股份公司76.939.777-9

Envases Plásticos SpA

MODIFICACIÓN — 2019年7月4日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-07-04查看 PDF(CVE 1616479)

公司資料

SpA
Carretera General San Martín número 8.000 bodegas números 5 y 7B

資本

總資本

$9.000.000

實繳資本

$9.000.000

待繳資本

$0

股份

9,000

股東(3)

姓名持股比例

INVERSIONES RIFF LIMITADA

Accionista

76.078.089-8

33.3%

MARIO AGUSTIN SALES AMENGUAL

Accionista

9.xxx.xxx-3

33.4%

ALBERTO NASIFF FARAY

Accionista

5.xxx.xxx-3

33.3%

法定代理(3)

Jean Michel Nasiff Davis

10.xxx.xxx-k代表 SALES Y COMPAÑÍA SpA.76.112.927-9

Cristián Emilio Sales Zlatar

10.xxx.xxx-7代表 SALES Y COMPAÑÍA SpA.76.112.927-9

Salvador Rodrigo Cortés Tonini

9.xxx.xxx-6代表 INVERSIONES RIFF LIMITADA76.078.089-8

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2018年8月31日

    Se constituyó Envases Plásticos SpA. con un capital de $9.000.000.

  2. 其他行為

    Se deja constancia de una compraventa de acciones no objeto de extracto.

  3. 資本變更· 2019年6月12日

    Se modifica el artículo primero transitorio para redistribuir la suscripción y pago del capital entre los accionistas.

    INVERSIONES RIFF LIMITADA · MARIO AGUSTIN SALES AMENGUAL · ALBERTO NASIFF FARAY

摘要官方正文

FRANCISCO JOSE LIRA TEUBER, Notario Suplente del Titular Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, con oficio en Bandera 341, oficina 352, Santiago, Región Metropolitana, certifica Con fecha 12 de junio de 2019, bajo el Repertorio Nº 20.897, ante mí: La sociedad SALES Y COMPAÑÍA SpA., RUT Nº 76.112.927-9, debidamente representada por don Jean Michel Nasiff Davis C.I Nº 10.031.651-K y por don Cristián Emilio Sales Zlatar C.I Nº 10.951.810-7 todos con domicilio para estos efectos en Carretera General San Martín número 8.000 bodegas números 5 y 7B, comuna de Quilicura, cuidad de Santiago, Región Metropolitana; la sociedad INVERSIONES RIFF LIMITADA, RUT Nº 76.078.089-8, debidamente representada por don Salvador Rodrigo Cortés Tonini C.I Nº 9.667.714-6, ambos con domicilio para estos efectos en calle San Nicolás número 760, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; don MARIO AGUSTIN SALES AMENGUAL, C.I Nº 9.489.247-3, con domicilio para estos efectos en calle San Nicolás número 760, comuna de San Miguel, cuidad de Santiago, Región Metropolitana; y don ALBERTO NASIFF FARAY, C.I. Nº 5.748.471-3, con domicilio para estos efectos en calle Napoleón número 3565 oficina número 603, comuna de Las Condes, cuidad de Santiago, Región Metropolitana los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaran su identidad con las cédulas citadas y exponen: ANTECEDENTES: El capital de la Sociedad Envases Plásticos SpA., asciende a la suma de $9.000.000 dividido en 9.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que esta suscrito y pagado de la siguiente manera: a) La sociedad SALES Y COMPAÑÍA SpA. a través de sus representantes legales, es dueño de 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33,33 por ciento del capital social; b) La sociedad INVERSIONES RIFF LIMITADA a través de su representante legal, es dueña de 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33,33 por ciento del capital social; c) Don MARIO AGUSTIN SALES AMENGUAL, es dueño de 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33,34 por ciento del capital social. La sociedad “ENVASES PLÁSTICOS SpA.”, se constituyó el día 31 de agosto de 2018 en la Notaría de Santiago de don Ricardo Reveco Hormazábal bajo el repertorio número 27.658, cuyo extracto se inscribió a fojas 70.484 número 36.133 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2018, y se publicó en la Edición número 42.160 del Diario Oficial de fecha 20 de septiembre del mismo año.- COMPRAVENTA DE ACCIONES: Materia no objeto de extracto.- MODIFICACIÓN SOCIAL: Como consecuencia de la compraventa de acciones detallada en la escritura extractada, los actuales socios convienen las siguientes modificaciones: 1) Se reemplaza el Artículo Primero Transitorio del por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad asciende a $9.000.000 dividido en 9.000 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES RIFF LIMITADA a través de su representante legal, suscribe 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33.3 por ciento del capital social, de contado, en dinero en efectivo ya ingresados a la caja social; b) Don MARIO AGUSTÍN SALES AMENGUAL suscribe 3.300 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33,4 por ciento del capital social, de contado, en dinero en efectivo ya ingresados a la caja social; c) Don ALBERTO NASIFF FARAY, suscribe 3.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor de $3.000.000, equivalente al 33,3 por ciento del capital social, de contado, en dinero en efectivo ya ingresados a la caja social.- 2) Se agrega el Artículo Vigésimo Tercero al estatuto social: “ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO: Derecho de Primera Opción de Compra: En caso de existir dos o más accionistas de la Sociedad, ninguno de los accionistas podrá vender, ceder, transferir o enajenar sus acciones de la Sociedad, en adelante las “Acciones”, sin ofrecerlas previa y preferentemente en venta a los otros accionistas, en virtud del “Derecho de Primera Opción de Compra” que se establece. En el evento que ninguno de los ofertados (accionistas) ejerza el Derecho de Primera Opción de Compra dentro del plazo de 30 corridos, contado desde la recepción de la oferta por cualquier medio escrito en donde conste la oferta formal, el oferente, a partir del vencimiento de ese plazo, podrá ofrecerlas y venderlas a un tercero o a un tercero oferente que le haya hecho una oferta para comprar sus acciones. Si el oferente no lograre vender sus acciones a un tercero o a un tercero oferente, según corresponda, en los plazos de 15 corridos, contados desde el vencimiento del plazo de 30 días corridos indicado precedentemente, éste no podrá vender, ceder, transferir o enajenar dichas acciones, sin antes ofrecerlas nuevamente en venta a los otros accionistas. En el evento que uno o más de los ofertados ejerzan el Derecho de Primera Opción de Compra dentro del plazo de 30 días indicado precedente mediante comunicación escrita enviada al oferente, este último deberá vender a tal o tales ofertados el total de las acciones ofrecidas a la venta. SANTIAGO, 26 de Junio del 2019. FRANCISCO LIRA TEUBER.

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    CVE 1616479

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