有限責任公司76.452.938-3

Inmobiliaria Valiente Limitada

MODIFICACIÓN — 2019年3月7日

Diario Oficial

變更Diario Oficial · 2019-03-07查看 PDF(CVE 1556757)

公司資料

Ltda
Pichilemu, O'Higgins

資本

總資本

$100.221.754

股東(3)

姓名持股比例

CAMILA JOSÉ SOTO LEIVA

Socio

16.xxx.xxx-6

50%

CARLA PÍA EVELYN LEIVA DÍAZ

Socio

15.xxx.xxx-k

17%

MARTA GRACIELA LEIVA POLANCO

Socio

8.xxx.xxx-8

33%

法定代理(1)

公報所載公司沿革

  1. 設立· 2016年12月22日

    Se constituye la sociedad de responsabilidad limitada INMOBILIARIA VALIENTE LIMITADA, con nombre de fantasía INMOBILIARIA CHACURRA LIMITADA.

    CARLA PÍA EVELYN LEIVA DÍAZ · MARTA GRACIELA LEIVA POLANCO · CAMILA JOSÉ SOTO LEIVA

摘要官方正文

JUAN PABLO URZUA ORTIZ DE ROZAS, Abogado, Notario Público, Conservador y Archivero, con domicilio en Avenida Ortuzar N° 621, Pichilemu, CERTIFICA: Por escritura Pública de fecha 15 de Febrero de 2019, ante mí, DIEGO RAIMUNDO YACONI RENGIFO, C.N.I. 16.367.351-7, en representación de CARLA PÍA EVELYN LEIVA DÍAZ, C.I 15.502.111-K, en Avda. Costanera N° 1.039, Pichilemu, Región del Libertador Bernardo O’Higgins; MARTA GRACIELA LEIVA POLANCO, C.I 8.266.597-8, en calle Nicaragua, N° 2.128, Ñuñoa, Santiago, y; CAMILA JOSÉ SOTO LEIVA, C.I 16.606.793-6, en calle Dublé Almeyda N° 3.221, Depto. 94, Ñuñoa, Santiago, rectificó escritura pública de constitución de fecha 22 de Diciembre de 2.016, otorgada en la Notaría Pública de Pichilemu de don JUAN PABLO URZÚA ORTIZ DE ROZAS, ante la Notario Público suplente del anterior titular doña CAMILA PAZ OSTORNOL NAVARRETE, repertorio 1.385-2016, en la cual se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “INMOBILIARIA VALIENTE LIMITADA”, con nombre de fantasía “INMOBILIARIA CHACURRA LIMITADA”, extracto que se inscribió a fojas 68 N° 57, del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Pichilemu, correspondiente al año 2.016, y publicado en el Diario Oficial edición número 41.644 bajo el código CVE 1158469 de 28 de Diciembre de 2.016. Rectificación consiste en que donde dice: “Capital social: $184.421.560.- que los socios suscriben y pagan en este acto, e ingresan a caja social siguiente forma: a) Carla Pía Evelyn Leiva Díaz $31.351.665.-, equivalente al 17 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio de los derechos, acciones o cuotas que le corresponden o que pueda corresponderle, por cualquier motivo o título, en el inmueble singularizado en el numeral Dos de la Cláusula Sexta de la escritura extractada; b) Marta Graciela Leiva Polanco $60.859.115.-, equivalente al 33 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio de los derechos, acciones o cuotas que le corresponden o que pueda corresponderle, por cualquier motivo o título, en el inmueble singularizado en el numeral Dos de la Cláusula Sexta de la escritura extractada; Y c) Camila José Soto Leiva $92.210.780.-, equivalente al 50 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio del inmueble singularizado en el numeral Uno de la Cláusula Sexta de la escritura extractada.”, debe decir “Capital social: $100.221.754.- que los socios suscriben y pagan en este acto, e ingresan a caja social siguiente forma: a) Camila José Soto Leiva $50.110.877.-, equivalente al 50 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio del inmueble singularizado en el numeral Uno de la Cláusula Sexta de la escritura extractada; b) Carla Pía Evelyn Leiva Díaz $17.037.698.-, equivalente al 17 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio de los derechos, acciones o cuotas que le corresponden o que pueda corresponderle, por cualquier motivo o título, en el inmueble singularizado en el numeral Dos de la Cláusula Sexta de la escritura extractada, y; c) Marta Graciela Leiva Polanco $33.073.179.-, equivalente al 33 por ciento del capital social, el cual se paga en este acto mediante el aporte en dominio de los derechos, acciones o cuotas que le corresponden o que pueda corresponderle, por cualquier motivo o título, en el inmueble singularizado en el numeral Dos de la Cláusula Sexta de la escritura extractada.” Demás estipulaciones escritura extractada.- Pichilemu, a 26 de Febrero de 2.019.

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  1. MODIFICACIÓN

    INMOBILIARIA VALIENTE LIMITADA

    CVE 1556757

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