Linentec SpA
Diario Oficial
公司資料
公司目的
la prestación de servicios informáticos y de ingeniería, tecnología, logística, control de gestión y operaciones, la asesoría, docencia, investigación y desarrollo en la áreas anteriores, la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades; el desarrollo por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos de servicios de elaboración, producción, distribución, venta, comercialización, importación y exportación de sistemas informáticos, de tecnología, medios de pago e ingeniería en general; el diseño, producción, venta y arrendamiento de dichos sistemas y licenciamientos y la representación de empresas nacionales y extranjeras; la venta, arrendamiento y toda forma de comercialización de equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares y la producción, elaboración, trasformación, compra, venta y distribución, por cuenta propia o asociado a terceros, de todo producto y servicio, de cualquier clase, que puedan ser vendidos, comercializados y/o entregados a través de dichos equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares, incluyendo bebidas y alimentos de todo tipo, preparados, congelados o frescos y las demás actividades necesarias y conducentes que acuerden los socios para el desarrollo de los giros antes indicados.
資本
總資本
$219.700.000
實繳資本
$116.000.000
待繳資本
$103.700.000
股份
10,000,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Daniel Florencio Arturo Ortúzar Squella Accionista | - | 10,000,000 股 | - |
公報所載公司沿革
- 資本變更· 2021年10月22日
Se suscribieron y pagaron 4.100.000 acciones por $115.000.000 en junta extraordinaria de accionistas.
Daniel Florencio Arturo Ortúzar Squella
摘要官方正文
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, Repertorio N° 30.060-2021, ante la Notario Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz, por la cual se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “LINENTEC SpA”, Rol Único Tributario N° 76.725.546-2, inscrita a fojas 94966 número 43671 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, por la cual, Daniel Florencio Arturo Ortúzar Squella, en su calidad de único accionista de la Sociedad, acordó modificar los estatutos de esta última, reformando entre otras materias, los Artículos Cuarto, Quinto y Artículo Primero Transitorio de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios informáticos y de ingeniería, tecnología, logística, control de gestión y operaciones, la asesoría, docencia, investigación y desarrollo en la áreas anteriores, la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades; el desarrollo por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos de servicios de elaboración, producción, distribución, venta, comercialización, importación y exportación de sistemas informáticos, de tecnología, medios de pago e ingeniería en general; el diseño, producción, venta y arrendamiento de dichos sistemas y licenciamientos y la representación de empresas nacionales y extranjeras; la venta, arrendamiento y toda forma de comercialización de equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares y la producción, elaboración, trasformación, compra, venta y distribución, por cuenta propia o asociado a terceros, de todo producto y servicio, de cualquier clase, que puedan ser vendidos, comercializados y/o entregados a través de dichos equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares, incluyendo bebidas y alimentos de todo tipo, preparados, congelados o frescos y las demás actividades necesarias y conducentes que acuerden los socios para el desarrollo de los giros antes indicados.-“ “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de $219.700.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que se han pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán pagarse en dinero efectivo, créditos, servicios o aportes en especie, debidamente valorizados por la Junta, o bien de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, estas serán redistribuidas proporcionalmente a sus accionistas según la participación accionaria de estos últimos en la Sociedad, la que será efectuada en Junta de Accionistas dentro de un plazo de 30 días siguientes al vencimiento del plazo de enajenación señalado precedentemente. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses, contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas titulares de acciones ordinarias, a prorrata de su participación accionaria. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, se reducirá el capital de pleno derecho, y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso de que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ella ante la sociedad.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de $219.700.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual, será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $115.000.000.- dividido en 4.100.000 acciones Ordinarias, nominativas, igual valor y sin valor nominal, que han sido íntegramente suscritas y pagadas en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 22 de octubre de 2021; y c) Con la suma de $103.700.000.- dividido en 4.900.000 de acciones Ordinarias, nominativas, igual valor y sin valor nominal, íntegramente pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas con anterioridad al día 22 de octubre de 2022”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 3 de enero de 2022.
公司資料
公司目的
prestación de servicios informáticos y de ingeniería, tecnología, logística, control de gestión y operaciones, asesoría, docencia, investigación y desarrollo; participación como socia o accionista en sociedades; desarrollo de servicios de elaboración, producción, distribución, venta, comercialización, importación y exportación de sistemas informáticos, tecnología, medios de pago e ingeniería; diseño, producción, venta y arrendamiento de sistemas y licenciamientos; representación de empresas nacionales y extranjeras; venta, arrendamiento y comercialización de equipos, sistemas y máquinas expendedoras o vending; producción, elaboración, transformación, compra, venta y distribución de productos y servicios asociados
資本
總資本
$219.700.000
實繳資本
$116.000.000
待繳資本
$103.700.000
股份
10,000,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Daniel Florencio Arturo Ortúzar Squella Accionista | - | 100% | $219.700.000 |
摘要官方正文
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente del Titular de la 36° Notaría de Santiago, ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, Repertorio N°30.060-2021, ante mí, por la cual se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “LINENTEC SpA”, Rol Único Tributario N° 76.725.546-2, inscrita a fojas 94966 número 43671 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, por la cual, Daniel Florencio Arturo Ortúzar Squella, en su calidad de único accionista de la Sociedad, acordó modificar los estatutos de esta última, reformando entre otras materias, los Artículos Cuarto, Quinto y Artículo Primero Transitorio de la siguiente forma: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto. El objeto de la Sociedad será la prestación de servicios informáticos y de ingeniería, tecnología, logística, control de gestión y operaciones, la asesoría, docencia, investigación y desarrollo en la áreas anteriores, la participación como socia o accionista en todo tipo de sociedades; el desarrollo por cuenta propia, de terceros o asociados a éstos de servicios de elaboración, producción, distribución, venta, comercialización, importación y exportación de sistemas informáticos, de tecnología, medios de pago e ingeniería en general; el diseño, producción, venta y arrendamiento de dichos sistemas y licenciamientos y la representación de empresas nacionales y extranjeras; la venta, arrendamiento y toda forma de comercialización de equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares y la producción, elaboración, trasformación, compra, venta y distribución, por cuenta propia o asociado a terceros, de todo producto y servicio, de cualquier clase, que puedan ser vendidos, comercializados y/o entregados a través de dichos equipos, sistemas y máquinas expendedoras, de vending o similares, incluyendo bebidas y alimentos de todo tipo, preparados, congelados o frescos y las demás actividades necesarias y conducentes que acuerden los socios para el desarrollo de los giros antes indicados.-“ “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la suma de 219.700.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que se han pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán pagarse en dinero efectivo, créditos, servicios o aportes en especie, debidamente valorizados por la Junta, o bien de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, estas serán redistribuidas proporcionalmente a sus accionistas según la participación accionaria de estos últimos en la Sociedad, la que será efectuada en Junta de Accionistas dentro de un plazo de 30 días siguientes al vencimiento del plazo de enajenación señalado precedentemente. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. El plazo para enterar los aumentos de capital será de 12 meses, contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta acuerde algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas titulares de acciones ordinarias, a prorrata de su participación accionaria. En el caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, se reducirá el capital de pleno derecho, y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y pago serán eliminadas por la Sociedad. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de acciones. En caso de que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ella ante la sociedad.” “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social asciende a la suma de 219.700.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual, será suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de $1.000.000.- dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; b) Con la suma de $115.000.000.- dividido en 4.100.000 acciones Ordinarias, nominativas, igual valor y sin valor nominal, que han sido íntegramente suscritas y pagadas en la Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de fecha 22 de octubre de 2021; y c) Con la suma de $103.700.000.- dividido en 4.900.000 de acciones Ordinarias, nominativas, igual valor y sin valor nominal, íntegramente pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso deberán ser suscritas y pagadas con anterioridad al día 22 de octubre de 2022”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de diciembre de 2021.
公司資料
公司目的
SERVICIOS INFORMÁTICOS
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
1,000,000
股東(1)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
DANIEL FLORENCIO ARTURO ORTÚZAR SQUELLA Accionista 16.xxx.xxx-2 | 16.xxx.xxx-2 | 100% | $1.000.000 |
摘要官方正文
El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449, torre 2, piso 11, Santiago Centro, certifica que, comparece: DANIEL FLORENCIO ARTURO ORTÚZAR SQUELLA, Rut 16.020.095-2, domiciliado en Celerino Pereira N°1905 depto/local 504, comuna de ÑUÑOA, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, como único accionista de una sociedad por acciones, constituida con fecha 18 de abril del 2017, inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: Linentec SpA. DOMICILIO: Comuna de PROVIDENCIA, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, sin perjuicio agencias, sucursales o establecimientos resto del país o el extranjero. OBJETO: SERVICIOS INFORMÁTICOS. CAPITAL SOCIAL: $1.000.000 de pesos, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital se encuentra totalmente suscrito y pagado en efectivo y al contado. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.
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