股份公司76.697.365-5

Consultora, Ingeniería Y Proyectos Fmt SpA

MODIFICACIÓN — 2020年12月26日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2020-12-26查看 PDF(CVE 1872111)

公司資料

SpA
Viña del Mar, Valparaíso
管理方式: GERENTE GENERAL

資本

總資本

$15.000.000

股份

100

股東(1)

姓名持股比例

CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA

Accionista

77.016.748-5

100%

管理人(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2019年3月6日

    Se constituyó CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA con 100 acciones y capital de $15.000.000.

    DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES

  2. 權益轉讓

    DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES vende y cede el 100% de sus acciones a CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA.

    DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES · CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA

  3. 管理人變更

    Se designa como Gerente General a FREDDY ANTONIO DE JESUS DIAZ ALFARO.

    FREDDY ANTONIO DE JESUS DIAZ ALFARO

摘要官方正文

CAROLINA ISABEL ADAOS VALENZUELA, Abogado, Notario Público Suplente del titular EUGENIO JIMENEZ LARRAIN, notario público Ovalle, domiciliado en esta ciudad, calle Vicuña Mackenna, número 370, oficina Tres E, certifico, escritura pública, hoy ante mi DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES, chileno, soltero, Contador General, Cédula Nacional de Identidad 10.136.630-8, domicilio Avenida David Perry 45 Ovalle, quien comparece por sí y en su calidad de Administrador de la sociedad CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA, Rol Único Tributario 76.697.365-5, del mismo domicilio de su representante; y por otra, CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA, Rol Único Tributario 77.016.748-5, con domicilio en Cinco Norte, número 209, ciudad de Viña del Mar, representada por FREDDY ANTONIO DE JESUS DIAZ ALFARO, chileno, soltero, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad 18.984.825-0, del mismo domicilio de su representada; celebraron siguiente contrato: CESION DE DERECHOS DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES, quien detenta cien acciones, que corresponden al cien por ciento del interés en la sociedad CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA las vende cede y transfiere a favor de CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA, para quien compra, acepta y recibe para su representada, la totalidad de las acciones que al cedente correspondían en la mencionada sociedad. El precio de venta de cada acción es de $50.000 por un total de $5.000.000 pagados en la forma expuesta en escritura extractada.- La sociedad CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA., Rol Único Tributario 76.697.365-5, fue constituida por DANIEL ENRIQUE PIZARRO CORTES por medio de escritura pública suscrita con fecha 6 de marzo de 2019, otorgada ante la Notario Público de Ovalle, servida por Carolina Isabel Adaos Valenzuela, Suplente del titular don EUGENIO JIMENEZ LARRAIN, con un capital de $15.000.000, dividido en 100 acciones, extracto publicado en el Diario Oficial de La República, en su edición número 42.303 de fecha 13 de marzo de 2019, e inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Ovalle a fojas 49 vta., número 43, del año 2019.- En virtud de compraventa y cesión de derechos señalada, queda como único socio de CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA, la sociedad denominada CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA., detentando el 100% del interés social, representado por las cien acciones emitidas, suscritas y pagadas.- CONSULTORA, ASESORÍAS E INVERSIONES KMAN SpA, efectúa siguientes modificaciones al pacto constitutivo de CONSULTORA, INGENIERÍA Y PROYECTOS FMT SpA, Modifica cláusula décimo tercera del pacto constitutivo, que da cuenta de la administración, representación y uso de la razón social, estipulando lo siguiente: GERENTE GENERAL. La sociedad será administrada por el tercero no socio don FREDDY ANTONIO DE JESUS DIAZ ALFARO, chileno, soltero, factor de comercio, Cédula Nacional de Identidad, número dieciocho millones novecientos ochenta y cuatro mil ochocientos veinticinco guión cero (18.984.825-0) con domicilio en Cinco Norte, número doscientos nueve (209), de la ciudad de Viña del Mar, quien, presente a este acto, acepta la designación en él recaída. El administrador designado, actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes. Para todos los efectos el Administrador o Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al Gerente General de una sociedad anónima. Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. Modifica también la cláusula cuarta del pacto constitutivo, que da cuenta de Poderes de Administración y Representación, conforme al artículo décimo tercero antes indicado, el Administrador o Gerente General, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objetivo social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, estando investido de todas las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Administrador o Gerente General, podrá delegar libremente sus facultades o atribuciones, sea en forma general o especial. A mayor abundamiento, el Administrador o Gerente General, en el ejercicio de la representación legal de la sociedad, se encontrará investido de las facultades que son las que se indican en escritura extractada.- Así también se modifica la cláusula Trigésima del pacto constitutivo, estableciendo que la persona designada para los efectos del arbitraje, será el abogado don LUIS ABEL URQUETA TEJADA, conforme las mismas estipulaciones en la cláusula indicada. En todo lo no modificado seguirá vigente el pacto social constitutivo. En Ovalle a 04 de Diciembre de 2020.-

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