Inmobiliaria Y Construcciones Alto El Manzano Limitada
登記名稱: HIDROMECÁNICA LEGAL CHILE SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 11.xxx.xxx-9 | 11.xxx.xxx-9 | 100% | - |
管理人(1)
公報所載公司沿革
- 設立· 2018年4月18日
Constitución de HIDROMECÁNICA LEGAL CHILE SpA.
摘要官方正文
CARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Interino Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 20 de diciembre de 2023, Repertorio número 3455-2023, ante mí, don IVAN RODRIGO RUBIO URTUBIA, chileno, casado, Ingeniero, cedula nacional de identidad número once millones ochocientos ochenta y nueve mil doscientos noventa guion nueve, domiciliado en Avenida Nueva Providencia mil novecientos cuarenta cinco, oficina doscientos siete, comuna de Providencia, quien como único accionista de la sociedad HIDROMECÁNICA LEGAL CHILE SpA , rol único tributario número setenta y siete millones seis mil setecientos sesenta y dos guion seis, la cual fue constituida por escritura pública de fecha dieciocho de abril de dos mil dieciocho, repertorio doscientos treinta y cuatro guion dos mil diecinueve, otorgada ante La Notario Público de Rancagua don Gerardo Andrés Carvallo, y cuyo extracto se inscribió a fojas treinta y tres mil trescientos cuarenta y seis número dieciséis mil seiscientos ochenta y tres del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil diecinueve, y se publicó en El Diario Oficial el veinticuatro de abril de dos mil diecinueve en su edición número cuarenta y dos mil trescientos treinta y siete, la modifica en el siguiente sentido: modifican la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO SpA, rol único tributario número setenta y seis millones ochocientos ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y uno guion K, en el DESIGNACION DE GERENTE GENERAL: La administración de la sociedad la tendrá don don IVÁN RODRIGO RUBIO URTUBIA, ya individualizado, quien es designado gerente general, quien, anteponiendo la razón social a su firma, administrará y representará a la sociedad con las facultades establecidas en el estatuto social. Sin perjuicio de lo establecido en al párrafo anterior y sin que la enumeración que sigue sea taxativa, el gerente general queda especialmente facultado para: Uno) Comprar, vender, adquirir o enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, pudiendo por tanto, ceder o aceptar cesiones de créditos nominativos y celebrar traspasos de acciones; Dos) Constituir, aceptar, alzar o cancelar hipotecas, incluso con cláusula de garantía general, derechos de usufructo, uso o habitación y servidumbres; Tres) Dar y recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, mercantil, de valores mobiliarios a favor de los bancos, sin desplazamiento u otras especiales y cancelarlas; Cuatro) Celebrar contratos de arrendamiento, con o sin opción de compra, o comodato, bienes muebles o inmuebles, y en general, aceptar o conceder el uso o goce de bienes raíces o muebles; Cinco) Solicitar el registro de marcas, patentes de invención, modelos de utilidad, dibujos y diseños industriales, esquemas de trazado o topografías de circuitos integrados, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, realizar todos, los actos y gestiones destinadas a amparar la propiedad industrial y mantener su vigencia, solicitando las renovaciones que fueren procedentes, así como desistirse, deducir oposiciones o solicitar nulidades; convenir licencias y celebrar toda clase de contratos que tengan por objeto los bienes inmateriales antes mencionados; Seis) Celebrar toda clase de contratos y otras convenciones con instituciones estatales, pudiendo presentar a la sociedad en licitaciones públicas para estos efectos; Siete) Realizar toda clase de operaciones con bancos nacionales o extranjeros, pudiendo celebrar contratos de cuenta corriente bancaria; girar, cobrar, endosar, revalidar, cancelar y protestar cheques, sobregirar, ordenar transferencias de fondos por medios informáticos, retirar talonarios de cheques, aprobar o impugnar saldos y firmar los correspondientes recibos, dar órdenes de no pago de cheques, endosar cheques y efectos de comercio para depositar en las cuentas corrientes bancarias de la sociedad, e imponerse de las operaciones realizadas; contratar depósitos o cuentas de ahorro, a la vista o a plazo, en moneda nacional o extranjera, girar y depositar en ellas y solicitar al banco que corresponda cualquier información sobre estas operaciones; contratar, tomar y cancelar boletas de garantía bancaria, y retirar valores en custodia o abrir cajas de seguridad; Ocho) Celebrar con bancos e instituciones financieras u otras personas naturales o jurídicas, toda clase de operaciones de crédito de dinero, tales como contratos de mutuo, de depósito de dinero, apertura de línea de crédito, en moneda nacional o extranjera; Nueve) Girar y aceptar letras de cambio; suscribir pagarés; renovar, prorrogar, revalidar, cobrar, cancelar, descontar, depositar, protestar, endosar en dominio, en comisión de cobranza, en garantía, con o sin restricciones, letras de cambio, pagarés y cualquier otro título de crédito; Diez) Consentir en la constitución de sociedades, sean éstas civiles o comerciales, anónimas, de responsabilidad limitada, en comandita o por acciones, y representar a la compañía ante todas las sociedades en que sea socia o accionista, con amplias facultades, pudiendo convenir la modificación, división, fusión o transformación de la sociedad u otras reformas de estatutos, o disolución y liquidación; participar en las Juntas de Accionistas, ordinarias o extraordinarias, con derecho a voz y voto, y ejercer todos los demás derechos que a la sociedad le correspondieren en su calidad de socio o accionista, incluyendo la renuncia del derecho de suscripción preferente, en su caso. En todas operaciones antes señaladas, el administrador contará con las facultades del artículo dos mil ciento cuarenta y cuatro del Código Civil; Once) Comparecer ante cualquier organismo de la administración del Estado tales como ministerios, servicios, direcciones, superintendencias y municipalidades, especialmente ante el Banco Central, Servicio de Impuestos Internos, Servicio de Aduanas, Tesorería General de la República, Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Seguridad Social, Instituto de Normalización Previsional o Dirección del Trabajo; presentar ante ellos toda clase de peticiones, solicitudes, declaraciones, incluso juradas, y reclamaciones, de cualquier naturaleza, y realizar cualquier otro acto, trámite o negociación, y Doce) Representar a la sociedad ante toda clase de tribunales, nacionales o extranjeros, sean estos ordinarios, del trabajo, tributarios, aduaneros, administrativos o de otra especie, en asuntos contenciosos o no contenciosos, y ejercer ante ellos cualquiera acción civil o corresponda, con todas las facultades del mandato judicial, incluyendo las facultades extraordinarias señaladas en el inciso segundo del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. En los actos y convenciones que el administrador celebre en representación de la sociedad, podrá consentir en toda clase de elementos, sean de su esencia, de su naturaleza o meramente accidentales, tales como precios, intereses, honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos, condiciones y modalidades de pago, pactar indivisibilidad pasiva o activa, convenir cláusulas penales a favor o en contra de la sociedad y renunciar derechos o acciones resolutorias o cualquiera otra. Trece) Novar, Avalar letras de cambio, Avalar pagares, conferir mandatos generales y especiales, constituir fianzas y codeudas solidarias. Rancagua, 05 de enero de 2024. DOY FE.
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CARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Interino Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: RECTIFICO EXTRACTO de transformación de la sociedad INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO LIMITADA, antes INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO SpA, efectuada por escritura pública con fecha 14 de septiembre del año 2023, Repertorio N°2460/2023, inscrito a fojas 80.945 N° 34.915 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2023 ; en el sentido de dejar establecido que por un error involuntario se citó de forma errónea el Rol Único Tributario de la sociedad, por tanto, donde dice: “INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO SpA, RUT N°76.288.241-K”, DEBE DECIR: “INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO SpA, RUT N°76.888.241-K”. Rancagua, 11 de octubre de 2023. Doy fe.
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INMOBILIARIA Y CONSTRUCCIONES ALTO EL MANZANO SpA
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