有限責任公司76.498.860-4

Comercial Jazak Limitada

MODIFICACIÓN — 2022年3月3日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2022-03-03查看 PDF(CVE 2094489)

公司資料

Ltda
calle La Gloria Nº 17

資本

總資本

$1.486.012.795

實繳資本

$1.486.012.795

待繳資本

$0

股東(5)

姓名持股比例

VIVIAN PIMSTEIN MAINO

Socio

8.7483%

JAEL ALVO PIMSTEIN

Socio

20.4509%

SUSANA ALVO PIMSTEIN

Socio

20.4509%

ALFONSO ALVO CAMHI

Socio

29.8991%

MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN

Socio

20.4509%

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2006年3月9日

    Se constituyó Comercial Jazak Limitada

  2. 權益轉讓· 2022年2月11日

    Alfonso Alvo Camhi cede el 38,3653% de sus derechos sociales a Jael Alvo Pimstein, Susana Alvo Pimstein y Mario Raúl Alvo Pimstein en partes iguales

    ALFONSO ALVO CAMHI · JAEL ALVO PIMSTEIN · SUSANA ALVO PIMSTEIN · MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN

  3. 資本變更· 2022年2月11日

    Se aumenta el capital social a $1.486.012.795 y se reestructura la participación de los socios

    VIVIAN PIMSTEIN MAINO · JAEL ALVO PIMSTEIN · SUSANA ALVO PIMSTEIN · ALFONSO ALVO CAMHI · MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN

摘要官方正文

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, notario suplente de la 43 Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: que con fecha 11 de febrero de 2022, bajo el Repertorio N° 4652-2022, ante mí, VIVIAN PIMSTEIN MAINO, factor de comercio, JAEL ALVO PIMSTEIN, factor de comercio, SUSANA ALVO PIMSTEIN, factor de comercio, ALFONSO ALVO CAMHI, factor de comercio y MARIO RAUL ALVO PIMSTEIN, factor de comercio, todos con domicilio en calle La Gloria Nº 17, Las Condes, modifican Sociedad “COMERCIAL JAZAK LIMITADA”, Rol Único Tributario Nº76.498.860-4, constituida el 9 de Marzo de 2006, otorgada en Notaría de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, inscrita en extracto a fojas 10.234 número 6.914 de 2006, en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Las modificaciones consisten en aumentar el capital social desde $1.095.099.507, suma que resulta de la revalorización experimentada por el capital, en virtud de la reserva de capital acumulada y de las utilidades netas retenidas, agregándose estas ultimas al capital, una vez descontados los retiros de utilidades pagados a los socios, así como las perdidas del ejercicio comercial de la sociedad al 31 de diciembre de 2021 a la suma de $1.486.012.795, aumento de capital que se paga con el aporte de utilidades retiradas y reinvertidas por doña VIVIAN PIMSTEIN MAINO, doña JAEL ALVO PIMSTEIN, doña SUSANA ALVO PIMSTEIN y don MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado por los socios ya señalados. Asimismo, don ALFONSO ALVO CAMHI vende cede y transfiere el 38,3653% de su participación en la sociedad en partes iguales de 12,7884% a doña JAEL ALVO PIMSTEIN, doña SUSANA ALVO PIMSTEIN y don MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN, quienes compran, aceptan y adquieren para sí dichos derechos sociales. Precio de cesión de $570.114.000 en partes iguales para cada socio de $190.038.000, cantidad que los cesionarios pagaron al cedente en dinero efectivo y al contado con anterioridad a este acto. Por tanto, modifican la cláusula quinta del pacto social relativa al capital social, ascendente a $1.486.012.795, que queda aportado así: ALFONSO ALVO CAMHI, $444.304.051, enterado y pagado con anterioridad a este acto, representa un 29,8991% de los derechos en la Sociedad; VIVIAN PIMSTEIN MAINO, $130.000.904, enterado y pagado con anterioridad a este acto, representa un 8,7483% de los derechos en la Sociedad; JAEL ALVO PIMSTEIN, $303.902.613, enterado y pagado con anterioridad a este acto, representa un 20,4509% de los derechos en la Sociedad; SUSANA ALVO PIMSTEIN, $303.902.613, enterado y pagado con anterioridad a este acto, representa un 20,4509% de los derechos en la Sociedad y, MARIO RAÚL ALVO PIMSTEIN, 303.902.613, enterado y pagado con anterioridad a este acto, representa un 20,4509% de los derechos en la Sociedad. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus aportes. Por último, los socios acuerdan que las ganancias o utilidades se distribuirán y las eventuales perdidas se absorberán a prorrata de sus aportes, por lo que, modifican la cláusula séptima del pacto social relativa a la distribución de utilidades, la cual es reemplazada por la siguiente: Las ganancias o utilidades se distribuirán y las eventuales perdidas se absorberán entre los socios a prorrata de los aportes de los socios, de conformidad a los resultados del balance general y el inventario que se practicarán anualmente el día 31 de diciembre al finalizar el respectivo ejercicio comercial. Sin perjuicio de lo anterior, por unanimidad de los socios podrá acordarse el retiro de utilidades a cuenta de los beneficios del ejercicio, en los montos proporciones y oportunidades que estos fijen de común acuerdo. En todo lo demás, queda plenamente vigente el pacto social primitivo. Santiago, 24 de febrero de 2022.

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  1. MODIFICACIÓN

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