股份公司76.912.084-K

Repuestos Y Accesorios Automotrices Bettycar SpA

MODIFICACIÓN — 2019年7月4日

Diario Oficial

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公司資料

SpA
General Cruz N°48
管理方式: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá exclusivamente a la socia Lisbeth Adriana Cáceres Cid

資本

總資本

$10.000.000

股份

10,000

股東(2)

姓名持股比例

Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún

Accionista

10.xxx.xxx-7

-

Lisbeth Adriana Cáceres Cid

Accionista

11.xxx.xxx-2

-

管理人(1)

Lisbeth Adriana Cáceres Cid

11.xxx.xxx-2Administrador

摘要官方正文

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifico: Por escritura pública de 19 de junio de 2019, ante mi suplente Gaston Alvaro Aranis Quiroz, MIGUEL ÁNGEL CUSTODIO VIDAL OYARZÚN, chileno, factor de comercio, casado, cédula nacional de identidad y rol único tributario N° 10.290.103-7, domiciliado General Cruz N°48, Concepción; y LISBETH ADRIANA CÁCERES CID, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°11.988.009-2, domiciliada General Cruz N°48, Concepción, modificaron la sociedad "REPUESTOS Y ACCESORIOS AUTOMOTRICES BETTYCAR SpA", capital social de $10.000.000.- dividido en 10.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, rol único tributario número 76.912.084-K, en la siguiente forma: En la cláusula sexta se reemplaza la siguiente expresión: “ARTÍCULO SEXTO. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán, indistintamente, a los socios Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún y David Alonso Cáceres Torres, ejerciendo conjunta o separadamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social, y en especial, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, restrictiva, limitativa o excluyente, sino meramente ejemplar de facultades, podrán, especialmente:”, por la siguiente: “ARTÍCULO SEXTO. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a la socia doña Lisbeth Adriana Cáceres Cid, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social, y en especial, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, restrictiva, limitativa o excluyente, sino meramente ejemplar de facultades, podrá, especialmente. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 02 de julio de 2019.-

變更Diario Oficial · 2019-04-17查看 PDF(CVE 1576798)

公司資料

SpA
管理方式: Exclusiva de Lisbeth Adriana Cáceres Cid

資本

總資本

$10.000.000

實繳資本

$10.000.000

待繳資本

$0

股份

10,000

股東(2)

姓名持股比例

Lisbeth Adriana Cáceres Cid

Accionista

11.xxx.xxx-2

99%

Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún

Accionista

10.xxx.xxx-7

1%

管理人(1)

Lisbeth Adriana Cáceres Cid

11.xxx.xxx-2Administrador

摘要官方正文

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O’Higgins 528, Concepción, certifica: Que por escritura pública de 10 de abril de 2019, Rep. Nº 2417, ante mí, MIGUEL ÁNGEL CUSTODIO VIDAL OYARZÚN, chileno, factor de comercio, casado, cédula nacional de identidad y rol único tributario N° 10.290.103-7, domiciliado General Cruz N°48, Concepción; DAVID ALONSO CÁCERES TORRES, chileno, factor de comercio, casado, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°15.204.199-3, domiciliado Las Violetas 3.247, departamento 404, Villa Los Conquistadores, Concepción; y LISBETH ADRIANA CÁCERES CID, chilena, casada y separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°11.988.009-2, domiciliada General Cruz N°48, Concepción, rectificaron la sociedad "REPUESTOS Y ACCESORIOS AUTOMOTRICES BETTYCAR SpA", Rol Único Tributario número 76.912.084-K, capital de $10.000.000.-, en la siguiente forma: a) En la comparecencia se reemplaza el siguiente párrafo: “Don DAVID ALONSO CÁCERES TORRES, quien declara ser chileno, factor de comercio, casado, cédula nacional de identidad y rol único tributario número quince millones doscientos cuatro mil ciento noventa y nueve guión tres, domiciliado en calle Las Violetas tres mil doscientos cuarenta y siete, departamento cuatrocientos cuatro, Villa Los Conquistadores, Concepción”, por el siguiente: “doña LISBETH ADRIANA CÁCERES CID, quien declara ser chilena, casada y separada totalmente de bienes, comerciante, cédula nacional de identidad y rol único tributario número once millones novecientos ochenta y ocho mil nueve guión dos domiciliada en calle General Cruz número cuarenta y ocho, de la comuna y ciudad de Concepción”; b) En la cláusula sexta se reemplaza la siguiente expresión: “ARTÍCULO SEXTO. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán, indistintamente, a los socios Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún y David Alonso Cáceres Torres, ejerciendo conjunta o separadamente, quienes anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social, y en especial, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, restrictiva, limitativa o excluyente, sino meramente ejemplar de facultades, podrán, especialmente:”, por la siguiente: “ARTÍCULO SEXTO. La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá exclusivamente a la socia doña Lisbeth Adriana Cáceres Cid, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, no siendo necesario acreditar, frente a terceros, si ellos corresponden o no al giro social, y en especial, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, restrictiva, limitativa o excluyente, sino meramente ejemplar de facultades, podrá, especialmente:”; y c) En el artículo primero transitorio se reemplaza el siguiente párrafo: “PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, todas de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga por los accionistas comparecientes, en la siguiente forma: A.- Don Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún, suscribe en este acto cinco mil acciones por un valor de cinco millones de pesos, que paga al contado y en dinero efectivo, ya enterados en la caja social; y B.- Don David Alonso Cáceres Torres, suscribe en este acto cinco mil acciones por un valor de cinco millones de pesos, que paga al contado y en dinero efectivo, ya enterados en la caja social”, por el siguiente: “PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad ascendente a DIEZ MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ MIL ACCIONES, todas de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe, entera y paga por los accionistas comparecientes, en la siguiente forma: A.- Doña Lisbeth Adriana Cáceres Cid, suscribe en este acto nueve mil novecientas acciones por un valor de nueve millones novecientos mil pesos, que paga al contado y en dinero efectivo, ya enterados en la caja social; y B.- Don Miguel Ángel Custodio Vidal Oyarzún, suscribe en este acto cien acciones por un valor de cien mil pesos, que paga al contado y en dinero efectivo, ya enterados en la caja social”. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. Concepción, 13 de abril de 2019.-

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