Constructora Pargo SpA
Diario Oficial
公司資料
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Patricio Armando González Zepeda Accionista 15.xxx.xxx-1 | 15.xxx.xxx-1 | 100% | - |
摘要官方正文
RUBEN REINOSO HERRERA, abogado, Notario Público titular, 4ta Notaria La Serena, Cordovez 405, certifica: Por escritura pública de 06 de febrero de 2020, repertorio Nº 1611-2020, otorgada ante mí, Patricio Armando González Zepeda, cédula nacional de identidad nº 15.494.302-1, en su calidad de única accionista, modificó la sociedad por acciones "CONSTRUCTORA PARGO SpA " inscrita a fojas a fojas 13 número 09 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Andacollo del año 2018 en los siguientes términos: i) Se modificó artículo primero quedando el artículo primero como sigue: ""PRIMERO: Nombre, Domicilio, Duración y Objeto: Artículo Primero: Nombre: Pargomining SpA. Esta sociedad se regirá por los presentes estatutos, por las disposiciones contenidas en los artículos cuatrocientos cuarenta y ocho y cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio, y supletoriamente, por las normas de las sociedades anónimas cerradas.". Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Ciudad La Serena, 06 de febrero de 2020.-
公司資料
公司目的
Uno. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones. Dos. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil. Tres. La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura. Cuatro. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación. Cinco. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. Seis. La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz. Siete. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. Ocho. La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc. Nueve. La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. Diez. Los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. Once. Los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. Doce. Los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura. Trece. La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc. Catorce. La construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general en concreto o metálicas. Quince. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra. Dieciséis. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aún cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula. Diecisiete. La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. Dieciocho. La sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras. Diecinueve. La compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios. Veinte. La enajenación a cualquier título de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su patrimonio social. Veintiuno. La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción.
資本
總資本
$12.520.000
實繳資本
$12.520.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
PATRICIO ARMANDO GONZÁLEZ ZEPEDA Accionista | - | 16% | $2.000.000 |
管理人(1)
PATRICIO ARMANDO GONZÁLEZ ZEPEDA
摘要官方正文
RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, 4ta Notaria de La Serena, Cordovez 405, certifico: Por escritura pública de fecha de hoy, ante mí PATRICIO ARMANDO GONZÁLEZ ZEPEDA, domiciliado en calle Urmeneta 72, comuna de Andacollo, Región de Coquimbo, constituye sociedad por acciones cuyo Nombre es Constructora PARGO SpA. Domicilio: ciudad de Andacollo, sin perjuicio de los domicilios especiales y de las oficinas, agencias o sucursales que pueda establecer en el país o en el extranjero. Duración: La sociedad, empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida. Objeto: Uno. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones. Dos. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil. Tres. La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura. Cuatro. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación. Cinco. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. Seis. La promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz. Siete. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. Ocho. La ejecución de toda clase de negocios, además de la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento, arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc. Nueve. La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. Diez. Los montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. Once. Los montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. Doce. Los montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura. Trece. La construcción de obras e infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos, plataformas para pozos, estación de bombeo, etc. Catorce. La construcción de estructuras para edificios, puentes e infraestructura en general en concreto o metálicas. Quince. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra. Dieciséis. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras asociaciones, aún cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula. Diecisiete. La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. Dieciocho. La sociedad podrá prestar servicios públicos domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras. Diecinueve. La compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos, centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios. Veinte. La enajenación a cualquier título de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su patrimonio social. Veintiuno. La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la construcción. Capital: $12.520.000, dividido en 100 acciones nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscritos y pagados de la siguiente forma: $2.000.000, correspondiendo al 16 % de las acciones, más el aporte de especie mueble identificado como una Camioneta AMAROK COMFORT cuatro por cuatro, dos punto cero, marca Volkswagen, del año dos mil catorce. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá por el momento a don Patricio Armando González Zepeda, quien actuando independientemente y anteponiendo su firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades. Demás estipulaciones consta en escritura extractada. La serena, 05 de junio de 2018.
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- MODIFICACIÓN
CONSTRUCTORA PARGO SpA
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- CONSTITUCIÓN
Constructora PARGO SpA
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