Sociedad De Inversiones Suyai Limitada
Diario Oficial
公司資料
公司目的
La inversión de capitales en toda clase de bienes muebles e inmuebles; formar parte en sociedades, modificarlas, asumir su administración; compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación de bienes; y toda otra गतिविधad relacionada acordada por los accionistas.
資本
股份
631,206,604
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $315.603.302 |
Accionista | - | 50% | $315.603.302 |
公報所載公司沿革
- 設立· 2007年1月1日
Se deja constancia del extracto de constitución inscrito en 2007.
- 公司形式轉換· 2020年2月20日
La sociedad se transforma en sociedad por acciones con razón social SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA.
CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO · LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ
- 資本變更· 2020年2月20日
Se aumenta el capital de $3.000.000 a $1.032.926.507 y luego se rebaja a $631.206.604.
CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO · LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ
- 其他行為· 2020年2月20日
Se divide la sociedad en dos sociedades por acciones, quedando una sociedad originaria y creando SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA.
CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO · LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ
摘要官方正文
JORGE LOBOS DIAZ, notario público Suplente de la Cuarta Notaria de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada Nº 341, 4to piso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de FEBRERO de 2020, Repertorio N°3264-2020, ante MI CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO domiciliada en calle Simón Bolívar numero 6067 casa L comuna de La Reina ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ domiciliado en calle Coventry número 1765, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI LIMITADA" RUT 76.816.270-0 y cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 13410 número 9893 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007, en el siguiente sentido: (UNO) Acuerdan aumentar el capital social de $3.000.000 a la suma final de $1.032.926.507 mediante la capitalización de las reservas de revalorización del capital por la suma de $1.298.254 y mediante la capitalización de las utilidades acumuladas por la suma de $1.028.628.253.- (DOS) Acuerdan Transformar la sociedad, en una sociedad por acciones, conforme a los estatutos que se extractan: (A) Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA (B) Objeto: a) La Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; c) Formar parte en sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y e) Cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y que acordaren los accionistas o el único accionista. (C) Administración y uso de la Razón Social: La Sociedad será administrada por uno o más Administradores, esencialmente revocables, pudiendo éstos ser o no accionistas, designados por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Los administradores permanecerán en su cargo hasta que se le designe reemplazante en la forma indicada precedentemente. Para todos los efectos, los Administradores tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. (D) Capital: $1.032.926.507, dividido en 1.032.926.507 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, de las cuales son suscritas y pagadas: (a) 516.463.254 acciones suscritas por doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO, por la suma de $516.463.254, que el suscriptor paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad transformada, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se transforma; (b) 516.463.253 acciones suscritas por don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ, por la suma de $516.463.253, que el suscriptor paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad transformada, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se transforma;(E) Duración: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años. (F) Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. (G) Otras estipulaciones relativas a transformación constan en escritura extractada. (TRES) Se acordó realizar división de la Sociedad en dos sociedades por acciones, como consecuencia se acuerdan disminuir el actual capital social de $1.032.926.507, dividido en 1.032.926.507 acciones, con el fin de enterar el capital de la nueva sociedad resultante de la división, disminuyendo el capital en la suma de $401.719.903, quedando en la suma final de $631.206.604.- sustituyendo la clausula relativa al capital social, en el sentido que el capital social es $631.206.604. representado en 631.206.604 acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscritas, enteradas y pagadas ambos socios en partes iguales. (CUATRO) Se acordó dividir la sociedad en dos sociedades por acciones: (1) Una, la originaria "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA" que mantiene sus accionistas, razón social, Rut y normas estatutarias vigentes, salvo el capital modificado en la escritura que se extracta, concurriendo los accionistas en partes iguales en el capital social con igual número de acciones.- (2) Otra que se forma por división de "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA", una sociedad por acciones entre los mismos y actuales accionistas de la sociedad originaria dividida CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO domiciliada en calle Simón Bolívar numero 6067 casa L comuna de La Reina ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ domiciliado en calle Coventry número 1765, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cuyo estatuto extracto: (3) Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA pudiendo actuar y funcionar incluso ante bancos con el nombre de fantasía SUYAI DOS SpA.; (4) Objeto: (a) La Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; (c) Formar parte en sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; (d) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y (e) Cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y que acordaren los accionistas o el único accionista.; (5) Administración y uso de Razón Social: La Sociedad será administrada por uno o más Administradores, esencialmente revocables, pudiendo éstos ser o no accionistas, designados por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, los Administradores tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. (6) Capital Social: $401.719.903 dividido y representado en 401.719.903 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, 200.859.952 acciones son suscritas por don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ, por la suma de $200.859.952, que paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad dividida, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se divide; Doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO suscribe 200.859.951 acciones, por la suma de $200.859.951, que paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad dividida. Concurren los socios en el capital social en partes guales. (7) Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.; (8) Duración: Comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período.(CINCO) En todo lo demás rigen estatutos de sociedad dividida, otras materias en escritura extractada.MGA.
公司資料
公司目的
La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y que acordaren los accionistas o el único accionista.
資本
總資本
$401.719.903
實繳資本
$401.719.903
待繳資本
$0
股份
401,719,903
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista | - | 50% | $200.859.952 |
Accionista | - | 50% | $200.859.951 |
管理人(2)
公報所載公司沿革
- 設立· 2007年1月1日
La sociedad fue constituida e inscrita en el Registro de Comercio de Santiago en 2007.
- 資本變更· 2019年10月16日
Se aumenta el capital a $1.032.926.507 mediante capitalización de reservas y utilidades acumuladas.
CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO · LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ
- 公司形式轉換· 2019年10月16日
La sociedad se transforma en una sociedad por acciones y luego se divide, manteniéndose una sociedad originaria y creándose SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA.
CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO · LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ
摘要官方正文
COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Paseo Ahumada trescientos cuarenta y uno, cuarto piso,certifica, por escritura pública otorgada el dieciséis de Octubre del dos mil diecinueve, Repertorio N° 14884/2019, Ante mi CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO domiciliada en calle Simón Bolívar numero 6067 casa L comuna de La Reina ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ domiciliado en calle Coventry número 1765, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI LIMITADA" RUT 76.816.270-0 y cuyo extracto de constitución rola inscrito a fojas 13410 número 9893 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2007, en el siguiente sentido: (UNO) Acuerdan aumentar el capital social a la suma final de $1.032.926.507 mediante la capitalización de las reservas de revalorización del capital por la suma de $1.298.254. y mediante la capitalización de las utilidades acumuladas por la suma de $1.028.628.253.- (DOS) Acuerdan Transformar la sociedad, en una sociedad por acciones, conforme a los estatutos que se extractan: (A) Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA. (B) Objeto: a) La Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; c) Formar parte en sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y e) Cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y que acordaren los accionistas o el único accionista. (C) Administración y uso de la Razon Social: La Sociedad será administrada por uno o más Administradores, esencialmente revocables, pudiendo éstos ser o no accionistas, designados por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, los Administradores tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Accionistas nombran y designan a doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO y a don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ como Administradores de la Sociedad, debiendo actuar conjuntamente con las facultades indicadas en escritura extractada. (D) Capital: $1.032.926.507, dividido en 1.032.926.507 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, de las cuales son suscritas y pagadas: (a) 516.463.254 acciones suscritas por doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO, por la suma de $516.463.254, que el suscriptor paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad transformada, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se transforma; (b) 516.463.253 acciones suscritas por don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ, por la suma de $516.463.253, que el suscriptor paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad transformada, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se transforma; (E) Duración: La sociedad comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. (F) Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero. (G) Otras estipulaciones relativas a transformación constan en escritura extractada. (TRES) Se acordó disminuir el capital social como consecuencia de la división de la Sociedad en dos sociedades por acciones, y con el fin de enterar el capital de la nueva sociedad resultante de la división, disminuyendo el capital en la suma de $401.719.903, quedando en la suma final de $631.206.604.- sustituyendo la clausula relativa al capital social, en el sentido que el capital social es $631.206.604. representado en 631.206.604 acciones nominativas de una misma y única serie y sin valor nominal, totalmente suscritas, enteradas y pagadas ambos socios en partes iguales. (CUATRO) Se acordó designar administrador de la sociedad, sustituyendo el Articulo primera transitorio, los accionistas de la sociedad nombran y designan a don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ como administrador de la sociedad SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA", quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, representara a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, con la sola limitación que para aquellos actos señalados en los Poderes Clase A Poderes Clase B en que se requerirá la actuación y consentimiento de doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO. (CINCO) Se acordó dividir la sociedad en dos sociedades por acciones: (1) Una, la originaria "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI SpA" que mantiene sus accionistas, razón social, Rut y normas estatutarias vigentes, salvo el capital modificado en la escritura que se extracta, concurriendo los accionistas en partes iguales en el capital social con igual número de acciones.- (2) Otra que se forma por división de "SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA", una sociedad por acciones entre los mismos y actuales accionistas de la sociedad originaria dividida CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO domiciliada en calle Simón Bolívar numero 6067 casa L comuna de La Reina ciudad de Santiago, Región Metropolitana y, LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ domiciliado en calle Coventry número 1765, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cuyo estatuto extracto: (3) Razón Social: SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA pudiendo actuar y funcionar incluso ante bancos con el nombre de fantasía SUYAI DOS SpA.; (4) Objeto: (a) La Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; (b) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; (c) Formar parte en sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; (d) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y (e) Cualquier otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho y que acordaren los accionistas o el único accionista.; (5) Administración y uso de Razón Social: La Sociedad será administrada por uno o más Administradores, esencialmente revocables, pudiendo éstos ser o no accionistas, designados por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad. Para todos los efectos, los Administradores tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima. Con efecto a contar de la fecha de la presente escritura pública, los accionista comparecientes nombran y designan a doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO como Administrador de la Sociedad " SOCIEDAD DE INVERSIONES SUYAI DOS SpA", quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, representara a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Cuarto y Décimo Quinto de los estatutos sociales, con la sola limitación que para aquellos actos señalados en los Poderes Clase A Poderes Clase B en que se requerirá la actuación y consentimiento de don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ. (6) Capital Social: $401.719.903 dividido y representado en 401.719.903 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, 200.859.952 acciones son suscritas por don LUIS ALBERTO NEGRETE VASQUEZ, por la suma de $200.859.952, que paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad dividida, por lo que se da por pagado con cargo a la suscripción y entero del aporte ya efectuado al capital de la sociedad que se divide; Doña CARY ESPERANZA GODOY AVENDAÑO suscribe 200.859.951 acciones, por la suma de $200.859.951, que paga mediante la conversión del valor representativo del total de los derechos de que era dueño en el capital total de la sociedad dividida. Concurren los socios en el capital social en partes guales. (7) Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero.; (8) Duración: Comenzara a regir a partir de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, salvo que los socios o accionistas manifestaren su voluntad de ponerle termino al final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública cuyo contenido se anotara al margen de la inscripción social, todo con una anticipación de a lo menos tres meses al término del respectivo período. (SEIS) En todo lo demás rigen estatutos de sociedad dividida, otras materias en escritura extractada. Mga.
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