有限責任公司76.741.193-6

Sociedad Agrícola Peumayén Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年12月11日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2025-12-11查看 PDF(CVE 2739805)

公司資料

Ltda
calle La Grulla 3923

摘要官方正文

Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en El Golf 99, oficina 101B, comuna de Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 26 de noviembre del año 2025, otorgada ante mí, repertorio 10458-2025, don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga, doña Mónica del Pedregal Labbé, don José Ramón Gutiérrez del Pedregal, don José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, don Matías Gutiérrez del Pedregal, don Diego Gutiérrez del Pedregal, doña Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal e Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, todos ellos domiciliados para estos efectos en calle La Grulla 3923, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, como únicos socios de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada, RUT 76.741.193-6, inscrita a fojas 18076 número 10069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, rectificaron escritura pública de Modificación de dicha sociedad de fecha 03 de junio de 2025 otorgada en la Notaría de Santiago de doña Magdalena Sofia Latorre Larraín y su extracto publicado e inscrito a fojas 60.061 número 23.148 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025. Mediante la escritura extractada, se rectificó la participación de Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada en el capital social, en el sentido de indicar que esta corresponde a $5.000.021.478, y no a $5.004.021.478. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 04 de diciembre de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino.

變更Diario Oficial · 2025-07-17查看 PDF(CVE 2672420)

公司資料

Ltda
calle La Grulla número 3923

資本

總資本

$5.004.772.997

實繳資本

$1.424.217.909

待繳資本

$3.580.337.024

股東(8)

姓名持股比例

José Ramón Gutiérrez Arrivillaga

Socio

0.089217%

Mónica del Pedregal Labbé

Socio

0.00953%

José Ramón Gutiérrez del Pedregal

Socio

0.00953%

José Ignacio Gutiérrez del Pedregal

Socio

0.00953%

Matías Gutiérrez del Pedregal

Socio

0.00953%

Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal

Socio

0.00953%

Diego Gutiérrez del Pedregal

Socio

0.00953%

Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada

Socio

99.90506%

公報所載公司沿革

  1. 股東加入· 2024年12月30日

    Santa Mónica de Inversiones Limitada fue absorbida por Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, que sucedió a la primera en todos sus derechos y obligaciones.

    Santa Mónica de Inversiones Limitada · Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada

摘要官方正文

Ministerio del Interior MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Avenida El Golf número 99, oficina 101B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 03 de junio de 2025, repertorio 4443-2025, otorgada ante mí, don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga, doña Mónica del Pedregal Labbé, don José Ramón Gutiérrez del Pedregal, don José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, don Matías Gutiérrez del Pedregal, don Diego Gutiérrez del Pedregal, doña Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal e Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, todos ellos domiciliados para estos efectos en calle La Grulla número 3923, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada, Rol Único Tributario Número 76.741.193-6, inscrita a fojas 18.076, número 10.069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordaron dar cuenta que, por escritura pública de fecha treinta de diciembre del año dos mil veinticuatro, la sociedad “Santa Mónica de Inversiones Limitada” fue absorbida por “Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada”, sucediéndola esta última en todos sus derechos y obligaciones y pasando a ser titular de su derechos sociales en Sociedad Agrícola Peumayén Limitada. En consecuencia, los comparecientes acordaron modificar el artículo cuarto de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la cantidad de cinco mil cuatro millones setecientos setenta y dos mil novecientos noventa y siete pesos, que pertenece a los socios en las siguientes proporciones: a) don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga es dueño de aproximadamente un cero coma cero, ocho, nueve, dos, uno, siete por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento treinta y nueve pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; b) doña Mónica del Pedregal Labbé es dueña de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; c) don José Ramón Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; d) don José Ignacio Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente de un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; e) don Matías Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; f) doña Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal es dueña de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; g) don Diego Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; y h) Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada es dueña de aproximadamente de un noventa y nueve coma nueve cero cinco cero seis cero por ciento del capital social, equivalente a la suma de cinco mil cuatro millones veintiún mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, de los cuales (i) mil cuatrocientos diecinueve millones seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos, aportó y pagó con anterioridad a este acto; y (ii) tres mil quinientos ochenta millones trescientos treinta y siete mil veinticuatro pesos se aportará y pagará en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contados desde esta fecha.”. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada. Santiago, 18 de junio de 2025.-. Magdalena Latorre Larraín, Notario Público Interino.

變更Diario Oficial · 2024-04-27查看 PDF(CVE 2486166)

公司資料

Ltda
calle Isidora Goyenechea número 3621, piso 17
管理方式: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a José Ramón Gutiérrez Arrivillaga; en su ausencia o impedimento, a Mónica del Pedregal Labbé conjuntamente con tres cualquiera de José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal e Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal; y en ausencia o impedimento de ambos, a cuatro cualquiera de esos mismos cinco actuando conjuntamente.

摘要官方正文

Patricio Raby Benavente, Abogado, Notario Público Titular de la 5ª notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2024 extendida ante mí, los señores José Ramón Gutiérrez Arrivillaga, Mónica del Pedregal Labbé, José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal, Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal, Santa Mónica de Inversiones Limitada e Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, todos ellos domiciliados para estos efectos en calle Isidora Goyenechea número 3621, piso 17, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de únicos y actuales socios de “Sociedad Agrícola Peumayén Limitada”, Rol Único Tributario Número 76.741.193-6, inscrita a fojas 18.076 número 10.069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordaron modificar el artículo séptimo de los estatutos sociales, en el sentido de establecer que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga. En caso de ausencia o impedimento de don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña Mónica del Pedregal Labbé conjuntamente con tres cualquiera de los señores José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal e Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal. En caso de ausencia o impedimento de don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga y de doña Mónica del Pedregal Labbé, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a cuatro cualquiera de los señores José Ramón Gutiérrez del Pedregal, José Ignacio Gutiérrez del Pedregal, Matías Gutiérrez del Pedregal, Diego Gutiérrez del Pedregal e Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal actuando conjuntamente. Los Socios reiteraron que limitan su responsabilidad por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones no son objeto de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 18 de abril de 2024. Patricio Raby Benavente, Notario Titular.

變更Diario Oficial · 2024-01-31查看 PDF(CVE 2447563)

公司資料

Ltda
calle La Grulla número tres mil novecientos veintitrés

公司目的

La explotación en cualquiera de sus formas, tales como arrendamiento, por cuenta propia o ajena de predios rústicos, sean agrícolas o forestales, ganaderos o de cualquier otra índole; la importación, exportación, distribución, comercialización, transformación, elaboración o fabricación de productos que generen esos predios o de productos agrícolas, forestales o ganaderos ajenos; el desarrollo de actividades agroindustriales o agroforestales que complementen la explotación señalada; actividades de crianza y engorda de animales, en especial de caballos y otros equinos, y servicios ecuestres en general, la prestación de asesorías por servicios técnicos relacionados con el rubro agrícola, forestal, maderero o ganadero; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, herramientas, productos químicos e insumos requeridos para la industria agrícola, forestal o maderera; la mantención de representaciones, consignaciones y realizaciones de negocios relacionados con el rubro que los socios acuerden; y en general, la realización de cualquier negocios relacionado con la actividad agrícola, forestal, maderera, ganadera, agroindustrial o agroforestal.

資本

總資本

$5.004.772.997

實繳資本

$1.424.407.973

待繳資本

$3.580.337.024

摘要官方正文

MARÍA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Suplente del Titular de la 5° Notaría de Santiago Patricio Raby Benavente, Gertrudis Echeñique 30, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de diciembre de 2023, ante el titular, i/ Mónica Del Pedregal Labbé; ii/ don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga; iii/ José Ramón Gutiérrez Del Pedregal; iv/ don José Ignacio Gutiérrez Del Pedregal; v/ don Matías Gutiérrez Del Pedregal; vi/ doña Isidora Mónica Gutiérrez Del Pedregal; vii/ don Diego Gutiérrez Del Pedregal; viii/ Santa Mónica De Inversiones Limitada y ix/ Inmobiliaria e Inversiones Del Sur Limitada, todos ellos domiciliados en calle La Grulla número tres mil novecientos veintitrés, comuna de Lo Barnechea, Santiago, en su calidad de únicos socios de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada, RUT 76.741.193-6, inscrita a fojas 18.076, número 10.069 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2017, acordaron lo siguiente: 1) Capital: Los actuales y únicos socios de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada acordaron aumentar su capital social en $5.000.000.000, de la suma de $4.772.997 pesos, a la suma de $5.004.772.997. Dicho aumento de capital se realizó mediante el ingreso de un nuevo socio, Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada, de los cuales pagó $1.419.662.976 en el acto de la escritura extractada, y pagará $3.580.337.024 en un plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Modificaron la cláusula cuarta de los estatutos sociales al efecto, reemplazándola por la siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la cantidad de $5.004.772.997. pesos, que pertenece a los socios en las siguientes proporciones y de la siguiente forma: a) don José Ramón Gutiérrez Arrivillaga es dueño de aproximadamente un cero coma cero, ocho, nueve, dos, uno, siete por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuatro millones cuatrocientos sesenta y cinco mil ciento treinta y nueve pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; b) doña Mónica del Pedregal Labbé es dueña de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; c) don José Ramón Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; d) don José Ignacio Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente de un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; e) don Matías Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; f) doña Isidora Mónica Gutiérrez del Pedregal es dueña de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; g) don Diego Gutiérrez del Pedregal es dueño de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, nueve, cinco, tres por ciento del capital social, equivalente a la suma de cuarenta y siete mil setecientos treinta pesos del capital social, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; h) Santa Mónica de Inversiones Limitada es dueña de aproximadamente un cero coma cero, cero, cero, cuatro, dos nueve por ciento del capital social, equivalente a la suma de veintiún mil cuatrocientos setenta y ocho pesos, suma que fue íntegramente aportada y pagada con anterioridad a esta fecha; i) Inmobiliaria e Inversiones del Sur Limitada es dueña de aproximadamente de un noventa y nueve coma nueve, cero, cuatro, seis, tres uno por ciento del capital social, equivalente a la suma de $5.000.000.000 de pesos, de los cuales (i) $1.419.662.976, aportó y pagó mediante la capitalización de la cuenta por cobrar que mantiene actualmente en contra de la Sociedad por igual monto, según Reconocimiento de Deuda Unilateral de fecha 1 de diciembre de 2023; y (ii) $3.580.337.024 se aportará y pagará en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 5 años contados desde esta fecha.”. 2) Objeto social: Los actuales y únicos socios de Sociedad Agrícola Peumayén Limitada acordaron también ampliar su objeto social. Modificaron la cláusula tercera de los estatutos sociales al efecto, reemplazándola por la siguiente: “ARTÍCULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: La explotación en cualquiera de sus formas, tales como arrendamiento, por cuenta propia o ajena de predios rústicos, sean agrícolas o forestales, ganaderos o de cualquier otra índole; la importación, exportación, distribución, comercialización, transformación, elaboración o fabricación de productos que generen esos predios o de productos agrícolas, forestales o ganaderos ajenos; el desarrollo de actividades agroindustriales o agroforestales que complementen la explotación señalada; actividades de crianza y engorda de animales, en especial de caballos y otros equinos, y servicios ecuestres en general, la prestación de asesorías por servicios técnicos relacionados con el rubro agrícola, forestal, maderero o ganadero; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, herramientas, productos químicos e insumos requeridos para la industria agrícola, forestal o maderera; la mantención de representaciones, consignaciones y realizaciones de negocios relacionados con el rubro que los socios acuerden; y en general, la realización de cualquier negocios relacionado con la actividad agrícola, forestal, maderera, ganadera, agroindustrial o agroforestal.” Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. En lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Santiago, 23 de Enero de 2024. Maria Virginia Wielandt Covarrubias. Notario Suplente.-

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