有限責任公司76.923.888-3

Inmobiliaria E Inversiones Valora Limitada

MODIFICACIÓN — 2021年11月29日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2021-11-29查看 PDF(CVE 2049317)

公司資料

Ltda

股東(2)

姓名持股比例

ALDO LUIS CATALÁN ROBLERO

Socio

6.xxx.xxx-6

50%

IBÁN JORGE CATALÁN ROBLERO

Socio

6.xxx.xxx-8

50%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2018年8月24日

    Se constituyó la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Valora Limitada, con nombre de fantasía Valora Ltda.

    ALDO LUIS CATALÁN ROBLERO · IBÁN JORGE CATALÁN ROBLERO

摘要官方正文

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Notario Público, Suplente del titular de la 2ª Notaría de Santiago, oficio en Calle Amunátegui setenta y tres, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 12-11-2021, ante mí, don ALDO LUIS CATALÁN ROBLERO, chileno, divorciado, ingeniero civil, cédula de identidad número seis millones quinientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y tres guion seis, con domicilio en Camino del Mirador interior número quince mil treinta guion treinta y dos, Chamisero, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, y don IBÁN JORGE CATALÁN ROBLERO, chileno, casado, Industrial, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos noventa y un mil ochocientos cincuenta y dos guion ocho, con domicilio en calle Los Pinos número cero tres mil trescientos noventa y cinco, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana como únicos socios de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES VALORA LIMITADA", nombre de fantasía “VALORA LTDA."” constituida mediante escritura pública de fecha 24 de agosto de 2018, otorgada en la Notaria de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, un extracto autorizado se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 68185, número 34946, correspondiente al año dos mil dieciocho y se publicó en la edición del Diario Oficial el día 10 de septiembre del mismo año, acodaron modificar la Cláusula Octava de los estatutos sociales, como sigue: OCTAVO. La sociedad practicará balances al treinta y uno de diciembre de cada año. Las utilidades y pérdidas que arroje un balance se repartirán en la siguiente proporción: don IBAN JORGE CATALAN ROBLERO un cincuenta por ciento; y don ALDO LUIS CATALAN ROBLERO un cincuenta por ciento. Los balances se entenderán aprobados, por cada socio, si no fueren objetados dentro de los treinta días desde que fueren puestos en su conocimiento. De las objeciones al balance, resolverá el árbitro que, más adelante se designa. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 25 de noviembre 2021.

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  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES VALORA LIMITADA

    CVE 2049317

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