Inversiones Palocayo Limitada
Diario Oficial
公司資料
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股東(3)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 33.33% | $333.333 |
Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz Socio | - | 33.33% | $333.333 |
Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz Socio | - | 33.34% | $333.334 |
公報所載公司沿革
- 權益轉讓
María Irma Vera-Cruz García cedió el 1% de los derechos sociales a Pamela Andrea Tapia Vera-Cruz, Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz y Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz.
María Irma Vera-Cruz García · Pamela Andrea Tapia Vera-Cruz · Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz · Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz
摘要官方正文
MARÍA LORETO ZALDIVAR GRASS, abogado, domiciliada en Bandera número 342, oficina 857, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, titular de la 18ª Notaría de Santiago, certifico: por escritura pública de hoy, ante mi, Repertorio N° 13.734, ante mí, María Irma Vera-Cruz García, domiciliada en calle Valonia N° 225, departamento 32 B, Jardín del Mar, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, de paso en esta ciudad; Pamela Andrea Tapia Vera-Cruz, domiciliada en calle Liágora N° 350, casa 3, Jardín del Mar, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, de paso en esta ciudad; Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz, domiciliado en Monseñor Edwards N° 1.991, comuna de la Reina, Región Metropolitana; y Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz, domiciliado en Altos del Valle N° 1.325, casa 61, comuna de Huechu raba, Región Metropolitana, modificaron la sociedad "INVERSIONES PALOCAYO LIMITADA”, cuyo extracto de constitución fue inscrito a fs. 9040 N° 5093 del Registro de Comercio de Santiago del año 2017, en lo siguiente: María Irma Vera-Cruz García vendió, cedió y transfirió a Pamela Andrea Tapia Vera-Cruz, Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz y Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz el 1% de los derechos sociales en la sociedad en la proporción indicada a continuación. El precio de esta cesión de derechos sociales es la suma única y total de $10.000.-, que se pagan en este acto, al contado, en la siguiente proporción: a) doña Pamela Andrea Tapia Vera-Cruz con la suma de $3.333.-; b) don Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz con la suma de $3.333.-; y c) don Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz con la suma de $3.334.-; que doña María Irma Vera-Cruz García, declara recibirlo a su entera satisfacción. Por consiguiente, se reemplazó el artículo sexto del Pacto Social por el siguiente: “Artículo Sexto: El capital de la Sociedad será la suma $1.000.000.- que los socios enteran y pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, en la siguiente forma y proporción: a) doña Pamela Andrea Tapia Vera- Cruz, con la cantidad de $333.333.-, equivalentes aproximadamente al 33,33% del capital social; b) don Néstor Rodrigo Tapia Vera-Cruz, con la cantidad de $333.333.-, equivalentes aproximadamente al 33,33% del capital social; y c) Claudio Alberto Tapia Vera-Cruz, con la cantidad de $333.334.-, equivalentes aproximadamente al 33,34% del capital social”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de agosto de 2017.
公司資料
公司目的
efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, corporales o incorporales, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto administrarlos y percibir sus frutos
資本
總資本
$1.000.000.-
實繳資本
$1.000.000.-
待繳資本
$0
股東(4)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Socio | - | 1% | $10.000.- |
Socio | - | 33% | $330.000.- |
NÉSTOR RODRIGO TAPIA VERA-CRUZ Socio | - | 33% | $330.000.- |
CLAUDIO ALBERTO TAPIA VERA-CRUZ Socio | - | 33% | $330.000.- |
管理人(1)
摘要官方正文
MARÍA LORETO ZALDÍVAR GRASS, Notario Suplente de don Patricio Zaldívar Mackenna, Notario Titular de la 18° Notaría de Sant iago, con oficio en calle Bandera N° 341, oficina 857, certifica que: por escritura p ública de fecha 19 de diciembre de 2016, Repertorio N° 20.251/2016, ante mí, MARÍA IRM A VERA-CRUZ GARCÍA, domiciliada en calle Valonia N° 225, departamento 3 2 B, Jardín del Mar, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, PAMELA ANDREA TAPIA VERA- CRUZ, domiciliada en calle Liágora N° 350, casa 3, Jardín del Mar, Reñaca, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, NÉSTOR RODRIGO TAPIA VERA-CRUZ, domiciliado en Monseñor Edwards N° 1991, comuna de la Reina, Región Metropolitana, y CLAUDIO ALBERTO TAPIA VERA-CRUZ domiciliado en Altos del Valle N° 1325, casa 15, comuna de Huechuraba, Regió n Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en las siguientes condiciones: RAZÓN SOCIAL: “INVERSIONES PALOCAYO LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Palocayo Ltda.”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerden establecer en otra ciudades del país y/o del extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, corporales o incorporales, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto administrarlos y percibir sus frutos. CAPITAL: $1.000.000.-, que los socios aportan, enteran y pagan al contado y en dinero efectivo en acto de constitución, ingresando fondos a caja social, de la siguiente manera: a) MARÍA IRMA VERA-CRUZ GARCÍA, $10.000.-, esto es el 1% del capital social; b) PAMELA ANDREA TAPIA VERA-CRUZ, $330.000.-, esto es el 33% del capital social; c) NÉSTOR RODRIGO TAPIA VERA-CRUZ, $330.000.-, esto es el 33% del capital social; y d) CLAUDIO ALBERTO TAPIA VERA-CRUZ, $330.000.-, esto es el 33% del capital social. RESPONSABILIDAD: limitada a monto de respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a doña MARÍA IRMA VERA-CRUZ GARCÍA, individualmente, con las más amplias facultades, según escritura extractada. DURACION: desde fecha escritura de constitución hasta 31 de diciembre del año 2020, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 5 años, salvo aviso anticipado de no menos de 6 meses de alguno de los socios en condiciones señaladas en escritura extractada. DISOLUCION ANTICIPADA: La Sociedad se disolverá anticipadamente por el acuerdo unánime de los socios o por cualquiera otra causa legal, salvo fallecimiento del socio administrador estatutario, insolvencia, muerte, incapacidad o por cualquier otra causal que afecte la libre administración de los bienes de alguno de los socios en cuyo caso deberá estarse a lo estipulado en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 24 de Enero de 2017. M.L. Zaldívar G. Notario Suplente.-
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- MODIFICACIÓN
INVERSIONES PALOCAYO LIMITADA
CVE 1274011
- CONSTITUCIÓN
INVERSIONES PALOCAYO LIMITADA
CVE 1174847
