有限責任公司76.744.045-6

Inversiones Mfg Ii Limitada

MODIFICACIÓN — 2026年3月13日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
calle Espoz, número dos mil ochocientos cincuenta

資本

總資本

$10.000.000

股東(7)

姓名持股比例

Marcela Fuenzalida Giacaman

Socio

10.xxx.xxx-2

25%

María Teresa Coloma Fuenzalida

Socio

18.xxx.xxx-3

12.5%

María Jesús Coloma Fuenzalida

Socio

18.xxx.xxx-5

12.5%

Francisco José Coloma Fuenzalida

Socio

19.xxx.xxx-2

12.5%

Trinidad Coloma Fuenzalida

Socio

19.xxx.xxx-2

12.5%

Rosario Coloma Fuenzalida

Socio

20.xxx.xxx-6

12.5%

Agustín Coloma Fuenzalida

Socio

21.xxx.xxx-3

12.5%

摘要官方正文

Ministerio del Interior Luis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea número 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante la Notario Suplente doña Francisca Javiera Almendares Hoch, con fecha 19 de febrero de 2026, repertorio número 1932-2026 a) Doña Marcela Fuenzalida Giacaman, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número diez millones seiscientos setenta y tres mil quinientos cuatro guion dos; b) doña María Teresa Coloma Fuenzalida, chilena, casada y separada de bienes, diseñadora, cédula nacional de identidad dieciocho millones trescientos noventa y cinco mil seiscientos treinta y cinco guion tres; c) doña María Jesús Coloma Fuenzalida, chilena, periodista, soltera, cédula nacional de identidad número dieciocho millones novecientos treinta y tres mil novecientos cuarenta y cuatro guion cinco; don Francisco José Coloma Fuenzalida, chileno, arquitecto, soltero, cédula nacional de identidad número diecinueve millones cuatrocientos un mil sesenta y siete guion dos; doña Trinidad Coloma Fuenzalida, chilena, publicista, soltera, cédula nacional de identidad número diecinueve millones seiscientos ochenta y ocho mil veintitrés guion dos; doña Rosario Coloma Fuenzalida, chilena, estudiante, soltera, cédula nacional de identidad número veinte millones ochocientos diez mil seiscientos veintitrés guion seis y, don Agustín Coloma Fuenzalida, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad número veintiún millones cuatrocientos setenta mil quinientos cincuenta y ocho guion tres; todos domiciliados para estos efectos en calle Espoz, número dos mil ochocientos cincuenta, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron la sociedad INVERSIONES MFG II LIMITADA, inscrita a fojas 56 bis número 34 bis del Registro de Comercio de Talagante del año 2016, en el sentido de incorporar como nuevos socios a doña María Jesús Coloma Fuenzalida, a don Francisco José Coloma Fuenzalida, a doña Trinidad Coloma Fuenzalida, a doña Rosario Coloma Fuenzalida, y don Agustín Coloma Fuenzalida y aumentar el capital de la sociedad desde la suma de 33.330 pesos a 1.000.000 de pesos. Como consecuencia de lo anterior se sustituyó el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, repartido entre los socios, de la siguiente manera: a) doña Marcela Fuenzalida Giacaman con dos millones quinientos mil pesos, que corresponde al veinticinco por ciento de los derechos sociales; b) doña María Teresa Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; c) doña María Jesús Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; d) don Francisco José Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; e) doña Trinidad Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; f) doña Rosario Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; g) don Agustín Coloma Fuenzalida con un millón doscientos cincuenta mil pesos, que corresponde al doce coma cinco por ciento de los derechos sociales; que se encuentran en cuanto a su entero y pago en la forma indicada en la cláusula transitoria. Los aportes podrán enterarse en dinero efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de este acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de conflictos sociales”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 10 de marzo de 2026.

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  1. MODIFICACIÓN

    INVERSIONES MFG II LIMITADA

    CVE 2782624

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