股份公司76.940.170-9

Sopramat SpA

MODIFICACIÓN — 2024年12月23日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2024-12-23查看 PDF(CVE 2588142)

公司資料

SpA
Bulnes, Ñuble
管理方式: Gerente General

公司目的

explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

待繳資本

$0

股份

1,000

股東(1)

姓名持股比例

ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

Accionista

8.xxx.xxx-9

100%

管理人(1)

SII 代表(1)

ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

8.xxx.xxx-9Representante

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2007年8月23日

    Se constituye la sociedad Sociedad Productora de Áridos, Servicios y Transporte Limitada, RUT 76.940.170-9.

  2. 其他行為· 2017年1月11日

    Se realiza una modificación social.

  3. 公司形式轉換· 2017年3月1日

    La sociedad se modifica y se transforma a SOPRAMAT SpA.

  4. 其他行為· 2017年8月10日

    Se sanea la modificación y transformación precedente.

  5. 其他行為· 2022年7月19日

    Se efectúa una nueva modificación social.

  6. 名稱變更· 2023年2月1日

    Se acuerdan diversas modificaciones sociales, incluidas materias de domicilio y actualización estatutaria, luego saneadas en el presente instrumento.

  7. 權益轉讓· 2023年1月30日

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER vende la totalidad de sus acciones a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER · ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

  8. 管理人變更· 2023年2月1日

    Se revoca el cargo de Gerente General de OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER y se designa a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER · ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

摘要官方正文

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado y Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Chillán, domiciliado en Calle Arauco 390, comuna de Chillán, CERTIFICO: Por escritura de hoy, se celebró junta extraordinaria de accionistas del siguiente tenor: ACTA N° TRES JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS SOPRAMAT SpA, EN CHILLAN, REPÚBLICA DE CHILE, A VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, siendo las 16:00 horas, se celebró en las dependencias de Notaria de don Juan Armando Bustos Bonniard, ubicada en calle Arauco Nº 390, Chillán, esta junta extraordinaria TRES de accionistas de la sociedad SOPRAMAT SpA, RUT Nº 76.940.170-9, sociedad de giro explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros, capital inicial y actual $10.000.000.- de pesos, inscrita a fojas 38, Nº 30, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2007, para tales efectos, comparecen, don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, chileno, C.I. Nº 8.035.027-9, empresario, divorciado, domiciliado en calle José Domingo Cañas número 1404 departamento 34 Ñuñoa, Santiago, y don OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, chileno, C.I. Nº 13.859.806-3, empresario, casado y separado totalmente de bienes, domiciliados en Río Segre 2239, casa 3 condominio Guapuru Chillán, a quienes conozco, por haberme acreditado su identidad con su cédula exhibida, la que se anotará al pie de su firma y exponen lo siguiente: PRIMERO: DE LA CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA: Acuerdos sobre el tema: El gerente General, don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, manifiesta que, especialmente para los efectos previstos en el artículo 58 numeral dos, de la ley 18.046, los intereses de la sociedad justifican la celebración de la presente junta, asimismo se encuentran presentes todas las acciones con derecho a voz y a voto, actualmente emitidas por la sociedad, y pide dejar constancia que ésta Junta se había auto convocado de acuerdo con lo previsto en la ley, comprometiendo los accionistas unánimemente su asistencia, como en el hecho ha ocurrido, por lo cual, no fue necesario cumplir con las formalidades del caso. Se deja constancia que los accionistas conocían por escrito las exigencias previstas en la ley y en los estatutos de la sociedad para que la junta pueda válidamente reunirse, por lo que, con la aprobación unánime de los asistentes, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas de la sociedad, se declaró constituida esta Junta Extraordinaria de Accionistas. SEGUNDO: DE LOS TITULOS SOCIETARIOS: Se hace presente respecto de los títulos sociales que estos constan: I.i.-) Por escritura pública de fecha 23/08/2007, suscrita en Notaria Luciano Cruz Muñoz de Bulnes, se constituyó, sociedad de responsabilidad limitada, razón social SOCIEDAD PRODUCTORA DE ÁRIDOS, SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA, RUT Nº 76.940.170-9, capital inicial y actual $10.000.000.- El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 07/09/2007 y se inscribió a fojas 38, Nº 30, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2007. I.ii.-) Modificada por escritura pública de fecha 11 /01/2017, suscrita en Notaria Francisco Yaber L. de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 13/01/2017. y se inscribió a fojas 18 Nº 10, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.iii.-) Modificada y transformada (a “SOPRAMAT SPA”) por escritura pública de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 y se inscribió a fojas 71 Nº 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.iv.-) Fue saneada la modificación y transformación precedente, por escritura pública de fecha 10/08/2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 y se inscribió a fojas fojas 73 Nº 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.v.-) Finalmente fue modificada por escritura pública de fecha 19/07/2022, suscrita en Notaria Ramón García Carrasco de Concepción. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 29/07/2022. y se inscribió a fojas 34 Nº 20, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2022. TERCERO: DE LA ASISTENCIA: 1º) ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, chileno, C.I. Nº 8.035.027-9, empresario, divorciado, domiciliado en calle José Domingo Cañas número 1404 departamento 34 Ñuñoa, Santiago, titular de 1000 acciones, en que se encuentra dividido, y representativas del 100% del capital social; y 2º) OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, chileno, C.I. Nº 13.859.806-3, empresario, casado y separado totalmente de bienes, domiciliados en Río Segre 2239, casa 3 condominio Guapuru Chillán. CUARTO: DE LA CALIFICACIÓN DE PODERES. Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. QUINTO: DEL QUÓRUM Y CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA. Al encontrarse reunidas la totalidad de las acciones emitidas de la sociedad, se declara instalada y constituida legalmente, la Junta extraordinaria de Accionistas. SEXTO: TABLA: Uno.-) SISTEMA DE VOTACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PODERES: Acuerdos sobre el tema: i) Atendido la estructura accionaria, el número singular de su propiedad, se acordó por la unanimidad de acciones presentes con derecho a voto, omitir la votación de las materias sometidas a su consideración y proceder en forma más expedita por simple aclamación. ii) Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. iii) Se dejó constancia que de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas, tenían derecho a participar en la presente Junta y ejercer sus derechos de voz y voto, los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas al momento de iniciarse la presente Junta; Dos.-) CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA: Acuerdos sobre el tema: El gerente General, don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, manifiesta se encuentran presentes todas las acciones con derecho a voz y a voto, actualmente emitidas por la sociedad, y solicita dejar constancia que esta Junta se había auto convocado de acuerdo con lo previsto en la ley, comprometiendo los accionistas unánimemente su asistencia, como en el hecho ha ocurrido, por lo cual, no fue necesario cumplir con las formalidades del caso. Se deja constancia que los accionistas conocían por escrito las exigencias previstas en la ley y en los estatutos de la sociedad para que la junta pueda válidamente reunirse, por lo que, con la aprobación unánime de los asistentes, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas de la sociedad, se declaró constituida esta Junta Extraordinaria de Accionistas. Tres.-) OBJETO DE LA JUNTA: Acuerdos sobre el tema: i) Ha sido tratar los temas urgentes y su regularización, especialmente los contemplados en los acuerdos que se adoptarán. ii) El saneamiento de reforma de los estatutos previamente acordada. Cuatro.-) SANEAMIENTO, MODIFICACIÓN, Y RATIFICACIÓN DE ACUERDOS. a.-) Por escritura pública de fecha 01 de Febrero de 2023, se redujo, junta extraordinaria de accionistas, suscrita en Notaria Ramón García Carrasco de Concepción, que contenía diversas modificaciones sociales. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 13 Febrero de 2023, y no pudo ser inscrito dentro de término legal, por haberse primitivamente acordado cambiar domicilio al Registro de Comercio de Santiago. Registro éste último que solicitó previó a practicar la inscripción respectiva, acompañarle físicamente y con firma electrónica, copias actualizadas y autorizadas todas con vigencia no superior a treinta días, de todos los títulos societarios, conforme se los refirió en cláusula segunda precedente, relativa los títulos societarios. b.-) Que, a dicha fecha, el plazo contemplado en el artículo 426 del Código de Comercio, era de un mes, para inscribir el extracto notarial, en el Registro de Comercio respectivo. En consecuencia, la exigencia anterior, atendida la dispersión y antigüedad de los títulos societarios, resultaba irracional e imposible de cumplir, dentro del plazo antes referido, previo a la publicación en el Diario Oficial el 23 de septiembre de 2023, de la Ley 21.608 que lo aumentó a sesenta días. c.-) Es por dicho motivo que, no se pudo inscribir dentro de término legal, el extracto notarial de la escritura pública referida en el literal “a.-)” precedente. d.-) En consecuencia, los comparecientes con el objeto de poder superar los vicios que, se han provocado, al no poder inscribir la modificación social en el registro de comercio, que se había acordado, conforme lo que contemplaba en el apartado “IV.CINCO.-)” numeral (3º) relativo al Cambio domicilio social. Que al efecto rezaba “(3º) Cambio domicilio social. Acuerdos sobre el tema: En conformidad al numeral 4º del artículo 67 de la Ley 18046, se modifica también el Titulo Primero Artículo tercero, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard, de Chillán, en lo relativo al domicilio social, que primitivamente se estableció en la ciudad de Bulnes, el cual se deja sin efecto, y en su lugar se establece que el domicilio social, será de ahora en adelante la ciudad de SANTIAGO.” Como se indicó previamente, dadas las exigencias irracionales e insalvables que, hicieron imposible inscribir la modificación social, dentro del breve plazo legal, que se contemplaba para tales efectos, es que se acuerda y decide dejar dicha decisión sin efecto y modificarla, acordando reemplazar dicha redacción, por una del siguiente tener “Domicilio social. Acuerdos sobre el tema: A partir de esta fecha se deja sin efecto, en forma inmediata, todo acuerdo que tenga por objeto mutar el domicilio social y en consecuencia, se decide mantener y ratificar lo previsto primitivamente en el Titulo Primero Artículo tercero, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard, Chillán, en lo relativo al domicilio social, que se estableció en la ciudad de Bulnes, el cual seguirá siendo para todos los efectos legales, en la ciudad de BULNES”. e.-) De este modo, los comparecientes sanean la referida Sociedad, de eventuales vicios que se hubieran provocado con la ausencia o imposibilidad de inscripción de modificación social, en el Registro de Comercio respectivo, remediando en los términos precedentemente expuestos, dando estricto cumplimiento en lo que corresponda, a lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales. f.-) Por otra parte y a mayor abundamiento, los comparecientes vienen en RATIFICAR EN FORMA EXPRESA, el resto de los acuerdos que se habían adoptado en la referida escritura pública de fecha 01 Febrero de 2023, en que se redujo, junta extraordinaria de accionistas, suscrita en Notaria Ramón García Carrasco de Concepción, que contenía diversas modificaciones sociales. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 13 Febrero de 2023 y que no pudo ser inscrito dentro de término legal, como se indicó, por los motivos, ya señalados. En consecuencia, se ratifican expresamente acuerdos relativos a: f.1.-) ENAJENACIÓN DE TOTALIDAD DE ACCIONES DE ACCIONISTA OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER. Acuerdos sobre el tema: En efecto, en cuanto a dicha materia, conforme se indicó, dando estricto cumplimiento a las normas legales, reglamentarias y estatutarias, especialmente contenidas en escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard, Chillán. En razón de lo anterior, OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3, procedió a vender la totalidad de sus acciones, ascendentes 1000 acciones, en que se encuentra dividido, y representativas del 100% del capital social de la sociedad SOPRAMAT SpA, Rol Único Tributario número 76.940.170-9, a don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, cedula nacional número 8.035.027-9, en precio y condiciones que da cuenta respectivo instrumento de compraventa de acciones, suscrito por instrumento privado con fecha 30 de Enero de 2023 cuyas firmas fueron autorizadas ante Notaria Tejos de Chillán. Para todos los efectos legales ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, asumió y se hizo cargo, a partir de dicha fecha, de cualquiera obligación o deuda que la sociedad mantenía o contrajera en lo sucesivo, liberando expresamente, sin limitación ni reserva de ninguna naturaleza a OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER. Se agradeció la participación en la sociedad de OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, quien dejó de ser parte de la misma, tomándose su lugar como se señaló ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI. f.2.-) NECESIDAD DE ACTUALIZAR Y AJUSTAR LOS ESTATUTOS SOCIALES A LA NUEVA ESTRUCTURA ACCIONIARIA. Acuerdos sobre el tema: Cambio de Gerente General. En conformidad a lo previsto en el Artículos Primero, de los Artículos Transitorios, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán, se decidió revocar y dejar sin efecto, el nombramiento de Gerente General, que recaía primitivamente en OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, quien como se señaló enajenó la totalidad de sus acciones, dejando de pertenecer a la sociedad, quien a mayor abundamiento, aceptó dicho cese de funciones, lo que a mayor abundamiento expresamente ratifica que acepta en este acto, firmando al pie en señal de aceptación y ratificación de dicha revocación, a partir de la fecha de dicho instrumento modificatorio, y en su lugar se designó como nuevo Gerente General a don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, quien en forma inmediata a partir de la fecha del referido instrumento modificatorio, asumió, la calidad de tal, lo que también es expresamente aceptado y ratificado, y se le faculta para obrar con el carácter de GERENTE GENERAL, con los derechos y obligaciones, con las facultades y en los términos, que establece la escritura de transformación antes aludida, especialmente en su Título Tercero. Octavo relativo a la administración. Acto seguido, el nuevo Gerente General designado, designando con tal carácter, ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, ya individualizado, en la comparecencia, acepta y expresamente el cargo, lo que por este acto ratifica, y firma al pie en señal de aceptación y ratificación. f.3.-) ACTUALIZACIÓN ESTATUTOS REFERENCIAS A ACCIONISTA ANTERIOR SE ENTIENDEN EFECTUADAS AL NUEVO. Acuerdos sobre el tema: Reforma de los estatutos sociales a fin de adecuarlos y actualizarlos a la nueva estructura accionaría, entendiéndose que toda referencia que se efectuó primitivamente, en la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán, al accionista OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, debe entenderse –ahora- realizada a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI. f.4.-) DOMICILIO SOCIAL. Acuerdos sobre el tema: Como ya se indicó, se mantiene y ratifica el Titulo Primero Artículo tercero, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard, Chillán, en lo relativo al domicilio social, manteniéndose y ratificando el domicilio social, en la ciudad de BULNES. f.5.-) AUTORIZACIÓN DE ENAJENACIÓN. Acuerdos sobre el tema: Conforme a la cláusula décimo segunda, de la escritura pública de transformación social, de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, son materias propias de la junta extraordinaria de accionistas, las contempladas en el artículo 67 de la Ley 18046, disposición que en su numeral 5, dispone “5) La disminución del capital social” y en su numeral 9 establece “9) La enajenación de 50% o más de su activo…”. Se decide y/o autoriza enajenar: derechos de aprovechamiento de aguas, consistentes en una coma novecientas acciones de regadío, de la comunidad de aguas del sector Río Claro, con que está dotada la parcela 27, del proyecto de Parcelación Los Leones, ubicada en la comuna de Cabrero, provincia de Bio bio, Región del Bio Bio; y según dan cuenta los siguientes antecedentes correlativos de dominio: 1) Inscripción compraventa derechos de aprovechamiento de aguas entre don Gilberto del Carmen Gacitua a Corporación de la Reforma Agraria, a fojas 6, número 5, en Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel, correspondiente al año 1976; 2) reinscripción de compraventa entre Francisco Uribe Castillo a Gilberto del Carmen Gacitua a fojas 67, número 32, en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2003; 3) Inscripción compraventa entre Sociedad Productora de Áridos, Servicios y Transporte Limitada a Francisco Samuel Uribe Castillo, a fojas 6, número 5, en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2017; El título de dominio, a mayor extensión, respecto de los derechos de aprovechamiento de aguas, antes señalados, rola reinscrito a fojas 11, número 7, en Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2014; La inscripción de dominio en favor de Sociedad P

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公司資料

SpA
Santiago, Región Metropolitana
管理方式: Gerente General

公司目的

explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

股份

1,000

股東(1)

姓名持股比例

ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

Accionista

8.xxx.xxx-9

100%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2007年8月23日

    Se constituye la sociedad SOCIEDAD PRODUCTORA DE ÁRIDOS, SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA.

  2. 其他行為· 2017年1月11日

    La sociedad es modificada.

  3. 公司形式轉換· 2017年3月1日

    La sociedad es modificada y transformada a SOPRAMAT SpA.

  4. 其他行為· 2017年8月10日

    Se sanea la modificación y transformación anterior.

  5. 其他行為· 2022年7月19日

    La sociedad es modificada.

  6. 權益轉讓· 2023年2月1日

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER vende la totalidad de sus acciones a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER · ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

  7. 管理人變更· 2023年2月1日

    Se revoca el cargo de Gerente General de OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER y se designa a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER · ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

  8. 名稱變更· 2023年2月1日

    Se actualizan referencias estatutarias a la nueva estructura accionaria, manteniendo el nombre SOPRAMAT SpA.

  9. 其他行為· 2023年2月1日

    Se cambia el domicilio social desde Bulnes a SANTIAGO y se autoriza enajenación de activos.

    ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI

摘要官方正文

JENARO MURILLO SANCHEZ, Notario Público suplente del titular de Concepción, don RAMÓN GARCÍA CARRASCO, con domicilio en calle Rengo 444, Concepción, Certifico: Por escritura pública de fecha 01 de Febrero de 2023, repertorio numero 1.129-2023, ante mí ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, chileno, cedula nacional de identidad número 8.035.027-9, empresario, divorciado, domiciliado en calle José Domingo Cañas numero mil cuatrocientos cuatro departamento treinta y cuatro Ñuñoa, Santiago, estando debidamente facultado viene en reducir a escritura púbica el acta que rola de foja doce del Libro respectivo y que es del siguiente tenor: ACTA N° DOS JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS SOPRAMAT SpA. A UNO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRES, siendo las 13:00 horas, se celebró en las dependencias de Notaria de don Ramón García Carrasco, ubicadas en calle Rengo 444, Concepción, esta junta extraordinaria DOS de accionistas de la sociedad SOPRAMAT SpA, Rol Único Tributario número 76.940.170-9, sociedad de giro explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros, capital inicial y actual $10.000.000.- de pesos, inscrita a fojas 38, Nº 30, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2007. I.-) DE LOS TITULOS SOCIETARIOS: - Se hace presente respecto de los títulos sociales que estos constan: I.i.-) Por escritura pública de fecha 23/08/2007, suscrita en Notaria Luciano Cruz Muñoz de Bulnes, se constituyó, sociedad de responsabilidad limitada, razón social SOCIEDAD PRODUCTORA DE ÁRIDOS, SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA, RUT Nº 76.940.170-9, capital inicial y actual $10.000.000.- El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 07/09/2007 y se inscribió a fojas 38, Nº 30, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2007. I.ii.-) Modificada por escritura pública de fecha 11 /01/2017, suscrita en Notaria Francisco Yaber L. de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 13/01/2017. y se inscribió a fojas 18 Nº 10, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.iii.-) Modificada y transformada (a “SOPRAMAT SPA”) por escritura pública de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 y se inscribió a fojas 71 Nº 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.iv.-) Fue saneada la modificación y transformación precedente, por escritura pública de fecha 10/08/2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 y se inscribió a fojas fojas 73 Nº 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.v.-) Finalmente fue modificada por escritura pública de fecha 19/07/2022, suscrita en Notaria Ramón García Carrasco de Concepción. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 29/07/2022. y se inscribió a fojas 34 Nº 20, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2022. II.-) DE LA ASISTENCIA: 1º) OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, chileno, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3, empresario, casado y separado totalmente de bienes, domiciliados en Río Segre 2239, casa 3 condominio Guapuru Chillán. 2º) ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, chileno, cedula nacional de identidad número 8.035.027-9, empresario, divorciado, domiciliado en calle José Domingo Cañas numero 1404 departamento 34 Ñuñoa, Santiago, titular de 1000 acciones, en que se encuentra dividido, y representativas del 100% del capital social. III.-) DE LA CALIFICACIÓN DE PODERES. Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. IV.-) DEL QUÓRUM Y CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA. Al encontrarse reunidas la totalidad de las acciones emitidas de la sociedad, se declara instalada y constituida legalmente, la Junta extraordinaria de Accionistas. V.-) TABLA: V.UNO.-) SISTEMA DE VOTACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PODERES: Acuerdos sobre el tema: i) Atendido la estructura accionaria, el número singular de su propiedad, se acordó por la unanimidad de acciones presentes con derecho a voto, omitir la votación de las materias sometidas a su consideración y proceder en forma más expedita por simple aclamación. ii) Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. iii) Se dejó constancia que de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas, tenían derecho a participar en la presente Junta y ejercer sus derechos de voz y voto, los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas al momento de iniciarse la presente Junta. V.DOS.-) CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA: Acuerdos sobre el tema: El gerente General, ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, manifestó que se encontraban presentes todas las acciones con derecho a voz y a voto, actualmente emitidas por la sociedad, y pidió dejar constancia que esta Junta se había auto convocado de acuerdo con lo previsto en la ley, comprometiendo los accionistas unánimemente su asistencia, como en el hecho ha ocurrido, por lo cual, no fue necesario cumplir con las formalidades del caso. Se dejó constancia que los accionistas conocían por escrito las exigencias previstas en la ley y en los estatutos de la sociedad para que la junta pueda válidamente reunirse, por lo que, con la aprobación unánime de los asistentes, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas de la sociedad, se declaró constituida esta Junta Extraordinaria de Accionistas. V.TRES.-) OBJETO DE LA JUNTA: Acuerdos sobre el tema: i) Ha sido tratar los temas urgentes y su regularización, especialmente los contemplados en los acuerdos precedentes del punto “V.Uno.-)”. ii) Reforma de los estatutos sociales a fin de adecuarlos y actualizarlos a la nueva estructura accionaria que se ha establecido, con la enajenación de la totalidad de acciones sociales. IV.CUATRO.-) ENAJENACIÓN DE TOTALIDAD DE ACCIONES DE ACCIONISTA OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER. Acuerdos sobre el tema: i) Dando estricto cumplimiento a las normas legales, reglamentarias y estatutarias, especialmente contenidas en escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán. ii) En razón de lo anterior, OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3, procedió a vender la totalidad de sus acciones, ascendentes 1000 acciones, en que se encuentra dividido, y representativas del 100% del capital social de la sociedad SOPRAMAT SpA, Rol Único Tributario número 76.940.170-9, a don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, cedula nacional número 8.035.027-9, en precio y condiciones que da cuenta respectivo instrumento de compraventa de acciones, suscrito por instrumento privado cuyas firmas fueron autorizadas ante Notaria Tejos de Chillán. iii) Para todos los efectos legales ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, asume y se hace cargo, de cualquiera obligación o deuda que la sociedad mantenga o contraiga en lo sucesivo, liberando expresamente, sin limitación ni reserva de ninguna naturaleza a OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER. iv) Se agradece la participación en la sociedad de OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, quien deja ser parte de la misma, tomándose su lugar como se señaló ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI. IV.CINCO.-) NECESIDAD DE ACTUALIZAR Y AJUSTAR LOS ESTATUTOS SOCIALES A LA NUEVA ESTRUCTURA ACCIONIARIA. Acuerdos sobre el tema: (1º.-) Cambio de Gerente General. En conformidad a lo previsto en el Artículos Primero, de los Artículos Transitorios, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán, se decide revocar y dejar sin efecto, el nombramiento de Gerente General, que recaía primitivamente en OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, quien como se señaló enajenó la totalidad de sus acciones, dejando de pertenecer a la sociedad, quien a mayor abundamiento acepta dicho cese de funciones firmando al pie en señal de aceptación, a partir de esta fecha y en su lugar se designa como nuevo Gerente General a don ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, quien en forma inmediata y en lo sucesivo asume la calidad de tal, se le faculta para obrar con el carácter de GERENTE GENERAL, con los derechos y obligaciones, con las facultades y en los términos, que establece la escritura de transformación antes aludida, especialmente en su Titulo Tercero. Octavo relativo a la administración. Acto seguido, el nuevo Gerente General designado, designando con tal carácter, ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, ya individualizado, en la comparecencia, aceptó expresamente el cargo, y firma al pie en señal de aceptación. (2º.-) Actualización estatutos referencias a accionista anterior se entienden efectuadas al nuevo. Acuerdos sobre el tema: Reforma de los estatutos sociales a fin de adecuarlos y actualizarlos a la nueva estructura accionaría, entendiéndose que toda referencia que se efectuó primitivamente, en la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán, al accionista OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, debe entenderse –ahora- realizada a ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI. (3º.-) Cambio domicilio social. Acuerdos sobre el tema: En conformidad al numeral 4º del artículo 67 de la Ley 18046, se modifica también el Titulo Primero Artículo tercero, de la escritura pública de transformación social de fecha 01 de Marzo de 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard, Chillán, en lo relativo al domicilio social, que primitivamente se estableció en la ciudad de Bulnes, el cual se deja sin efecto, y en su lugar se establece que el domicilio social, será de ahora en adelante la ciudad de SANTIAGO. (4º.-) Autorización de enajenación. Acuerdos sobre el tema: Conforme a la cláusula decimo segunda, de la escritura pública de transformación social, de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, son materias propias de la junta extraordinaria de accionistas, las contempladas en el artículo 67 de la Ley 18046, disposición que en su numeral 5, dispone “5) La disminución del capital social” y en su numeral 9 establece “9) La enajenación de 50% o más de su activo…”. Se decide y/o autoriza enajenar: derechos de aprovechamiento de aguas, consistentes en una coma novecientas acciones de regadio, de la comunidad de aguas del sector Río Claro, con que esta dotada la parcela 27, del proyecto de Parcelación Los Leones, ubicada en la comuna de Cabrero, provincia de Bio bio, Región del Bio Bio; y según dan cuenta los siguientes antecedentes correlativos de dominio: 1) Inscripción compraventa derechos de aprovechamiento de aguas entre don Gilberto del Carmen Gacitua a Corporación de la Reforma Agraria, a fojas 6, número 5, en Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel, correspondiente al año 1976; 2) reinscripción de compraventa entre Francisco Uribe Castillo a Gilberto del Carmen Gacitua a fojas 67, número 32, en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2003; 3) Inscripción compraventa entre Sociedad Productora de Aridos, Servicios y Transporte Limitada a Francisco Samuel Uribe Castillo, a fojas 6, número 5, en Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2017; El titulo de dominio, a mayor extensión, respecto de los derechos de aprovechamiento de aguas, antes señalados, rola reinscrito a fojas 11, número 7, en Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2014; La inscripción de dominio en favor de Sociedad Productora de Aridos, Servicios y Transporte Limitada, hoy SOPRAMAT SpA, rola inscrita a su favor a fojas 64, número 35, en Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, correspondiente al año 2017. Adquirió por constitución de dominio de derechos de aprovechamiento, inscripción practicada en conformidad al articulo primero transitorio del Código de Aguas. (5º.-) Quorum de acuerdos, relativos a materias propias de junta extraordinaria conforme artículo 67 numerales 4, 5, 9 de la Ley 18.046, tratados en acuerdos precedentes. Acuerdos sobre el tema: Atendido que las materias tratadas en los acuerdos precedentes dicen relación con cambio de domicilio, disminución o enajenación de activo social. Se deja constancia, que dichos acuerdos han sido adoptados por mayoría absoluta, habida consideración que, el compareciente ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, en su calidad de Gerente General, es titular de las 1000 acciones, en que se encuentra dividido el capital, representativas del 100% de dicho capital social, entendiéndose para todos los efectos legales que los acuerdos han sido adoptados en forma unánime. Lo que a mayor abundamiento, se acredita con el respectivo “certificado de vigencia de accionistas Sopramat SpA” emitido con esta misma fecha, que da cuenta de las circunstancias recién indicadas. VI.-) CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS Y REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: Acuerdos sobre el tema: i) Se convino llevar a efecto todos los acuerdos adoptados en esta Junta extraordinaria de Accionistas, en forma inmediata y en cuanto, el acta de la presente Junta haya sido firmada por todos los accionistas asistentes a ella. ii) Facultan al gerente general ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI, para reducir a escritura púbica el acta de la presente sesión, incorporarla al libro respectivo y para requerir, firmar, actualizar su estatuto, y sus inscripción en el Registro de Comercio Respectivo. El Gerente General estima que, no habiendo más que tratar se puso término a la junta. Hay firma ilegible. OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER cédula nacional de identidad número 13.859.806-3; ANDRES YAMIL MATAMALA HALABI cédula nacional de identidad número 8.035.027-9. Concepción, 06 Febrero 2023.

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公司資料

SpA
Rengo, O'Higgins
管理方式: Gerente General

公司目的

explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

待繳資本

$0

股份

1,000

股東(1)

姓名持股比例

OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER

Accionista

13.xxx.xxx-3

100%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2007年8月23日

    Se constituyó la sociedad Sociedad Productora de Áridos, Servicios y Transporte Limitada.

  2. 其他行為· 2017年1月11日

    La sociedad fue modificada por escritura pública.

  3. 公司形式轉換· 2017年3月1日

    La sociedad fue modificada y transformada a SOPRAMAT SpA.

  4. 其他行為· 2017年8月10日

    Se saneó la modificación y transformación anterior.

  5. 名稱變更· 2022年7月19日

    Se rectificó y saneó la razón social para que quede como SOPRAMAT SpA.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER

  6. 其他行為· 2022年7月19日

    Se autorizó la enajenación de un bien raíz social.

    OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER

摘要官方正文

OLAYA FERRADA GARRIDO, Notario Público suplente del titular, don Ramón García Carrasco, Concepción, con domicilio en calle Rengo 444 Certifico: Por escritura pública de fecha 19 de Julio de 2022, repertorio numero 6990-2022, ante mí, OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, chileno, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3, empresario, casado, domiciliado en Río Segre 2239, casa 3, condominio Guapuru Chillán, estando debidamente facultado redujo a escritura púbica el acta que rola de foja uno del Libro respectivo y que es del siguiente tenor: ACTA N° UNO JUNTA EXTRAORDINARIA DE SOCIEDAD, SOPRAMAT SpA A DIECINUEVE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIDOS, siendo las nueve horas, se celebró en dependencias de la Notaria ubicada en calle Rengo 444, ésta sesión número UNO de accionistas de la sociedad SOPRAMAT SpA, Rol Único Tributario número 76.940.170-9, sociedad de giro explotación, extracción, procesamiento y distribución de áridos entre otros, capital inicial y actual $10.000.000.- de pesos. I.-) DE LOS TITULOS SOCIETARIOS: - Se hace presente respecto de los títulos sociales que estos constan:I.i.-) Por escritura pública de fecha 23/08/2007, suscrita en Notaria Luciano Cruz Muñoz de Bulnes, se constituyó, sociedad de responsabilidad limitada, razón social SOCIEDAD PRODUCTORA DE ÁRIDOS, SERVICIOS Y TRANSPORTE LIMITADA, RUT Nº 76.940.170-9, capital inicial y actual $10.000.000.- El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 07/09/2007 y se inscribió a fojas 38, Nº 30, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2007. I.ii.-) Modificada por escritura pública de fecha 11 /01/2017, suscrita en Notaria Francisco Yaber L. de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 13/01/2017. y se inscribió a fojas 18 Nº 10, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. I.iii.-) Modificada y transformada (a “SOPRAMAT SPA”) por escritura pública de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 y se inscribió a fojas 71 Nº 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017.I.iv.-) Finalmente fue Saneada la modificación y transformación precedente, por escritura pública de fecha 10/08/2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán. El extracto de dicha escritura fue publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 y se inscribió a fojas 73 Nº 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017.II.-) DE LA ASISTENCIA: 1º) OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, chileno, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3, empresario, casado y separado totalmente de bienes, domiciliados en Río Segre 2239, casa 3 condominio Guapuru Chillán, Gerente General de la sociedad, titular de 1000 acciones, en que se encuentra dividido, y representativas del 100% del capital social.III.-) DE LA CALIFICACIÓN DE PODERES. Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. IV.-) DEL QUÓRUM Y CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA. Al encontrarse reunidas la totalidad de las acciones emitidas de la sociedad, se declara instalada y constituida legalmente, la Junta extraordinaria de Accionistas. V.-) TABLA: V.Uno.-) NECESIDAD DE RECTIFICAR Y SANEAR RAZON SOCIAL ACTUAL, PARA AJUSTARLA AL ORDENAMIENTO LEGAL APLICABLE A LA ESPECIE. (1º.-) Acuerdo número uno. Rectificar la razón social. Como se indicó precedentemente, respecto de los títulos sociales, por escritura pública de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, se procedió a transformar la sociedad que inicialmente se constituyó como Limitada, para pasar ahora, a adquirir la forma societaria de, sociedad por acciones. Esta modalidad, fue incorporada por la Ley Nº 20190 (publicada en el Diario Oficial de fecha 05/06/2017) al Código de Comercio, entre los artículos 424 a 446, ambas disposiciones inclusive. Y en lo que importa a esta junta, el artículo 425 del Código de Comercio, establece que el acto constitutivo, debe ir acompañado de un estatuto, el que debe contener “a lo menos” entre otras menciones, la del numeral 1.- “El nombre de la sociedad, que deberá concluir con la expresión "SpA". No obstante lo anterior, en la escritura de transformación social, precitada, se consignó erradamente en la cláusula quinta, titulo primero de las disposiciones permanentes, referente al nombre o razón social “PRIMERO: la sociedad se denominará SOPRAMAT SPA”. Al no terminar la razón social, aludiendo la letra “p” con minúscula como imperativamente exige el legislador, sino que con mayúsculas, dicha denominación antilegal, ha sido traspasada a todos los pasajes en que se alude a la razón social, en la escritura de transformación social de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard Chillán, de igual manera, se extendió dicho vicio, al extracto notarial debidamente publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 e inscrito a fojas 71, número 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. Como asimismo, fue traspasado al saneamiento de dicha transformación social suscrito por escritura pública de fecha 10/08/2017, en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán y su respectivo extracto notarial, publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 e inscrito a fojas 73 número 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. De tal manera el compareciente decide rectificar, la escritura de transformación social a que se ha venido aludiendo, específicamente a su cláusula quinta, titulo primero de las disposiciones permanentes, en lo referente al nombre o razón social, en el sentido y forma que a continuación se expresa, dejando la anterior redacción, sin efecto y reemplazándola por una del siguiente tenor: “PRIMERO: la sociedad se denominará SOPRAMAT SpA” la que comienza a regir inmediatamente a partir de esta fecha. (2º.-) Acuerdo número dos. Sanear vicios por anterior razón social. (ii) Asimismo el compareciente decide sanear la referida Sociedad, de eventuales vicios que, se hubieran provocado, con la errada terminación de la razón social que se mantenía, en la escritura de transformación social, cláusula quinta, titulo primero de las disposiciones permanentes, suscrita por escritura pública de fecha 01/03/2017, en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, vicio replicado en el extracto notarial publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 e inscrito a fojas 71, número 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. Como asimismo, replicado en el saneamiento de dicha transformación social, suscrito por escritura pública de fecha 10/08/2017, en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán y su respectivo extracto notarial, publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 e inscrito a fojas 73 número 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. Vicios remediados, en los términos previstos en el acuerdo precedente, dando estricto cumplimiento en lo que corresponda, a lo dispuesto en el artículo 428 del Código de Comercio, en relación con, los artículos 6º y 6º A de la Ley 18.046, y Ley numero 19.499 que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y modifica el Código de Comercio y otros cuerpos legales. (3º.-) Acuerdo número Tres. Alcance de rectificación y saneamiento precedentes. En la forma relacionada se rectifica y sanea el estatuto social contenido en escritura de transformación social, a que se ha venido refiriendo, de la que pasan a formar parte integrante, manteniendo plena validez, en todo lo demás, dicha escritura. (4º.-) Acuerdo número Cuatro. Autorización de enajenación de bien raíz social. Conforme a la cláusula decimo segunda, de la escritura pública de transformación social, de fecha 01/03/ 2017, suscrita en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, son materias propias de la junta extraordinaria de accionistas, las contempladas en el artículo 67 de la Ley 18046, disposición que en su numeral 5, dispone “5) La disminución del capital social” y en su numeral 9 establece “9) La enajenación de 50% o más de su activo…”. Se decide y/o autoriza enajenar el inmueble consistente en Parcela número 27, de una superficie aproximada de 51,6 hectáreas, formada de varios predios rústicos ubicados en la comuna de Cabrero, provincia de Bio Bio, que deslinda según sus títulos: NORTE, parte de parcela número 28, y parcela número 26; ORIENTE, parte con parcela número 26, y parcela número 25; SUR, parte con reserva Coihuico Sur y reserva Cora Lote C; y PONIENTE, parte con reserva Cora Lote C y parcela número 28; y segundo: una veintinueve ava parte del bien común general denominada bodega, de una superficie aproximada de una hectárea, formada de varios predios rústicos ubicados en la comuna de Cabrero, provincia de Bio Bio, Región del Bio Bio, que deslinda según sus títulos: NORTE, con bien común especial, camino de por medio; ORIENTE, parte con reserva de la reforma Agraria lote a y parcela número 6; SUR, parcela número 6; y PONIENTE, con sitio número 7. Adquirió la referida propiedad y la obtuvo para sí, la sociedad debidamente representada, por tradición derivada de compraventa celebrada por escritura pública de fecha 13 de Diciembre de 2016, suscrita en Notaria Olalde de Chillán. El dominio se encuentra inscrito actualmente a favor de la parte vendedora, a fojas 6, número 5 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero correspondiente al año 2017. Para efectos del pago de contribuciones territoriales la propiedad tiene el rol de avalúo número 251-56 de la Comuna de Cabrero. (5º.-) Acuerdo número Cinco. Quorum de acuerdos, relativos a materias propias de junta extraordinaria conforme artículo 67 numerales 5, 9 y 14 de la Ley 18.046, tratados en acuerdos precedentes. Atendido que las materias tratadas en los acuerdos precedentes dicen relación con saneamiento de vicios, disminución o enajenación de más del 50% del activo social. Se deja constancia, que dichos acuerdos han sido adoptados por mayoría absoluta, habida consideración que, el compareciente OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, en su calidad de Gerente General, es titular de las 1000 acciones, en que se encuentra dividido el capital, representativas del 100% de dicho capital social. Lo que a mayor abundamiento, se acredita con el respectivo “certificado de vigencia de accionistas Sopramat SpA” emitido con esta misma fecha, que da cuenta de las circunstancias recién indicadas. V.DOS.-) SISTEMA DE VOTACIÓN Y CALIFICACIÓN DE PODERES: Acuerdo número Dos: i) Atendido la estructura accionaria, el número singular de su propiedad, se acordó por la unanimidad de acciones presentes con derecho a voto, omitir la votación de las materias sometidas a su consideración y proceder en forma más expedita por simple aclamación. ii) Fueron debidamente calificados y aprobados los poderes presentados a esta Junta. iii) Se dejó constancia que de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 18.046 sobre Sociedades Anónimas, tenían derecho a participar en la presente Junta y ejercer sus derechos de voz y voto, los titulares de acciones inscritas en el Registro de Accionistas al momento de iniciarse la presente Junta. V.TRES.-) CONSTITUCIÓN LEGAL DE LA JUNTA: Acuerdo número Seis: El gerente General, OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, manifestó que se encontraban presentes todas las acciones con derecho a voz y a voto, actualmente emitidas por la sociedad, y pidió dejar constancia que esta Junta se había auto convocado de acuerdo con lo previsto en la ley, comprometiendo los accionistas unánimemente su asistencia, como en el hecho ha ocurrido, por lo cual, no fue necesario cumplir con las formalidades del caso. Se dejó constancia que los accionistas conocían por escrito las exigencias previstas en la ley y en los estatutos de la sociedad para que la junta pueda válidamente reunirse, por lo que, con la aprobación unánime de los asistentes, que representan el cien por ciento de las acciones emitidas de la sociedad, se declaró constituida esta Junta Extraordinaria de Accionistas. V.CUATRO.-) OBJETO DE LA JUNTA: Acuerdo número Siete: i) Ha sido tratar los temas urgentes y su regularización, especialmente los contemplados en los acuerdos precedentes del punto “V.Uno.-)”. ii) Reforma de los estatutos sociales a fin de adecuarlos y actualizarlos a la nueva razón social que se ha establecido precedentemente, ahora cumpliendo con la terminación conforme lo exige la ley, esto es SOPRAMAT SpA. Entendiéndose que toda referencia que se efectuó primitivamente, en los títulos societarios, especialmente escritura pública de transformación social de fecha 01/03/2017, en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán, extracto notarial publicado en el Diario oficial de fecha 10/03/2017 e inscrito a fojas 71, número 43, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017. Escritura pública de saneamiento de dicha transformación social, suscrita con fecha 10/08/2017, en Notaria Juan Armando Bustos Bonard de Chillán y su respectivo extracto notarial, publicado en el Diario oficial de fecha 19/08/2017 e inscrito a fojas 73 número 44, del Registro de Comercio de Bulnes, correspondiente al año 2017 debe entenderse –ahora- realizada a la actual razón social SOPRAMAT SpA, la que como se indicó, pasa a regir de inmediato, a partir de esta misma fecha. V.-) CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS Y REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: i) Se convino llevar a efecto todos los acuerdos adoptados en esta Junta extraordinaria de Accionistas, en forma inmediata y en cuanto, el acta de la presente Junta haya sido firmada por todos los accionistas asistentes a ella. ii) Facultan al gerente general OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, para reducir a escritura púbica el acta de la presente sesión, incorporarla al libro respectivo y para requerir, firmar, actualizar su estatuto, y sus inscripción en el Registro de Comercio Respectivo. El Gerente General estima que, no habiendo más que tratar se puso término a la junta. Hay firma ilegible. OSCAR GERMAN VASQUEZ OYANEDER, cédula nacional de identidad número 13.859.806-3. Concepción, Julio 20 de 2022.

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