有限責任公司76.923.871-9

Grant Thornton Auditoría y Servicios Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年4月2日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-04-02查看 PDF(CVE 2629140)

公司資料

Ltda
Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603

資本

總資本

$10.000.000

股東(11)

姓名持股比例

Carlos Hernán Muñoz Saravia

Socio

33%

Luis Humberto Velásquez Molina

Socio

6%

Robinson Ramiro Lizana Tapia

Socio

4%

Cristián Gonzalo Bastián Escobar

Socio

16.5%

Alejandro Luis Cerda Gallardo

Socio

16.5%

Teresa de Jesús Oliva Santibáñez

Socio

7%

Alejandro Andrés Gutiérrez Varela

Socio

4%

Fabiola Alejandra Escobar Conejeros

Socio

4%

Eugenio Jesús Poblete Montoya

Socio

3%

Rafael Alejandro Malla Osorio

Socio

3%

José Antonio Tapia Alucema

Socio

3%

摘要官方正文

Ministerio del Interior Evaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la Notaría N° 29 de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 17 de marzo de 2025, con el repertorio 1476-2025, ante mí, comparecieron Carlos Hernán Muñoz Saravia, Luis Humberto Velásquez Molina, Robinson Lizana Tapia, Cristián Gonzalo Bastián Escobar, Alejandro Luis Cerda Gallardo, Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, Alejandro Andrés Gutiérrez Varela, Fabiola Alejandra Escobar Conejeros, Nicolás Jesús Alegría Ojeda, Rafael Alejandro Malla Osorio, José Antonio Tapia Alucema, Javier Alejandro Veloso Ríos y Eugenio Poblete Montoya, únicos socios de la sociedad Grant Thornton Auditoría y Servicios Limitada (ya sea retirándose, manteniéndose o incorporándose), en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 69.665 con el número 35.701 en el Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, aprobando que: (i) Nicolás Jesús Alegría Ojeda venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 5% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para lo cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga la suma de $500.000 a Nicolás Jesús Alegría Ojeda; (ii) Nicolás Jesús Alegría Ojeda venda, ceda y transfiera a Eugenio Jesús Poblete Montoya, el 3% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para lo cual Eugenio Poblete Montoya paga la suma de $300.000 a Nicolás Jesús Alegría Ojeda; y (iii) Javier Alejandro Veloso Ríos venda, ceda y transfiera a Carlos Hernán Muñoz Saravia, el 3% de los derechos sociales en el capital y patrimonio de la Sociedad, para los cual Carlos Hernán Muñoz Saravia paga la suma de $300.000 a Javier Alejandro Veloso Ríos. En atención de la cesión de derechos sociales antes descrita se modifica íntegramente la cláusula cuarta de los estatutos de la Sociedad por el siguiente texto: “CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de $10.000.000, cantidad que los socios enteran de la siguiente forma: a) El socio CARLOS HERNÁN MUÑOZ SARAVIA aporta la cantidad de $3.300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 33% del capital social; b) El socio LUIS HUMBERTO VELÁSQUEZ MOLINA aporta la cantidad de $600.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 6% del capital social; c) El socio ROBINSON RAMIRO LIZANA TAPIA aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; d) El socio CRISTIÁN GONZALO BASTIÁN ESCOBAR aporta la cantidad de $1.650.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 16,5% del capital social; e) El socio ALEJANDRO LUIS CERDA GALLARDO aporta la cantidad de $1.650.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 16,5% del capital social; f) La socia TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ aporta la cantidad de $700.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 7% del capital social; g) El socio ALEJANDRO ANDRÉS GUTIÉRREZ VARELA aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; h) La socia FABIOLA ALEJANDRA ESCOBAR CONEJEROS aporta la cantidad de $400.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 4% del capital social; i) El socio EUGENIO JESÚS POBLETE MONTOYA aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; j) El socio RAFAEL ALEJANDRO MALLA OSORIO aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social; y, k) El socio JOSÉ ANTONIO TAPIA ALUCEMA aporta la cantidad de $300.000, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al 3% del capital social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 21 de marzo de 2025.

變更Diario Oficial · 2023-06-29查看 PDF(CVE 2336460)

公司資料

Ltda
Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603

公司目的

La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios a personas naturales y/o jurídicas, sean o no fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero, los cuales corresponderán principalmente a los de revisión de cuentas, peritajes, due diligence, consultoría y asesoría, y auditoría interna y/o externa, comprendiendo esto último esencialmente lo siguiente: a) el examen selectivo de montos, respaldos y antecedentes que conforman la contabilidad y estados financieros analizados; b) la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y la consistencia de su aplicación con los estándares relevantes, así como las estimaciones significativas que correspondan; c) la emisión de conclusiones respecto de la presentación general de la contabilidad y los estados financieros examinados, indicando con un razonable grado de seguridad, si están exentos de errores significativos y cumplen con los estándares relevantes en forma cabal, consistente y confiable.

摘要官方正文

Paulina Constanza Estay Calzadilla, Notario Público Interino de la Notaría N° 29 de Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2023, con el repertorio 4389-2023, ante mí, comparecieron Carlos Hernán Muñoz Saravia, Luis Humberto Velásquez Molina, Robinson Lizana Tapia, Cristián Gonzalo Bastián Escobar, Alejandro Luis Cerda Gallardo, Teresa de Jesús Oliva Santibáñez, Alejandro Andrés Gutiérrez Varela, Fabiola Alejandra Escobar Conejeros, Nicolás Jesús Alegría Ojeda, Rafael Alejandro Malla Osorio, José Antonio Tapia Alucema y Javier Alejandro Veloso Ríos, únicos socios de la sociedad Grant Thornton Auditoria y Servicios Limitada, inscrita a Fojas 69.665, Número 35.701 del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, aprobando modificar el artículo segundo de los estatutos sociales, de la siguiente manera: (i) Se remplazó el contenido del artículo segundo por: “SEGUNDO. OBJETO. La Sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios a personas naturales y/o jurídicas, sean o no fiscalizados por la Comisión para el Mercado Financiero, los cuales corresponderán principalmente a los de revisión de cuentas, peritajes, due diligence, consultoría y asesoría, y auditoría interna y/o externa, comprendiendo esto último esencialmente lo siguiente: a) el examen selectivo de montos, respaldos y antecedentes que conforman la contabilidad y estados financieros analizados; b) la evaluación de los principios de contabilidad utilizados y la consistencia de su aplicación con los estándares relevantes, así como las estimaciones significativas que correspondan; c) la emisión de conclusiones respecto de la presentación general de la contabilidad y los estados financieros examinados, indicando con un razonable grado de seguridad, si están exentos de errores significativos y cumplen con los estándares relevantes en forma cabal, consistente y confiable". Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 19 de junio de 2023.

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