有限責任公司76.447.848-7

Fcg Ingenieria Limitada

MODIFICACIÓN — 2018年6月7日

Diario Oficial

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公司資料

Ltda
Francisco Javier Krugger Nº 2123

資本

總資本

$3.000.000

實繳資本

$3.000.000

待繳資本

$0

股東(2)

姓名持股比例

FELIPE ALEJANDRO VALENZUELA SALAS

Socio

13.xxx.xxx-2

90%

JAVIER ANDRÉS ALLENDES SOTO

Socio

16.xxx.xxx-7

10%

公報所載公司沿革

  1. 權益轉讓

    Luis Gonzalo Cortéz González cede el 10% de sus derechos sociales a Javier Andrés Allendes Soto

    LUIS GONZALO CORTÉZ GONZÁLEZ · JAVIER ANDRÉS ALLENDES SOTO

摘要官方正文

Pedro Hernán Álvarez Lorca, Abogado, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, con oficio en calle Aníbal Pinto N° 269, Local 5, comuna de Buin, certifico que por escritura pública hoy ante mí, don LUIS GONZALO CORTÉZ GONZÁLEZ, chileno, divorciado, Técnico Industrial, C.I. Nº 11.979.722-5, domiciliado en Francisco Javier Krugger Nº 2123, Comuna de Buin; don FELIPE ALEJANDRO VALENZUELA SALAS, chileno, soltero, Ingeniero en Automatización, C.I. Nº 13.257.674-2, domiciliado en calle Enrique Orellana Verdugo Nº 1064, Comuna de Buin y; don JAVIER ANDRÉS ALLENDES SOTO, chileno, soltero, Ingeniero en administración Agroindustrial, C.I. Nº 16.272.269-7, domiciliado en calle 4 Poniente, Parcela 109, Lote 3, Comuna de Paine, modificaron la sociedad “FCG INGENIERIA LIMITADA”, RUT: 76.447.848-7, inscrita a fojas 71.682 Nº 38.627, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, y publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de septiembre del 2016, en el siguiente sentido: 1) Cesión de Derecho: Don Luis Gonzalo Cortéz González, vendió, cedió y transfirió el 10% de sus derechos sociales, a don Javier Andrés Allendes Soto, quien compró, aceptó y adquirió para sí en la suma de $300.000.- los cuales paga al contado, en efectivo y en este acto, declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad. En consecuencia don Luis Gonzalo Cortéz González, queda sin derecho alguno en el haber social.- 2) Composición: Los actuales y únicos socios son don FELIPE ALEJANDRO VALENZUELA SALAS, y don JAVIER ANDRÉS ALLENDES SOTO, por lo que vienen en SUSTITUIR la cláusula “QUINTO” del pacto social por el siguiente: “QUINTO: Capital social será la suma de tres millones de pesos, el que se suscribe, entera, aporta y paga por los socios de la manera siguiente: a) el socio don FELIPE ALEJANDRO VALENZUELA SALAS, la suma de dos millones setecientos mil pesos, es decir, el noventa por ciento del total de los derechos sociales y del capital social; y b) el socio don JAVIER ANDRÉS ALLENDES SOTO, la suma de trescientos mil pesos, es decir, el diez por ciento del total de los derechos sociales y del capital social. Todos los aportes están íntegramente suscritos, aportados, pagados, enterados e ingresados en la caja social en dinero efectivo”. 3) Responsabilidad de las partes limitada hasta monto de los respectivos aportes. 4) Quedan vigentes cláusulas no modificadas del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Portador extracto facultado para publicar e inscribir. Buin, 22 de Mayo de 2018.

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  1. MODIFICACIÓN

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公司關係

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