有限責任公司76.475.701-7

Agrícola Siete Rios Limitada

MODIFICACIÓN — 2025年1月6日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Avenida Los Trapenses N°4.643
管理方式: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a María Loreto Jara Valenzuela y René Del Río Riveros, conjunta o separadamente; en ausencia de ambos, a René Tomás Del Rio Jara, María Francisca Del Rio Jara y Pedro Antonio Del Rio Jara, debiendo actuar siempre en forma conjunta dos cualquiera de ellos.

摘要官方正文

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33ª Notaría de Santiago, oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: por escritura pública ante mí, 11 de diciembre de 2024, Repertorio Nº18.210-2024, María Loreto Jara Valenzuela, René Tomás Del Río Jara, Pedro Antonio Del Río Jara, Maria Teresita Del Río Jara, María Del Rosario Del Río Jara, representada por René Del Río Riveros, Maria Loreto Del Río Jara, también representada por René Del Río Riveros, María De Los Ángeles Del Río Jara y María Francisca Del Río Jara; todos domicilio en esta ciudad, Avenida Los Trapenses N°4.643, comuna Lo Barnechea, como únicas socias de la sociedad AGRÍCOLA SIETE RIOS LIMITADA, RUT 76.475.701-7, inscrita a fojas 40.239 N°23.793 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2015, modifican los estatutos sociales en los siguientes términos: ADMINISTRACIÓN: Se acuerda que la representación, administración y uso de la razón social corresponderá a los administradores María Loreto Jara Valenzuela y René Del Río Riveros, quienes, actuando de manera conjunta o separadamente, en forma indistinta, tendrán la administración judicial y extrajudicial de la Sociedad, con plenas facultades de administración y disposición. En ausencia de ambos, por cualquier motivo, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración y representación de la sociedad corresponderá a los administradores don René Tomás Del Rio Jara, doña María Francisca Del Rio Jara y don Pedro Antonio Del Rio Jara, debiendo actuar siempre en forma conjunta dos cualquiera de ellos. Los administradores, actuando en la forma antes señalada representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y especialmente con las señaladas en los Estatutos Sociales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 18 de diciembre de 2024.-

變更Diario Oficial · 2023-08-04查看 PDF(CVE 2356666)

公司資料

Ltda
Avenida Los Trapenses N° 4.643

資本

總資本

$2.200.000

實繳資本

$2.200.000

待繳資本

$0

股東(8)

姓名持股比例

María Loreto Jara Valenzuela

Socio

2%

René Tomás Del Río Jara

Socio

14%

Pedro Antonio Del Río Jara

Socio

14%

María Teresita Del Río Jara

Socio

14%

María del Rosario del Río Jara

Socio

14%

María De Los Ángeles Del Río Jara

Socio

14%

María Loreto Del Río Jara

Socio

14%

María Francisca Del Río Jara

Socio

14%

摘要官方正文

VERÓNICA TORREALBA COSTABAL, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la 33ª Notaría de Santiago, don Iván Torrealba Acevedo, ambos con domicilio en calle Huérfanos 979, Oficina 501, Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 19 de julio de 2023, ante mí, Repertorio N°11.353-2023. María Loreto Jara Valenzuela, René Tomás Del Río Jara, Pedro Antonio Del Río Jara, Maria Teresita Del Río Jara, María Del Rosario Del Rio Jara, representada por René Del Río Riveros, Maria Loreto Del Río Jara, también representada por René Del Río Riveros, María De Los Angeles Del Río Jara y María Francisca Del Río Jara; todos domicilio en esta ciudad, Avenida Los Trapenses N° 4.643, comuna Lo Barnechea, como únicas socias de la sociedad AGRÍCOLA SIETE RÍOS LIMITADA, RUT 76.475.701-7, inscrita Fojas 40.239 N°23.793 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2015, modifican los estatutos sociales en los siguientes términos: A.- CESIONES DE DERECHOS. Uno) MARÍA LORETO DEL RIO JARA, vende cede y transfiere un 13,64% del total de los derechos sociales a MARIA FRANCISCA DEL RÍO JARA, por $416.700.- pagaderos en ese acto en dinero efectivo; Dos) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a RENÉ TOMÁS DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Tres) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a PEDRO ANTONIO DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Cuatro) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a MARIA TERESITA DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Cinco) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a MARIA LORETO DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Seis) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a MARIA DEL ROSARIO DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; Siete) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a MARIA DE LOS ÁNGELES DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo; y Ocho) MARÍA LORETO JARA VALENZUELA, vende cede y transfiere un aproximado de un 0,36% del total de los derechos sociales a MARIA FRANCISCA DEL RÍO JARA, por $8.000.-, pagaderos en este acto en dinero efectivo. B.- MODIFICAN ARTÍCULO SÉPTIMO ESTATUTOS SOCIALES. “SEPTIMO: El capital social es la suma de dos millones doscientos mil pesos chilenos, capital completamente pagado y aportado por los socios en las siguientes proporciones: a) doña María Loreto Jara Valenzuela, quien aporta cuarenta y cuatro mil pesos, correspondiéndole el dos por ciento de los derechos sociales; b) don René Tomás Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; c) don Pedro Antonio Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; d) doña María Teresita Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; e) doña María del Rosario del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; f) doña María De Los Ángeles Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; g) doña María Loreto Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales; y h) doña María Francisca Del Río Jara, quien aporta trescientos ocho mil pesos, correspondiéndole una participación del catorce por ciento de los derechos sociales”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 25 de julio de 2023.-

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  1. MODIFICACIÓN

    AGRÍCOLA SIETE RIOS LIMITADA

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