2135612)

公司資料

Ltda
Temuco, Araucanía
期限: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, prorrogable automáticamente en forma tácita y sucesiva por períodos iguales de tres años cada uno
管理方式: corresponderá a la socia doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS, con las más amplias facultades

公司目的

La compraventa, adquisición, permuta, arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes inmuebles, tanto corporales como incorporales, en especial bienes raíces de carácter urbano, y de derechos reales constituidos en ellos. La compraventa, adquisición, permuta arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes muebles. La administración de toda clase de bienes y percibir frutos y rentas. La celebración de todo tipo de contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. La construcción, promoción, venta, administración, arriendo y explotación de locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y todo acto, contrato, adquisición e implementación afín, relacionado o conexo, ya sea en la actualidad o en el futuro, con los objetivos sociales antes enunciados, y de cualquier otro negocio que acordaren los socios.

資本

總資本

$250.000.000

股東(2)

姓名持股比例

KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS

Socio

12.xxx.xxx-6

90%

SEBASTIÁN RODRIGO BASTIDAS GUTIÉRREZ

Socio

20.xxx.xxx-3

10%

管理人(1)

KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS

12.xxx.xxx-6Administrador

SII 代表(1)

KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS

12.xxx.xxx-6Representante

摘要官方正文

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha nueve de Mayo de dos mil veintidós, ante mí, doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS, chilena, educadora de párvulos, divorciada, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos ocho mil ciento cincuenta guion seis y don, SEBASTIÁN RODRIGO BASTIDAS GUTIÉRREZ, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número veinte millones ochenta y un mil doscientos cincuenta y siete guión tres, ambos domiciliados en calle San Martín número cero dos mil trecientos cincuenta y uno de la ciudad y comuna de Temuco, expusieron: Antecedentes jurídicos de la sociedad: A) Los socios comparecientes doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS y don SEBASTIÁN RODRIGO BASTIDAS GUTIÉRREZ, por escritura pública de fecha trece de abril del año dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de la Sexta Notaria de Temuco, don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez, anotada en su Repertorio bajo el Número seiscientos ochenta y siete del dos mil dieciocho constituyeron la sociedad Colectiva Civil “INMOBILIARIA EL ROBLE SOCIEDAD CIVIL", Rol Unico Tributario número setenta y seis millones novecientos sesenta y dos mil ochocientos ochenta y siete guion ocho, con las demás estipulaciones que constan en la escritura pública antes mencionada. B) Que, luego, la escritura social fue rectificada por escritura pública de fecha siete de mayo del año dos mil dieciocho ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez. C) Que, finalmente, la escritura social fue rectificada por escritura pública de fecha veintisiete de junio del año dos mil dieciocho, ante el Notario Público de Temuco don Rodrigo Ignacio Sepúlveda Gómez. D) Actualmente, los socios de la sociedad, son doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS, con un porcentaje en el capital, equivalentes a un noventa por ciento de la sociedad y don SEBASTIÁN RODRIGO BASTIDAS GUTIÉRREZ, con un porcentaje en el capital, equivalentes a un diez por ciento de la sociedad.- PRESENTE TRANSFORMACION DE SOCIEDAD: Que, en atención a que los comparecientes expresamente, quieren comenzar con actividades económicas que la ley califica de actos de comercio, vienen en transformar la presente Sociedad Colectiva Civil en una Sociedad de Responsabilidad Limitada, de conformidad con las prescripciones de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, teniendo, además, presentes las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio que versan sobre la materia y en especial, por los siguientes estatutos: RAZON SOCIAL: El nombre de la Sociedad y su razón social será "SOCIEDAD INMOBILIARIA EL ROBLE LIMITADA". Sin embargo la Sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con Bancos, con el nombre de fantasía "INMOBILIARIA EL ROBLE LTDA.".- DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las sucursales, representaciones o agencias que establezcan en el país o en el extranjero.- OBJETO: El objeto de la Sociedad será: A) La compraventa, adquisición, permuta, arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes inmuebles, tanto corporales como incorporales, en especial bienes raíces de carácter urbano, y de derechos reales constituidos en ellos. B) La compraventa, adquisición, permuta arrendamiento y enajenación de toda clase de bienes muebles. C) La administración de toda clase de bienes y percibir frutos y rentas. D) La celebración de todo tipo de contratos relacionados directa o indirectamente con el objeto de la sociedad. E) La construcción, promoción, venta, administración, arriendo y explotación de locales comerciales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y F) así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que los socios, de consuno, resuelvan realizar y que sean afines, relacionados o conexos, ya sea en la actualidad o en el futuro, con los objetivos sociales antes enunciados, y de cualquier otro negocio que acordaren los socios.- CAPITAL: El capital social será la suma de $250.000.000.-, que los socios expresan aportar de la forma y proporción que a continuación se indica: UNO) Doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS aportó la suma de DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES DE PESOS que se enteró con: a) La suma de VEINTITRES MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, inscrito a fojas cuatro mil trescientos ochenta y tres bajo el número tres mil quinientos veinticinco del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, calle Rayen número novecientos cuarenta y nueve, sitio número ciento quince del Plano de la Población Millaray, de la ciudad de Temuco. El rol de la propiedad es el numero mil seiscientos cinco raya nueve, comuna de Temuco; b) La suma de QUINCE MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, inscrito a fojas cuatro mil trescientos ochenta y tres bajo el número tres mil quinientos veintiséis del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado en calle Rayen número novecientos cincuenta y cinco, correspondiente al lote número ciento dieciséis del plano de Loteo de la Población Millaray de la ciudad de Temuco.- El rol de la propiedad es el número mil seiscientos cinco guion diez, comuna de Temuco; c) La suma de VEINTISEIS MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, inscrito a fojas ocho mil setecientos cuarenta y seis vuelta bajo el número cinco mil quinientos noventa y siete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado en calle Chacay número ochocientos nueve, que corresponde al lote número setenta y uno del plano de la Población Llaima, de este departamento, hoy ciudad de Temuco. El rol de la propiedad es el mil cuatrocientos veinticinco guion ochenta y siete, Comuna de Temuco; d) La suma de VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, inscrito a fojas cuatro mil trescientos ochenta y tres vuelta bajo el número tres mil quinientos veintisiete del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado en calle Chacay numero ochocientos setenta y dos correspondiente al lote número cincuenta y cinco del plano de loteo de la población Llaima de Temuco. El rol de la propiedad es el mil cuatrocientos setenta y seis raya seis, Comuna de Temuco; e) La suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absolutos del inmueble de la aportante, inscrito a fojas ocho mil setecientos cuarenta y siete bajo el número cinco mil quinientos noventa y ocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado en la ciudad y comuna de Temuco, correspondiente a la propiedad de calle San Martin número cero dos mil trecientos cincuenta y uno, doscientos veintiocho del Loteo Lomas de Mirasur.- El rol de la propiedad es el dos mil ochocientos cuarenta y uno guion cinco, Comuna de Temuco; f) La suma de TREINTA Y UN MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, e inscrito a fojas cuatro mil trescientos ochenta y cuatro bajo el número tres mil quinientos veintiocho del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado en Pasaje Tirso de Molina número cero tres mil novecientos que corresponde al sitio número treinta y siete del plano de Loteo denominado Parque Alcántara, Etapa Uno A. El rol de la propiedad novecientos seis raya cuarenta y nueve, Comuna de Temuco; y, g) La suma de CUARENTA Y SEIS MILLONES DE PESOS, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble de la aportante, e inscrito a fojas ocho mil setecientos cuarenta y siete vuelta bajo el número cinco mil quinientos noventa y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciocho, ubicado sitio nueve metros de frente por veinticinco metros de fondo que es parte del sitio número cuatro de la manzana número diecinueve del plano de esta ciudad, actualmente calle Las Heras número ochocientos ochenta y siete.- El rol de la propiedad es el doscientos quince raya ocho, Comuna de Temuco. DOS) Don SEBASTIÁN RODRIGO BASTIDAS GUTIÉRREZ, aportó la suma de VEINTICINCO MILLONES DE PESOS, que se encuentran totalmente enterados dentro de la caja social.- La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.- ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y EL USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá a la socia doña KARIN FABIOLA GUTIÉRREZ KREBS, con las más amplias facultades.- DURACION: El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años contados desde la fecha del presente instrumento. Dicho plazo se entenderá prorrogado automáticamente en forma tácita y sucesiva, por períodos iguales de tres años cada uno, forma establecida en escritura.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 12 de Mayo de 2022.

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