Joyería Romar Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
1) La compraventa y manufactura de joyas, relojes y adornos y cualquier otro producto relacionado con este rubro y su comercialización; 2) Llevar a efecto toda clase de operaciones, actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con lo anterior, sin perjuicio, de las otras actividades que los socios de común acuerdo convengan.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $500.000 |
Accionista | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 設立· 2007年6月12日
La sociedad limitada original fue constituida por escritura pública.
- 其他行為
Se inscribió el extracto en el Registro de Comercio y se publicó en el Diario Oficial.
摘要官方正文
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público titular de la XXII Notaría, con oficio en calle Don Carlos N°2889, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2019, Repertorio N°8325-2019, otorgada ante mí, don JUAN RICARDO ABARA ELÍAS y doña CARMEN CLAUDIA GÓMEZ VELIS, ambos domiciliados en Manquehue Sur 31, local 460, comuna de Las Condes, acordaron la transformación de la sociedad JOYERÍA ROMAR LIMITADA, en una sociedad por acciones que será la continuadora legal de la sociedad limitada. La sociedad que se transforma fue constituida por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Tamargo Barros, con fecha doce de junio del año 2007, su extracto se inscribió a fojas veinte y tres mil ochocientos veinte y nueve, bajo el número diecisiete mil trescientos ochenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil siete, publicándose en el Diario Oficial del día diecinueve de junio del mismo año. La sociedad tiene el RUT 76.882.610-2. RAZÓN SOCIAL: "JOYERÍA ROMAR SpA”. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las Agencias, Oficinas o Sucursales que pueda establecer en otros puntos del territorio nacional o del extranjero. DURACIÓN: 2 años a contar de esta fecha, prorrogable en la forma señalada en la escritura. OBJETO: 1) La compraventa y manufactura de joyas, relojes y adornos y cualquier otro producto relacionado con este rubro y su comercialización; 2) Llevar a efecto toda clase de operaciones, actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con lo anterior, sin perjuicio, de las otras actividades que los socios de común acuerdo convengan. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido y representado por mil acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, que han sido aportados de la siguiente manera: 1) Don Juan Ricardo Abara Elías, suscribe la cantidad de 500 acciones, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social; 2) Doña Carmen Claudia Gómez Velis, suscribe la cantidad de 500 acciones, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social. Todas las acciones suscritas se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha. En consecuencia se encuentra suscrito y pagado el cien por ciento del capital social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y USO DELA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá conjuntamente a MARÍA YOLANDA IBÁÑEZ CATALÁN, y CARMEN CLAUDIA GÓMEZ VELIS, con las facultades señaladas en la extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2019.-
公司資料
公司目的
1) La compraventa y manufactura de joyas, relojes y adornos y cualquier otro producto relacionado con este rubro y su comercialización; 2) Llevar a efecto toda clase de operaciones, actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con lo anterior, sin perjuicio, de las otras actividades que los socios de común acuerdo convengan.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $500.000 |
Accionista | - | 50% | $500.000 |
管理人(2)
法定代理(2)
公報所載公司沿革
- 設立· 2007年6月12日
La sociedad limitada fue constituida originalmente en 2007
JOYERÍA ROMAR LIMITADA
摘要官方正文
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Notario Público titular de la XXII Notaría,con oficio en calle Don Carlos N°2889, Las Condes, Santiago, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de octubre de 2019, Repertorio N°8325-2019, otorgada ante mí, don Juan Ricardo Abara y doña Carmen Claudia Gómez Velis, ambos domiciliados en Manquehue Sur 31, local 460, comuna de Las Condes, acordaron la transformaciónde la sociedad JOYERÍA ROMAR LIMITADA, en una sociedad por acciones que será la continuadora legal de la sociedad limitada. La sociedad que se transforma fue constituida por escritura pública otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Tamargo Barros, con fecha doce de junio del año 2007, su extracto se inscribió a fojas veinte y tres mil ochocientos veinte y nueve, bajo el número diecisiete mil trescientos ochenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil siete, publicándose en el Diario Oficial del día diecinueve de junio del mismo año. La sociedad tiene el RUT 76.882.610-2. RAZÓN SOCIAL: "JOYERÍA ROMAR SPA”. DOMICILIO: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las Agencias, Oficinas o Sucursales que pueda establecer en otros puntos del territorio nacional o del extranjero. DURACIÓN: 2 años a contar de esta fecha, prorrogable en la forma señalada en la escritura. OBJETO:1) La compraventa y manufactura de joyas, relojes y adornos y cualquier otro producto relacionado con este rubro y su comercialización; 2) Llevar a efecto toda clase de operaciones, actos o negocios que se relacionen directa o indirectamente con lo anterior, sin perjuicio, de las otras actividades que los socios de común acuerdo convengan. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido y representado por mil acciones, de una misma y única serie y sin valor nominal, que han sido aportados de la siguiente manera: Uno) Don Juan Ricardo Abara Elías, suscribe la cantidad de 500 acciones, que corresponden al cincuenta por ciento del capital social; Dos) Doña Carmen Claudia Gómez Velis, suscribe la cantidad de 500 acciones, que corresponde al cincuenta por ciento del capital social. Todas las acciones suscritas se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha. En consecuencia se encuentra suscrito y pagado el cien por ciento del capital social. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y USO DELA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá conjuntamente a MARÍA YOLANDA IBÁÑEZ CATALÁN, y CARMEN CLAUDIA GÓMEZ VELIS, con las facultades señaladas en la extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de noviembre de 2019.-
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