The America´s Wine Group SpA
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ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N° 3.076, oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de marzo del año 2017, bajo el repertorio N° 2.278-2017, ante mi, se redujo a escritura pública acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de THE AMERICA´S WINE GROUP SPA, inscrita a fojas 80724 número 43560 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016 (la “Sociedad”), en que se acordó: (i) Modificar el régimen de administración de la Sociedad en el sentido que esta sea llevada por un directorio conformado por 4 miembros, y su perído de duración sea de 3 años. Los directores no serán remunerados por sus funciones. (ii) Se acordó nombrar a DIEGO CALLEJAS HURTADO, JOSÉ PABLO MARTIN VERGARA, MARCELO GAGO y PAUL DUNN como directores de la Sociedad.(iii) Se acordó reemplazar el Artículo Séptimo de los Estatutos, reflejando los acuerdos adoptados en relación al cambio de regimen de admnistración de la Sociedad, de acuerdo al siguiente texto: “ARTICULO SÉPTIMO. Directorio. La Sociedad será administrada por un directorio elegido por la junta de accionistas, compuesto por cuatro miembros, pudiendo los directores ser o no accionistas. Si se produjere la vacancia de un director, en su caso, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima junta de accionistas que celebre la Sociedad y, en el intertanto, el directorio mediante decisión unánime podrá nombrar a un reemplazante. Al directorio de la Sociedad le serán aplicables las mismas normas establecidas para los directorios de sociedades anónimas cerradas en relación con su nombramiento, funcionamiento, deberes y responsabilidades, salvo las normas especiales que estén contenidas en este estatuto, las que primarán sobre aquéllas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de marzo de 2017. Roberto Antonio Cifuentes Allel. Notario Público.
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公司目的
La Sociedad tendrá por objeto: /i/ la importación, exportación de bienes y servicios de la industria vitivinícola; /ii/ la construcción, arrendamiento y administración de industrias vitivinícolas; /iii/ la producción, compra, venta, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; /iv/ el almacenamiento y envase de los licores; /v/ la agricultura y la industria del vino y sus derivados; /vi/ la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena; /vii/ servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; /viii/ la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; /ix/ actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; /x/ realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén directa o indirectamente, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos; /xi/ la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos que la sociedad posea o detente, a cualquier título; /xii/ la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; /xiii/ la cría e invernada de ganado; /xiv/ la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada con el agro; /xv/ la explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola y vitivinícola; /xvi/ la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viñedos, viveros y planteles frutales; /xvii/ la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; /xviii/ la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; /xix/ compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones y cosechas; /xx/ la cosecha para terceros y el procesamiento de packing y exportación; /xxi/ la producción e industrialización de la fruta; /xxii/ efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participaciones en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos; /xxiii/ la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; y /xxiv/ en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.
資本
總資本
$1.000.000
實繳資本
$1.000.000
待繳資本
$0
股份
100
股東(2)
| 姓名 | RUT | 持股比例 | 出資 |
|---|---|---|---|
Accionista 12.xxx.xxx-3 | 12.xxx.xxx-3 | - | - |
Accionista 12.xxx.xxx-8 | 12.xxx.xxx-8 | - | - |
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ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, Notario Público del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número setecientos setenta, tercer piso, certifico: Por escritura pública de fecha 18 de octubre del año 2016, ante mi, DIEGO JOSÉ CALLEJAS HURTADO, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad número 12.002.001-3, con domicilio para estos efectos en Avenida Cristóbal Colón número tres mil quinientos veintidós, departamento número cuarenta y tres, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y JOSÉ PABLO MARTIN VERGARA, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad número 12.720.586-8, domiciliado para estos efectos en Avenida del Atardecer número cuatro mil quinientos sesenta y uno, Peñuelas, Región de Coquimbo, y de paso por ésta. Constituyeron sociedad por acciones (la “Sociedad”). Nombre: THE AMERICA´S WINE GROUP SpA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: /i/ la importación, exportación de bienes y servicios de la industria vitivinícola; /ii/ la construcción, arrendamiento y administración de industrias vitivinícolas; /iii/ la producción, compra, venta, exportación, importación, mejoramiento, representación, intermediación de cepas, uvas, vinos, licores, alcoholes y otros relacionados con éstos; /iv/ el almacenamiento y envase de los licores; /v/ la agricultura y la industria del vino y sus derivados; /vi/ la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, frutícola o maderera, la compra, venta y exportación de la producción, sea la propia o ajena; /vii/ servicios de embalaje, packing y de asesoría a productores; /viii/ la elaboración de alimentos, de toda clase, a partir de esa producción; /ix/ actuar como comisionista o mandatario, para la venta y comercio de productos agrarios; /x/ realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos o rentas, y -en general- cualesquiera otros negocios, que estén directa o indirectamente, relacionados con la agricultura, la producción, transformación o comercialización de sus productos; /xi/ la explotación agrícola, ganadera, de arboricultura y forestal, por cuenta propia o ajena, de predios rústicos que la sociedad posea o detente, a cualquier título; /xii/ la avicultura, apicultura, horticultura, granja, semilleros, viveros, fruticultura; /xiii/ la cría e invernada de ganado; /xiv/ la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y todo otro negocio o actividad relacionada con el agro; /xv/ la explotación, estudio y asesoría en lo relacionado con la actividad frutícola y vitivinícola; /xvi/ la instalación y explotación, por cuenta propia o ajena, de viñedos, viveros y planteles frutales; /xvii/ la compraventa, importación, exportación de semillas, almácigos, plantas, clones y árboles frutales; /xviii/ la compraventa, importación y exportación de vehículos, máquinas herramientas, herramientas maquinaria, útiles, implementos y artefactos y otros relacionados con viveros, plantaciones, cosecha, secado y procesamiento de la fruta, en todas sus formas; /xix/ compra y venta de frutas secas, en fundos, parcelas, hijuelas y plantaciones y cosechas; /xx/ la cosecha para terceros y el procesamiento de packing y exportación; /xxi/ la producción e industrialización de la fruta; /xxii/ efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o de terceros relativos a toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, localizados en Chile o en el extranjero, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiendo especialmente y sin limitación, la inversión en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, derechos o acciones de sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituidas o por constituirse, incluyendo la formación y participaciones en otras personas jurídicas y sociedades de cualquier tipo y, en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales, la administración de tales inversiones y la percepción de sus frutos; /xxiii/ la adquisición de inmuebles y la construcción de edificaciones y obras de cualquier naturaleza, su administración, explotación y/o enajenación a cualquier título; y /xxiv/ en general, realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagadero en un plazo máximo de 5 años desde la constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de octubre de 2016. Roberto Antonio Cifuentes Alell. Notario Público.
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- MODIFICACIÓN
THE AMERICA´S WINE GROUP SPA
CVE 1199611
- CONSTITUCIÓN
THE AMERICA´S WINE GROUP SpA
CVE 1134599
